Solicitud de autorización de anteproyectos en bienes de interés cultural del distrito capital.

¿Qué es y para qué sirve?

El IDPC evalúa interdisciplinariamente las solicitudes de anteproyecto de intervención en los bienes de interés cultural del ámbito distrital, con el fin de proteger, salvaguardar, recuperar y conservar, verificando el cumplimiento de las normas patrimoniales, técnicas y urbanísticas, como requisito previo a las solicitudes de licencias urbanísticas.

Modalidades de intervención.

Obra nueva: Son las obras de edificación en terrenos no construidos o cuya área esté libre por autorización de demolición total, dirigidas a consolidar las calidades que brindan unidad al conjunto y mantener o recuperar las características particulares del contexto del BIC.

Ampliación: Son las obras para incrementar el área construida de una edificación existente.

Adecuación funcional: Son las obras tendientes para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia total o parcial del inmueble original.

Modificación: Son las obras tendientes para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente sin incrementar su área construida.

Restauración: Son las obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o una parte de este con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos. Se fundamenta en el respeto a la integridad y la autenticidad. 

Cerramiento: Es la obra consistente para encerrar un predio que no sea de espacio público, para evitar el saqueo de elementos o partes del inmueble.

Reconstrucción: Es la autorización que se otorga para volver a construir edificaciones que contaban con licencia o con acto de reconocimiento y que fueron afectadas por la ocurrencia de algún siniestro.

Reforzamiento: Es la consolidación de la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad, sismo resistente de acuerdo con los requisitos de la Ley 400 de 1997 o la norma que la adicione, modifique o sustituya y su reglamento.

Demolición parcial o total: Obra consistente en derribar total o parcialmente una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios y que deberá adelantarse de manera simultánea con cualquier otro tipo de obra. Así mismo se incluye también los tipos de obra contemplados en el Decreto Nacional 2358 del 2019, la aprobación de estos proyectos tiene una vigencia de 36 meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de 12 meses.

TELEFÓNICO

Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual, puede llamar, de lunes a viernes de 8 am a 5 pm (Jornada continua), a los siguientes teléfonos:

  • (601) 355 0800 Ext. 5029.
  • Celular: 315 869 5159.
  • Línea gratuita 195: atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.

VIRTUAL

El IDPC cuenta con los siguientes canales virtuales:

Para este trámite, el IDPC pone a disposición de los ciudadanos dos correos electrónicos:

* atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas para asesoría técnica, presencial o virtual los días martes únicamente. 

* correspondencia@idpc.gov.co, para la presentación y entrega de los documentos y solicitudes formales ante el IDPC.

2. Plataforma A un clic del patrimonio

Plataforma en la cual puede presentar su solicitud.

https://aunclicdelpatrimonio.idpc.gov.co/

Importante:

  • Los documentos recibidos después de las 5:00 P.M., serán radicados el siguiente día hábil.
  • Para el envío de documentos o archivos ( planos, documentos, anexos, etc.), se sugiere realizar la compresión de carpetas en extensión .ZIP o en archivos PDF, no superiores en peso a 250 MB.
  • Evitar enviar información mediante enlaces de Drive. En caso de ser necesario, el equipo evaluador solo tendrá en cuenta la información cargada el día de la radicación.

3. Ventanilla Única de la Construcción

* https://vucapp.habitatbogota.gov.co/  para solicitud de citas de asesoría técnica, presencial y virtual los días martes y para entrega de documentación.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene ningún costo.

65 días hábiles contados a partir de la fecha en que se radican los documentos de forma correcta y completa. 

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Requisitos y proceso:

  1. Formulario de solicitud suscrita por el propietario, poseedor y/o su apoderado, diligenciado completamente, en la cual se indique con exactitud la información requerida.
  2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del propietario del inmueble. (del representante legal si el propietario es persona jurídica).
  3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los profesionales responsables. (urbanizador o contratista, arquitecto proyectista).
  4. Fotocopia de la matrícula profesional de los profesionales responsables.
  5. Estudio de valoración que soporte la intervención propuesta, elaborado de acuerdo con la guía anexa al formulario y memoria descriptiva de la propuesta de intervención, que explique los procedimientos de intervención, indicando materiales existentes y propuestos. Incluir la descripción y evaluación de los sistemas constructivos en el tiempo y los criterios de intervención específicos de acuerdo con las intervenciones propuestas.
  6. Registro fotográfico general del inmueble y específico de las áreas a intervenir, indicando la fecha de la toma. Referir en plantas indicando la dirección de la toma fotográfica. 
  7. Copia de las licencias de construcción expedidas anteriormente para el inmueble, con sus respectivos planos anexos o certificación expedida por autoridad competente en la que figure la dirección actual y anteriores del predio.
  8. Un juego de planos completos (plantas, cortes, fachadas, localización y cuadro de áreas), del levantamiento arquitectónico del inmueble en escala legible y medible, cuando no exista licencia o la construcción existente no concuerde con ella. En estos planos especificar la materialidad y los sistemas constructivos. Incluye levantamiento topográfico para terrenos inclinados. 
  9. Planos y memoria del diagnóstico del estado de conservación. Información de patologías, exploraciones y estudio fitosanitario para maderas.
  10. Un juego de planos completos (plantas, cortes, fachadas, localización y cuadro de áreas), que contenga la propuesta de intervención, en escala legible y medible, que incluya descripción de la materialidad del bien (en formato impreso).
  11. Plano de loteo de la unidad administrativa especial de catastro distrital. En caso de no poder obtener este documento deberá aportar copia de la manzana catastral o certificación de cabida y linderos expedida por la unidad administrativa especial de catastro distrital.

