Avalúos comerciales

Última actualización: 11 Marzo 2024 - 11:18a.m.

¿Qué es y para qué sirve?

Consiste en la estimación del valor comercial de un inmueble, entendiéndose valor comercial como el precio más favorable por el cual este se negociaría en un mercado donde el comprador y el vendedor actuarían libremente, con el conocimiento de las condiciones físicas y jurídicas que afectan el bien.

TELEFÓNICO

  • Línea 195, lunes a domingo, las 24 horas del día.
  • (601) 2347600 ext. 7600
  • Línea gratuita 018000910488
  • Horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.

VIRTUAL


PRESENCIAL

La entidad en el punto de atención SuperCADE CAD presta un horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a  4:30 p.m. jornada continua, sábados de 8:00 a.m. a 12 m. previo agendamiento en la  línea (601) 2377600, opción 1,2 en horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.

Ver puntos de Atenciòn

Valor Según Resolución de Precios vigente.

Aproximadamente 30 días calendario para obtener el Avalúo.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Radicar los siguientes documentos:

  • Este servicio requiere la suscripción previa de un contrato interadministrativo, para lo cual se deberá aportar:

    • Petición escrita de la entidad solicitante, firmada por su representante legal o su delegado debidamente autorizado.

    • Se acompañará copia del acto administrativo de nombramiento o posesión o el original o fotocopia legible del certificado de existencia y representación legal o el documento que haga sus veces. Así mismo, el representante legal deberá adjuntar fotocopia legible de su documento de identidad.

    • En dicha solicitud se deberá señalar el motivo del avalúo, de acuerdo al Artículo 13 del Decreto Nacional n.° 1420 de 1998 compilado en el Decreto 1170 de 2015.

    • Identificación del (os) inmueble (s).

    • Copia del plano del predio o predios, con indicación del área de terreno y de las construcciones o mejoras, según el caso.

    • Copia legible de la escritura pública debidamente registrada del régimen de propiedad horizontal, condominio o parcelación cuando fuere el caso.

    • Copia de la reglamentación urbanística vigente, en la parte que haga relación con el predio objeto de avalúo.

    • Para el caso del avalúo previsto en el Artículo 37 de la Ley 9 de 1989, deberá informarse el lapso durante el cual se imposibilite la utilización total o parcial del inmueble como consecuencia de la afectación.

    • Para el caso de predios con una extensión mayor a 500 m², se deberá aportar el plano topográfico en medio magnético (formato DWG), ligado a las coordenadas cartesianas locales, Datum Magna Sirgas.

    • Para solicitar el soporte que permita establecer el carácter de vivienda de interés social, se requiere petición escrita de la autoridad competente (Juez de la República), acompañada del recibo de pago según Acuerdo vigente para tales efectos

NOTA: Se entiende por Reglamentación Urbanística vigente aquella expedida por la autoridad competente y debidamente publicada en la gaceta que para el efecto tenga la administración Distrital.

  • Ahora puede agendar Cita Virtual para recibir orientación
  • Los avalúos comerciales se hacen por contrato a Entidades Públicas o personas Jurídicas únicamente.
  • No particulares. Se solicitan a través de la plataforma de Módulo de Avalúos Web,  datos que se obtienen mediante el contrato interadministrativo que se firma.
  • Resolución 275 de 2021 Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0445 de 2020 “Por la cual se fijan los precios de los bienes y servicios de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y se dictan otras disposiciones”.
  • Resolución 0073 de 2020 “Por la cual se establecen los requisitos para los trámites de bienes y servicios a cargo de la UAECD ”.
  • Resolución 0445 de 2020"Por la cual se fijan los precios de los bienes y servicios que presta la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital".
  • Decreto Ley 019 del 2012 Artículo 9 "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".
  • Resolución 1055 de 2012"Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 70 del 4 de febrero de 2011".
  • Resolución 70 del 2011"Por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación catastral y la conservación catastral".
  • Ley 14 de 1983 "Por la cual se fortalecen los fiscos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto 1420 de 1998 por el cual se reglamentan parcialmente el artículo 37 de la Ley 9 de 1989, el artículo 27 del Decreto-ley 2150 de 1995, los artículos 56, 61, 62, 67, 75, 76,77, 80, 82, 84 y 87 de la Ley 388 de 1997 y, el artículo 11 del Decreto-ley 151 de 1998, que hacen referencia al tema de avalúos.

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