¡Ojo a estos comportamientos si va a construir!

Construcción - FOTO: Dinero.com
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Publicado:
9
Ago
2017
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Son 25 comportamientos los que están contenidos en el Código de Policía que pueden afectar la integridad urbanística y que pueden ser sancionados o suspender una construcción.

Para debatir sobre esta situación, la Secretaría Distrital de Gobierno, con el apoyo de Camacol Bogotá y Cundinamarca, realizaron el foro 'Control urbano de cara al nuevo Código de Policía'.

En el encuentro, inspectores de policía y alcaldes/as locales se dieron cita para continuar capacitándose acerca de los cambios que trae la normatividad.

Y es que el artículo 135 del Código de Policía prevé, por ejemplo, que quienes parcelen, demuelan o construyan en áreas protegidas, en bienes de uso público o en terrenos aptos, pero sin licencia podrán recibir una multa especial por metro cuadrado de construcción o área afectada, que varía de acuerdo con el estrato.

“Este foro permite fortalecer las competencias en control urbano de las inspecciones de policía y de las alcaldías locales. La oportunidad para complementar todo el proceso de planeación de la ciudad”, dijo el secretario de Gobierno Miguel Uribe.

El secretario de Gobierno explicó que de nada sirve planear una ciudad si no tenemos la capacidad de controlar su crecimiento. En este caso tenemos que fortalecer el control a la construcción formal, pero en especial a la informal, agregó Uribe.

Las multas alcanzan los 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en el caso de los estratos 5 y 6 y hasta 20 salarios mínimos, para el caso de los estratos 3 y 4. Para estratos 1 y 2 hasta 12 salarios mínimos.
En los casos relacionados con urbanismo, el inspector de policía recibe el informe por parte del personal uniformado para adelantar el proceso que tenga lugar.

Estos son algunos de los comportamientos:

1.  Parcelar urbanizar. Demoler o intervenir en áreas protegidas por el plan vial y de infraestructura de servicios públicos.
2.  Demoler sin previa autorización o licencia inmuebles declarados de conservación o interés cultural, histórico, urbanístico paisajístico y arquitectónico.
3.  Usar o destinar un inmueble al uso diferente al señalado en la licencia de construcción.
4.  Hacer uso inadecuado del suelo.
5.  No destinar un lugar al interior de la construcción para guardar maquinaria y ocupar con ellos andenes, vías o espacio público.
6.  No tomar las medidas para evitar la emisión de partículas en suspensión, provenientes de materiales de construcción.
7.  No aislar por completo las obras de construcción que se desarrollan aledañas a canales o fuentes de agua, para evitar contaminación de estos afluentes.


Para conocer más comportamientos consulte el artículo 135 del nuevo Código de Policía.