Para inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal se deberán anexar los siguientes documentos:

  1. Copia del Acta de Asamblea de copropietarios, en donde se aprueben las intervenciones propuestas.
  2. Certificación por parte de la Alcaldía Local, donde se reconozca la Personería Jurídica y su Representante Legal.
  3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal.

Para proyectos que involucren diseño estructural se deberá anexar la siguiente información:

  1. Estudio de vulnerabilidad sísmica y diseño del reforzamiento estructural para intervenciones que incluyan adecuación funcional (cambio de uso), modificación y ampliación.
  2. Estudio de suelos de acuerdo con el título H de la NSR-10. Incluir análisis de la cimentación existente en BICs y colindantes.
  3. Memorial de Responsabilidad dirigido al IDPC por parte del ingeniero diseñador responsable.
  4. Fotocopia de la Cédula y de la matrícula Profesional.
  5. Planos estructurales firmados por el profesional responsable. Los planos de cimentación deben ser firmados, adicionalmente, por el ingeniero responsable del estudio de suelos.

Formulario:

 Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Poder original debidamente diligenciado y autenticado ante Notaria, en el evento de actuar a través de apoderado.
  • Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del apoderado en caso de actuar a través de este.

Importante:

  • Recuerde que para acceder a las asesorías técnicas personalizadas debe programar su cita con antelación. Estas podrán ser asignadas entre las 8:00 a.m. y las 12:00 p.m., y las 2:00 p.m. y las 4:00 p.m.
  • Las citas para asesoría por primera vez tendrán una duración de 1 hora. 
  • Las citas para seguimiento o consulta a proyectos tendrán una duración de 30 minutos.
  • Para agendar una cita se requiere: nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico, dirección del predio y descripción de la consulta o inquietud.

Se recomienda:

  • Ser concreto. El tiempo de duración de la asesoría está programado, por lo tanto, el profesional lo espera máximo 5 minutos posterior a la hora de inicio de su atención, con el fin de poder brindar la información requerida con un tiempo de calidad. Posterior a los 5 minutos, el ciudadano deberá reprogramar su cita.
  • En caso de haber perdido el tiempo de su asesoría, se sugiere utilizar los canales de atención acá señalados para reprogramar su cita, los profesionales no atenderán fuera de la programación.

Una vez realizada la evaluación, si se identifica la necesidad de aclarar o complementar la información, para poder tomar una decisión de fondo el Instituto realizará un único requerimiento solicitando dicha información, para lo cual el solicitante tendrá un mes prorrogable a un mes más, para radicar la respuesta al requerimiento. En ningún caso se adelantará evaluación con información que se envíe posterior a la fecha del vencimiento del término indicado.


¿Qué se debe hacer?


1. La solicitud de evaluación de anteproyecto la puede solicitar el propietario o poseedor, directamente o a través de un apoderado.

2. El formulario de solicitud de intervención de anteproyecto, deberá ser suscrito únicamente por el solicitante o su apoderado en presencia del funcionario encargado y en el momento de hacer la radicación.

3. El ciudadano debe allegar la totalidad de la documentación requerida en el formato dispuesto por la entidad.

4. La documentación deberá ser revisada por el encargado en donde se le comunicará si su trámite se encuentra completo o incompleto.

5. Si faltare uno de los requisitos, la documentación de la solicitud será recibida, no obstante, no iniciara proceso de evaluación hasta tanto no se complete la totalidad de los documentos, lo cual se le informará al momento de la radicación, y solo a partir del momento en que complete la documentación requerida iniciará a correr los términos de respuesta para la entidad frente a la solicitud de las diferentes actuaciones administrativas.

6. Si se radica la solicitud incompleta el solicitante tendrá un (1) mes para completarla, de lo contrario se entenderá como desistido tácitamente y procederá su archivo; conforme a la Ley 1437 de 2011: "Por la cual se expide el Código de Procedimiento administrativo y de lo contencioso-administrativo CPACA".

7. En caso de aprobarse la solicitud de intervención de anteproyecto o de reparaciones locativas, se emitirá por parte del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural la respectiva resolución de aprobación, la cual cuenta con una vigencia de (36) meses a partir de la fecha de ejecutoria del documento.

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