Ocho aspectos clave al atender a una víctima de violencia sexual

Atención a la mujer - Foto: Secretaría de Salud
Atención a la mujer - Foto: Secretaría de Salud
Publicado:
15
Mayo
2017
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Todos los prestadores de servicios de salud deben tener en cuenta ocho acciones a la hora de atender víctimas de violencia sexual, de acuerdo a la resolución 00459 de 2012, por la cual se adopta el Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual.

Estos son los aspectos:

  1. El carácter de urgencia médica que siempre tiene cualquier caso de violencia sexual, independientemente del tiempo transcurrido entre el momento de la agresión y la consulta al sector salud. Es importante brindar atención integral inmediata a las víctimas, cumpliendo con los principios para la atención de urgencias médicas contemplados por el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad (SOGC) y demás normas vigentes en el tema.

  2. El carácter gratuito que tiene la atención integral en salud a cualquier víctima de violencia sexual (mujeres, niños, niñas, adolescentes, víctimas en el marco del conflicto armado, entre otras personas que pueden ser sexualmente victimizadas).

  3. La confidencialidad en torno al acto médico que reviste la atención integral de una víctima de violencia sexual.

  4. Los derechos de las personas especialmente el derecho de las víctimas de violencia sexual a ser tratadas dentro de los servicios de salud con dignidad, discreción y respeto por su privacidad en el marco de la protección de su seguridad personal. Entre éstos, el derecho que les asiste de rehusar tratamientos o procedimientos que se les ofrezcan.

  5. Los servicios de salud disponibles en la zona para las víctimas de violencia sexual y la manera de acceder a ellos.

  6. Los horarios de atención de esos servicios de salud, con énfasis en aquellos que están disponibles 24 horas al día, siete días a la semana.

  7. Los beneficios en salud para las víctimas de violencia sexual que se derivan de una atención oportuna y adecuada.

  8. La necesidad que las víctimas de asaltos sexuales acudan inmediatamente o por lo menos, lo más pronto posible, a los servicios de urgencias médicas, sin bañarse ni cambiarse de ropa; si esto no es posible, que lleve la ropa que tenía en el momento de ocurridos los hechos.