Certificados y constancias de estudios en las instituciones educativas distritales.

¿Qué es y para qué sirve?

Expedición de certificaciones y constancias de estudio para estudiantes que se encuentren en alguno de los ciclos de educación, básica primaria, básica secundaria y/o educación media.

Para los estudiantes retirados del sistema educativo oficial, las Instituciones Educativas Distritales expedirán las certificaciones de estudio, solicitadas previamente por los interesados que cursaron alguno de los ciclos de básica primaria, básica secundaria y/o educación media.

TELEFÓNICO

Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:

  • Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea 601 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
  • Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.

VIRTUAL

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención
  • Las constancias y/o certificados solicitados por estudiantes que se encuentren actualmente en el Sistema Educativo Distrital no tienen costo, en virtud de la ley de gratuidad (Decreto 4807 de 2011).
  • El valor del certificado a exalumnos es de acuerdo con la resolución de costos educativos vigente indicado por Institución Educativa Distrital.
  • El costo del certificado podrá ser consultar al momento de realizar la solicitud en el Formulario Único de Trámites, en donde el sistema le indicará el costo.
  • El pago se debe realizar de acuerdo con la información suministrada por la Institución Educativa Distrital en el Formulario Único de Trámites.

Certificado o constancia de estudios.

  • Las certificaciones de estudio y las dos (2) copias del acta de graduación correspondientes a los alumnos que terminen el ciclo de educación media-vocacional, educación básica primaria y básica secundaria deberán ser expedidas formalmente por la Institución Educativa dentro de los diez (10) días siguientes a la finalización del periodo lectivo.
  • El tiempo de respuesta a las solicitudes es de 15 días hábiles.

Para consultar el estado de su solicitud, ingrese a la página web de la Secretaría de Educación / sección servicio a la ciudadanía / botón, consulte el estado de su trámite. O ingrese a través del siguiente enlace: http://fut.redp.edu.co/FUT-web/#/consulta_web.

¿Qué se debe hacer?

Para estudiantes activos en colegios distritales de Bogotá.

Diligenciar el Formulario Único de Trámites de forma completa con los datos del solicitante, del estudiante y el medio de respuesta, ingresando a la página web de la Secretaría de Educación del Distrito / servicio a la ciudadanía / Formulario Único de Trámites / estudiantes / constancias y/o certificaciones estudiantes activos o ingresando al siguiente enlace: http://fut.redp.edu.co/FUT-web/#/fut/50/Estudiantes.

Para estudiantes retirados de colegios distritales de Bogotá.

Diligenciar el Formulario Único de Trámites de forma completa con los datos del solicitante, del estudiante y el medio de respuesta, ingresando a la página web de la Secretaría de Educación del Distrito / servicio a la ciudadanía / Formulario Único de Trámites / estudiantes / certificados de estudiantes no activos o ingresando al siguiente enlace:  http://fut.redp.edu.co/FUT-web/#/fut/65/Estudiantes.

NormaDescripción
Decreto 1075 de 2015Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación". Artículo 2.3.3.1.3.3
Decreto 1860 de 1994Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales". Artículo 11

 

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