Expedición de Certificaciones de Categoría de Bienes de Interés Cultural
Última actualización: 29 Mayo 2023 - 4:21p.m.
El IDPC busca resolver las solicitudes de la ciudadanía, usuarios y partes interesadas relacionadas con la declaratoria asignada a los inmuebles como Bienes de Interés Cultural del Distrito Capital (BIC), informando si:
- El inmueble se encuentra declarado.
- El inmueble es colindante con un inmueble de interés cultural.
- Si el inmueble está localizado en un Sector de Interés Urbanístico (SIU).
Debe registrarse y seguir los pasos que ahí se indican.
Tiempo de respuesta:
- Si el inmueble objeto de la consulta se encuentra incluido en el anexo del Decreto Distrital 560 del 2018 y sus modificaciones, o en la resolución 088 de 2021 y sus modificaciones, el certificado será emitido automáticamente.
- Si el inmueble objeto de la consulta NO se encuentra incluido en el Decreto o la resolución mencionada, automáticamente se generará un radicado a la solicitud para que el IDPC realice un estudio técnico específico sobre el predio y poder dar una respuesta en un tiempo de 30 días hábiles.
Costo del servicio: El servicio no tiene ningún costo.
Requisitos del procedimientos administrativos
Requisitos:
1. Dirección del predio objeto de la consulta.
2. CHIP del predio objeto de la consulta.
3. Un correo electrónico para recibir información de parte del IDPC.
4. Un número de contacto.
Canal telefónico
Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual puede llamar a los siguientes teléfonos:
1. (601) 355 0800 Ext. 5020
2. Celular: 315 869 5159
3. Línea gratuita: 195
Canal virtual
El IDPC cuenta con los siguientes canales virtuales:
1. Correos electrónicos:
* Para consultas, inquietudes o solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual: atencionciudadania@idpc.gov.co
Importante: Para agendar una cita se requiere: nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico, dirección del predio y descripción de la consulta o inquietud.
* Para la entrega de documentación: correspondencia@idpc.gov.co
Puntos de atención
Tenga en cuenta
- En los casos en que la solicitud o parte de ella no sea competencia del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, esta debe ser trasladada por medio de oficio a la entidad correspondiente dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de radicación.
- Pueden solicitar certificación sobre la declaratoria como bienes de interés cultural, personas naturales o jurídicas.
Soporte jurídico
- Ley 1185, Art 1. Por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997 – Ley General de Cultura– y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 606 de 2001, Articulo 18. Por medio del cual se adopta el inventario de algunos Bienes de Interés Cultural, se define la reglamentación de los mismos y se dictan otras disposiciones.
- Ley 397 de 1997. Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.
- Ley 1755 de 2015. Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
- Ley 1801 de 2016. Por el cual se expide el código nacional de policía y convivencia.
- Decreto 1080 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.
- Decreto 070 de 2015 Por el cual se establece el Sistema Distrital de Patrimonio Cultural, se reasignan competencias y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 560 de 2018 Por medio del cual se define la reglamentación urbanística aplicable a los Bienes de Interés Cultural del ámbito distrital y se dictan otras disposiciones.
- Decreto Nacional 1077 de 2015. Decreto Único Reglamentario del sector Vivienda, Ciudad y Territorio
- Decreto Distrital 2358 de 2019 "Por el cual se modifica y adiciona el decreto 1080 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura, en lo relacionado con el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial"
- Decreto Distrital 555 del 29 de diciembre de 2021: "Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C
- Resolución número 0088 del 6 de abril de 2021 del Ministerio de Cultura, “por la cual se aprueba el Plan Especial de Manejo y Protección PEMP del Centro Histórico de Bogotá, declarado como bien de interés cultural del ámbito nacional.”
Resolución número 0092 del 24 de febrero de 2023 del Ministerio de Cultura, “Por la cual se modifica la Resolución 88 de 2021, “por la cual se aprueba el Plan Especial de Manejo y Protección PEMP del Centro Histórico de Bogotá, declarado como bien de interés cultural del ámbito Nacional”.
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