Cesantía definitiva para docentes oficiales.

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas que tiene todo docente que se retire en forma definitiva del servicio.

Realice su solicitud a través de Humano en Línea.


TELEFÓNICO

Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:

  • Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea (601) 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
  • Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.

VIRTUAL

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

 Reconocimiento de las cesantías definitivas.

  • El tiempo máximo para la revisión y aprobación de los factores salariales e historia laboral solicitada por los docentes y directivos docentes está dispuesto según se expone en el código contencioso administrativo el cual establece un plazo de quince (15) días hábiles para dar respuesta.
  • El tiempo máximo para el trámite de reconocimiento de cesantías desde su radicación y emisión del número de trámite en el aplicativo dispuesto por la fiduprevisora aplica de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 1955 de 2019 que es de 3 meses.

Para consultar el estado de la solicitud, lo debe realizar a través de Humano en Línea ingresando con su usuario y contraseña.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Copia documento de identidad del docente (obligatorio).
  • Certificado de la entidad que cancelaba las cesantías antes de la creación del FOMAG de anticipos pagados (opcional) requerido, cuando se cumpla esta condición.
  • Certificado de cuenta bancaria con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses. No se admiten cuentas pensiónales (obligatorio).
  • Todo trámite de cesantías debe ser solicitado y tramitado por medio del aplicativo dispuesto por la Fiduprevisora y el Ministerio de Educación Nacional “Humano en Línea”.
  • Las certificaciones bancarias expedidas por la entidad financiera Bancolombia correspondientes a productos de tipo de cuenta ahorro a la mano están presentando inconvenientes para realizar el pago, puesto que son cuentas que manejan un tope máximo de $8.000.000 para realizar el desembolso de la prestación, razón por la cual, por recomendación de la fiduciaria no autorizar este tipo de cuentas para el desembolso de las cesantías.

A través de la página del FOMAG  puede consultar la siguiente información:

NormaDescripción

Ley 1955 de 2019

Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, pacto por la equidad" Artículo 57

Decreto 942 de 2022

Por el cual se modifican algunos artículos de la Sección 3, Capítulo 2, Título 4, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación- sobre el reconocimiento y pago de Prestaciones Económicas a cargo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y se dictan otras disposiciones

Acuerdo 34 de 1998

Por el cual se modifican los acuerdos del 11 de enero de 1995 y número 1 del 26 de junio de 1996 sobre el trámite de cesantías parciales de los docentes afiliados al fondo Nacional de prestaciones Sociales del Magisterio

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