Centro día al barrio.

¿Qué es y para qué sirve?

Por medio de esta estrategia las personas mayores podrán recibir orientación psicosocial, actividades de acuerdo con sus talentos, gustos y preferencias, actividades físicas, deportivas, de interacción social, recreativas y culturales, encuentros intergeneracionales, y actividades de creación, fortalecimiento y consolidación de redes de apoyo.

TELEFÓNICO

Línea 195, lunes a domingo, las 24 horas del día.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Su solicitud no tiene ningún costo.

Cualquier fecha.

Ingreso a la estrategia centro día al barrio.

Se obtiene en 30 días calendario.

En los puntos de atención de la Secretaría Distrital de Integración Social: http://www.integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/2487

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • 1 fotocopia de la cédula de ciudadanía de la persona solicitante
  • 1 fotocopia de un recibo de servicio público del lugar de residencia de la persona solicitante.
  • Habitar en Bogotá
  • Ser mayor de sesenta (60) años y no presentar alteraciones agudas de gravedad u otras patologías que requieran asistencia médica continua o permanente.
  • Tener entre cincuenta y cinco (55) y cincuenta y nueve (59) años y presentar condiciones de desgaste físico, vital y psicológico, y que no presenten alteraciones agudas de gravedad u otras patologías que requieran asistencia médica continua o permanente.
  • No ser participante de los siguientes servicios:

Comunidad de Cuidado, Centro Día Casa de la Sabiduría, Comunidad de vida para población habitante de calle, Alta dependencia física, mental o cognitiva para población habitante de calle, Desarrollo integral y diferencial para población habitante de calle y en alto riesgo de estarlo o Atención y desarrollo de capacidades para mujeres habitantes de calle y en alto riesgo de estarlo.

 Para participar del servicio es necesario cumplir con los criterios de ingreso.


¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir documentos y cumplir condiciones
  2. Realizar inscripción

La solicitud se realiza en las Subdirecciones Locales de Integración Social o en las casas de la sabiduría, presentando la documentación.

Ley 1276 de 2009.

Decreto 345 de 2010.

Resolución 218 de 2023.

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