Comedores comunitarios.

¿Qué es y para qué sirve?

Las niñas, niños, adolescentes, adultos y personas mayores priorizadas y focalizadas por la Secretaría Distrital de Integración Social acceden a un espacio físico, social y comunitario donde se entrega una comida caliente diaria (tipo almuerzo) equilibrada y adecuada, acompañada de procesos de inclusión social, vigilancia del estado nutricional y promoción de hábitos y estilos de vida saludable.


TELEFÓNICO

Línea 195, lunes a domingo, las 24 horas del día.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Su solicitud no tiene ningún costo.

Cualquier fecha.

Obtención de un cupo para recibir una comida caliente diaria en un comedor comunitario.

El cupo en el servicio comedores comunitarios depende de lo establecido en los criterios de ingreso y priorización establecidos por la Secretaría Distrital de Integración Social.

En los puntos de atención de la Secretaría Distrital de Integración Social: http://www.integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/2487.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Para personas mayores de dieciocho (18) años integrantes de la familia entregar 1 fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  • 1 fotocopia de un recibo de servicio público. No aplica para personas ciudadanas habitantes de calle, residentes en pagadiario o sin dirección de residencia permanente.
  • Habitar en Bogotá. Personas que no cuentan con un lugar permanente de vivienda por condición de habitabilidad en calle, riesgo de habitarla o residir en paga diario, identificados por la Secretaría Distrital de Integración Social.
  • Estar registrada en la encuesta SISBÉN IV en los grupos A o B expedida en la ciudad de Bogotá.
  • Inseguridad alimentaria moderada o severa de acuerdo con la Escala Latinoamericana y Caribeña de Seguridad Alimentaria (ELCSA), que no estén en atención en otros servicios de la SDIS.
  • Personas víctimas de hechos violentos asociados con el conflicto armado, de acuerdo con las directrices establecidas en la Ley 1448 de 2011 y los Decretos Nacionales 4633, 4634 y 4635 de 2011 incluido en el Registro Único de Víctimas RUV.

 Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Para personas entre un (1) año y seis (6) años integrantes de la familia entregar una fotocopia del registro civil de nacimiento.
  • Para personas entre los siete (7) años diecisiete (17) años integrantes de la familia entregar 1 fotocopia de la tarjeta de identidad.

 Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Para menores extranjeros de 18 años aplica el acta de nacimiento.
  • Para ciudadanos extranjeros o migrantes aplica el pasaporte o el Permiso Especial de Permanencia o cédula de extranjería.

El cupo en el servicio comedores comunitarios depende de lo establecido en los criterios de ingreso y priorización establecidos por la Secretaría Distrital de Integración Social.

Para participar del servicio es necesario cumplir con los criterios de ingreso.


¿Qué se debe hacer?

1. Reunir documentos y cumplir condiciones.

2. Solicitar el servicio.

Resolución 218 de 2023.

Ley 594 de 2000.

Resolución 2505 de 2004.

Decreto 4741 de 2005.

Resolución 5109 de 2005.

Resolución 0705 de 2007.

Ley 1355 de 2009.

Ley 1562 de 2012.

Resolución 683 de 2012.

Resolución 1115 de 2012.

Acuerdo 498 de 2012.

Decreto 2981 de 2013.

Resolución 2674 de 2013.

Resolución 834 de 2013.

Resolución 4142 de 2012.

Resolución 3753 de 2013.

Resolución 4143 de 2012.

Resolución 242 de 2013.

Decreto 586 de 2015.

Decreto 1072 de 2015.

Resolución 932 de 2015.

Acuerdo 614 de 2015.

Documento técnico 1 de 2015.

Estrategia Nacional para la Reducción del Consumo de Sal/Sodio en Colombia 2012 – 2021.

Acuerdo 634 de 2015.

Resolución 3803 de 2016.

Resolución 472 de 2017.

Resolución 316 de 2018.

Resolución 5865 de 2018.

Documento técnico CONPES 09 de 2019.

Resolución 2184 de 2019.

Resolución 312 de 2019.

Ley 2046 de 2020.

Acuerdo 807 de 2021.

Resolución 810 de 2021.

Decreto 248 de 2021.

Ley 2120 de 2021.

Resolución de 2492 2022.

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