Bono canjeable por alimentos.

¿Qué es y para qué sirve?

Recibir un bono canjeable por alimentos de una lista de grupos permitidos, cuyo valor depende del número registrado de integrantes del hogar, que se puede usar en establecimientos autorizados por la Secretaría Distrital de Integración Social. El bono debe usarse en el tiempo definido por la Entidad. El servicio incluye vigilancia nutricional de manera presencial, con la toma de medidas antropométricas de talla y peso.

TELEFÓNICO

Línea 195, lunes a domingo, las 24 horas del día.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Su solicitud no tiene ningún costo.

Cualquier fecha.

Bono canjeable por alimentos.

Se obtiene en 15 días hábiles.

Observación: el ingreso al servicio depende de la disponibilidad de cupos, la lista de espera y el proceso de validación de criterios de identificación y priorización definidos por la entidad.

De manera presencial en los puntos de atención de la Secretaría Distrital de Integración Social.

Enlace a: https://integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/2487

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • 1 fotocopia de los documentos de identificación vigentes de todos los miembros del hogar
  • 1 fotocopia de un recibo de servicio público del lugar de residencia. No aplica para personas que vivan en paga diarios.
  • Habitar en Bogotá
  • Pertenecer a un hogar registrado en la encuesta SISBÉN IV en los grupos A o B expedido en Bogotá D.C.
  • Encontrarse en situación de inseguridad alimentaria severa de acuerdo con la Escala latinoamericana y caribeña de Seguridad Alimentaria (ELCSA).
  • No participar en algunos de los siguientes servicios, modalidades o estrategias:

o   Comunidad de cuidado.

o   Acompañamiento a hogares pobres (beneficio, transferencia monetaria).

o   Acompañamiento a hogares en pobreza oculta (beneficio, transferencia monetaria).

o   Centros proteger- atención integral a niñas y niños con medida de ubicación institucional Servicio respuesta social.

o   Modalidad ayuda humanitaria para la estabilización.

o   Desarrollo integral y diferencial /desarrollo integral y diferencial para población habitante de calle y en alto riesgo de estarlo.

o   Atención y desarrollo de capacidades para mujeres/ atención y desarrollo de capacidades para mujeres habitantes de calle y en alto riesgo de estarlo.

o   Comunidad de vida /comunidad de vida para población habitante de calle.

o   Alta dependencia física, mental o cognitiva para población habitante de calle.

o   Jardines infantiles.

o   Casas de pensamiento intercultural.

o   Espacios rurales.

o   Centro amar con excepción estrategia móvil de prevención y erradicación del trabajo infantil ampliado.

o   Centro abrazar.

o   Creciendo juntos incluyendo.

o   Crecemos en la ruralidad.

o   Reconociendo el rol del cuidador /a de persona con discapacidad (Beneficio transferencia).

o   Fortalecimiento a la inclusión y apoyo alimentario a personas con discapacidad.

o   Centros avanzar.

o   Centros integrarte atención interna.

o   Centros integrarte atención externa.

o   Centro renacer.

o   Centros crecer.

Para participar del servicio es necesario cumplir con los criterios de ingreso.


¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir documentos y cumplir condiciones.
  2. Solicitar el servicio.

Resolución 218 de 2023.

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