Consulta de obligaciones tributarias pendientes
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
A través de este servicio puede consultar las obligaciones pendientes respecto de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá. Esta información se presenta sin perjuicio de los procesos que adelanten las dependencias de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y de las facultades de fiscalización, verificación y corrección que tiene la Administración; situaciones que pueden presentar modificaciones posteriores a la presente, por lo que no se constituye ante la administración tributaria como paz y salvo definitivo de obligaciones ni se traduce en mecanismo de extinción de las mismas.
Los canales de atención con los que usted cuenta para este trámite son:
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- PBX 601(3385000) de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:30 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
- Línea 195 de domingo a domingo las 24 horas del día.
VIRTUAL
- Oficina Virtual ingresando al siguiente enlace: https://nuevaoficinavirtual.shd.gov.co/bogota/es/login y digitando su usuario (correo electrónico) y su contraseña
- Redes sociales de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 10:00 p.m., sábados de 7:00 a.m. a 8:00 p.m. y domingos y festivos de 8:00 a.m. a 7:00 p.m
- Facebook: Hacienda Bogotá
- Instagram: @hacienda_bogota
- X: @HaciendaBogota
- Orientación por Videollamadas de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. ingresando al siguiente enlace Clic Aquí
- Videollamada en lenguaje de señas de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. haciendo clic aquí.
- