Elecciones de Jueces y Juezas de Paz y de Reconsideración en las localidades de Bogotá

Elecciones de Jueces y Juezas de Paz y de Reconsideración en las localidades de Bogotá
Foto: revistacontornojudicial.com
Publicado:
24
Feb
2015
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El proceso de elecciones de los 108 Jueces y Juezas de paz y 40 de Reconsideración de Bogotá se llevará a cabo el domingo 1 de marzo de 2015, en las respectivas Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ) y Rural (UPR) de cada una de las 20 localidades de Bogotá, como apuesta de la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de las alcaldías locales, por el fortalecimiento de la justicia.

La administración distrital de la Bogotá Humana invita a la comunidad a participar en este proceso de elecciones, donde los postulados son elegidos a través del voto popular, por liderazgo y trayectoria en la comunidad.

Si usted cumple con los siguientes requisitos puede ejercer el voto:

  • Ser mayor de edad

  • Ciudadano en ejercicio

  • Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos

  • Residir en la comunidad respectiva, por lo menos un año antes de la elección, lo cual se acreditará con una certificación expedida por el alcalde local, la Junta de Acción Comunal o de propiedad horizontal

  • Cumplir con los requisitos para ser elegido y demostrar que no se encuentra incurso en el régimen de inhabilidades de que trata el artículo 15 de la Ley 497 de 1999

La figura de los Jueces y Juezas de paz y de Reconsideración está estipulada en la Ley 497 de 1999 y la elección de los mismos reglamentada en el Decreto No.466 de 2014; además, serán facilitadores del encuentro de las partes en conflicto con el fin de abordar las soluciones de una manera pacífica y los jueces de reconsideración tendrán el rol de segunda instancia, cuando el caso así lo amerite.

Los Jueces y Juezas de paz son elegidos por un periodo de cinco años, reelegibles en forma indefinida. En total, por cada UPZ podrá ser elegido un juez de paz y dos de reconsideración por cada localidad. Una vez elegidos y posesionados apoyarán de manera gratuita la resolución de conflictos, particulares o comunitarios, sin tener que recurrir o desplazarse a instancias legales o institucionales dentro de la misma comunidad en que reside y por quien fue elegido.

En todas las UPZ de Bogotá, los ciudadanos podrán hacer su elección en los sitios de votación establecidos, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., presentando solamente la cédula de ciudadanía. Los ciudadanos podrán votar en los 207 puestos de votación habilitados y en 573 mesas de votación establecidas por la Registraduría Distrital.

¿Cómo votar y dónde votar?

Podrán votar todas las ciudadanas y ciudadanos que figuren en el Censo Electoral de la elección ordinaria inmediatamente anterior a este proceso y quienes hayan recibido su cédula por primera vez hasta el 30 de noviembre de 2014.

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