Comedores comunitarios

¿Qué es y para qué sirve?

Las niñas, niños, adolescentes, adultos y personas mayores priorizadas y focalizadas por la Secretaría Distrital de Integración Social acceden a un espacio físico, social y comunitario donde se entrega una comida caliente diaria (tipo almuerzo) equilibrada y adecuada, acompañada de procesos de inclusión social, vigilancia del estado nutricional y promoción de hábitos y estilos de vida saludable.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

Línea 195, lunes a domingo, las 24 horas del día.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Su solicitud no tiene ningún costo.

Cualquier fecha.

Obtención de un cupo para recibir una comida caliente diaria en un comedor comunitario.

El cupo en el servicio comedores comunitarios depende de lo establecido en los criterios de ingreso y priorización establecidos por la Secretaría Distrital de Integración Social.

En los puntos de atención de la Secretaría Distrital de Integración Social: http://www.integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/2487.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Para personas mayores de dieciocho (18) años integrantes de la familia entregar 1 fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  • 1 fotocopia de un recibo de servicio público. No aplica para personas ciudadanas habitantes de calle, residentes en pagadiario o sin dirección de residencia permanente.
  • Habitar en Bogotá. Personas que no cuentan con un lugar permanente de vivienda por condición de habitabilidad en calle, riesgo de habitarla o residir en paga diario, identificados por la Secretaría Distrital de Integración Social.
  • Estar registrada en la encuesta SISBÉN IV en los grupos A o B expedida en la ciudad de Bogotá.
  • Inseguridad alimentaria moderada o severa de acuerdo con la Escala Latinoamericana y Caribeña de Seguridad Alimentaria (ELCSA), que no estén en atención en otros servicios de la SDIS.
  • Personas víctimas de hechos violentos asociados con el conflicto armado, de acuerdo con las directrices establecidas en la Ley 1448 de 2011 y los Decretos Nacionales 4633, 4634 y 4635 de 2011 incluido en el Registro Único de Víctimas RUV.

 Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Para personas entre un (1) año y seis (6) años integrantes de la familia entregar una fotocopia del registro civil de nacimiento.
  • Para personas entre los siete (7) años diecisiete (17) años integrantes de la familia entregar 1 fotocopia de la tarjeta de identidad.

 Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Para menores extranjeros de 18 años aplica el acta de nacimiento.
  • Para ciudadanos extranjeros o migrantes aplica el pasaporte o el Permiso Especial de Permanencia o cédula de extranjería.

El cupo en el servicio comedores comunitarios depende de lo establecido en los criterios de ingreso y priorización establecidos por la Secretaría Distrital de Integración Social.

Para participar del servicio es necesario cumplir con los criterios de ingreso.


¿Qué se debe hacer?

1. Reunir documentos y cumplir condiciones.

2. Solicitar el servicio.

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