Apertura, registro y/o reemplazo de libros de las organizaciones comunales de primero y segundo grado.

¿Qué es y para qué sirve?

También se conoce como: "reemplazo de libros" de tesorería, inventarios, actas de asamblea, directivas, y registro de afiliados de las juntas de acción comunal, juntas de vivienda comunitaria y asociaciones de juntas de acción comunal.

Se puede realizar en la Sede B Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.


TELEFÓNICO

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 - 241 7930 ext 1115-1117
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

El trámite se puede realizar en cualquier fecha.

Como respuesta se obtiene el registro de libros de las organizaciones de acción comunal.

En un término de 2 horas.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Radicar en la sede principal del IDPAC ubicada en Avenida calle 22 Nº 68C - 51 la solicitud escrita de apertura y registro de libros, firmada por el dignatario responsable del manejo de los libros, manifestando las causales de la apertura o reemplazo (Utilización Total, extravío o hurto, deterioro, retención, exceso de enmendaduras o inexactitudes) - Este documento debe contener la siguiente información:
    • Nombre completo del solicitante.
    • Número de identificación del solicitante.
    • Identificación de la organización comunal, incluyendo la localidad a la que pertenece, código y NIT (si lo tiene).
    • Datos de correspondencia, incluyendo el número de teléfono, ó número de celular, correo electrónico.
    • Indicar qué libro se debe registrar.
  • Aportar Libro(s) nuevo(s) y foliado(s) para el registro.

Nota: las causales de apertura o reemplazo de libro son:

  • Por utilización total: Se debe aportar el libro utilizado en su totalidad.
  • Extravió o hurto: Se debe allegar soporte de denuncia sobre el hecho.
  • Por deterioro: Se debe verificar que tal elemento de deterioro afecta la verificación de la información consignada en el libro.
  • Por retención: Soporte de la decisión adoptada por la Comisión de Convivencia y Conciliación (CCC), donde se decide lo relacionado con la detención del libro.
  • Por exceso de enmendaduras o inexactitudes: Se debe presentar el libro a reemplazar

Adicionalmente la organización comunal de primer y segundo grado debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener personería jurídica.
  • Tener resolución de aprobación de estatutos.
  • Tener auto de inscripción de dignatarios.
  • Si requiere asesoría e información puede acercarse a la sede principal del IDPAC Avenida calle 22 Nº 68 C - 51, en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 5:00 p.m.  

¿Qué se debe hacer?

  • Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas.
  • Radicar la solicitud en la Sede principal del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

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