Dispensación de medicamentos y dispositivos médicos

¿Qué es y para qué sirve?

Entregar uno o más medicamentos o dispositivos médicos a un paciente y la información sobre su uso adecuado de acuerdo a la prescripción médica.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • (601) 3 282 828, horario: lunes a viernes de 7:00 a.m. 4:30 p.m.
  • Línea 195, horario: lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Como respuesta se obtiene el medicamento o dispositivo médico dispensado.

De manera inmediata.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones establecidas:

  • Original de fórmula médica conforme a la normatividad vigente.
  • Original de cédula de ciudadanía.
  • Original de la autorización de servicios.

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:

  • En caso de ser afiliado a una Entidad Promotora de Salud del Régimen subsidiado:
    • Estar afiliado a la entidad promotora de salud - EPS del régimen subsidiado que tenga convenio de la Unidad de Servicios de Salud.
  • En caso de ser población no asegurada:
    • Encontrarse en el nivel I o II del SISBÉN y no estar afiliado a una entidad promotora de salud.
  • Solicitar los medicamentos en los puntos de dispensación indicados.
  •  Realizar el pago, de acuerdo al copago que debe cancelar o nivel del SISBÉN.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.  

  • Original de tarjeta de identidad para menores de 18 años y mayores de 7 años.
  • Registro civil para menores de 7 años.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general. 

  • Original de cédula de extranjería.
  • Resolución 1604 de 2013, “Por la cual se reglamenta el artículo 131 del Decreto–ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones”.
  • Resolución 1403 de 2007, (Capítulo III) “Por la cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones".
  • Resolución 1478 de 2006, (Artículos 80, 81, 83) “Por la cual se expiden normas para el control, seguimiento y vigilancia de la importación, exportación, procesamiento, síntesis, fabricación, distribución, dispensación, compra, venta, destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas que son monopolio del Estado”.
  • Decreto 2330 de 2006, (Artículo 2) “Por el cual se modifica el Decreto 2200 de 2005 y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto 2200 de 2005, (Capítulos I, IV, V) “Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones”.
  • Acuerdo 260 de 2004, “Por el cual se define el régimen de pagos compartidos y cuotas moderadoras dentro del Sistema general de Seguridad social en Salud”.
  • Decreto 2357 de 1995, (Artículo 18) “Por medio del cual se reglamentan algunos aspectos del régimen subsidiado del Sistema de Seguridad Social en Salud".
  • Resolución 5261 de 1994, (Artículos 13, 18, 49, 96, 101) “Por la cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
  • Ley 23 de 1981, (Artículos 13, 40) “Por lo cual se dictan Normas en Materia de Ética Médica”.

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