Conexión a los servicios públicos.
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Acceder al servicio público para un predio residencial, comercial, industrial, oficial o especial.
TELEFÓNICO
- Línea 116, horario de atención 24 horas.
- Línea 195, horario de atención 24 horas.
- Conmutador (601) 3447000, horario de atención lunes a viernes: 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
VIRTUAL
Página Web:
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEfectuar el pago correspondiente:
Pago de mano de obra y materiales: de acuerdo al tipo de labor realizada y las tarifas establecidas en la Resolución Costos de Conexión No. 371 31 mayo 2023,Resolución Costos de Conexión No. 0438 de 2023 _ Valor medidoresel cual será cargado a la factura del servicio.
Como respuesta se obtiene la vista en terreno para determinar la viabilidad para la instalación solicitada y posteriormente, si es técnicamente aceptada, la ejecución se hará de acuerdo a lo dispuesto en el contrato de prestación del servicio.
El tiempo de obtención será de cinco (5) días hábiles contados desde el momento en que el usuario lo solicite, siempre y cuando haya eliminado la causa que dio origen al corte.
Para hacerle seguimiento puede indagar con el número de la visita asignada para ir a terreno, el estado y resultado de la misma a través de la Línea 116 o también por medio de nuestro Canal de Atención virtual.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones requeridas:
- Ser propietario o poseedor del bien inmueble.
- Suministrar el número de CHIP o cédula catastral del predio, emitido por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital mediante el Certificado catastral. Obtener la certificación que hace constar la inscripción del predio o mejora, sus características y condiciones, indicando la vigencia del avalúo.
- Conocer el número de folio de matrícula inmobiliaria generado por la Superintendencia de Notariado y Registro.
- Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal, para el caso de instituciones u organizaciones.
- El predio objeto de la solicitud debe cumplir con las siguientes características:
- Máximo tres (3) acometidas.
- Máximo tres (3) pisos.
- Máximo quince (15) metros de altura.
- El diámetro de la acometida debe ser menor o igual a 3/4".
No debe contar con sótano o semisótano y la clase de uso del inmueble debe ser diferente al industrial, institucional y/o actividad económica de estación de servicio.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
En caso de ser apoderado autorizado:
- Carta de autorización, poder o mandato original a través del cual se confía la gestión de realizar el trámite a un apoderado o tercero autorizado. Adjuntando fotocopia del documento de identidad del titular y el apoderado.
- Actualmente, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB – ESP tiene atención en los siguientes puntos propios y en la Red CADE:PUNTOS DE ATENCIÓN.
Observaciones:
- Para el restablecimiento del servicio en caso de suspensión, el tiempo de obtención será dentro de las 24 horas siguientes a la fecha en la que ha desaparecido la causa o causas que dieron origen a la suspensión. Para el restablecimiento del servicio en caso de corte, el tiempo de obtención será de cinco (5) días hábiles contados desde el momento en que el usuario lo solicite, siempre y cuando haya eliminado la causa que dio origen al corte.
Resolución Costos de Conexión No. 371 31 mayo 2023 "por la cual se adoptan los precios a cobrar, a los usuarios por concepto de actividades de conexión"
Resolución Costos de Conexión No. 0438 15 de junio de 2023_Valor medidores“Por medio de la cual se adoptan los precios a cobrar a los usuarios por concepto de actividades de instalación, sustitución y conexión de medidores de agua mecánicos y medidores de agua ultrasónicos con telemetría para el servicio de acueducto”
Resolución 615 de 2023“por medio de la cual se modifica el contrato de condiciones uniformes adoptado mediante resolución 354 del 21 de abril de 2022 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP”. Consulte aquí el Contrato de Servicios Públicos EAAB-ESP
- Decreto 019 de 2012"Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública (Artículo 44)".
- Ley 142 del 11 de julio de 1994, (Artículos 128 - 135) "Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones".
- Resolución 001 de 2015, (Cláusula 11), Conexión y propiedad de las conexiones domiciliarias.
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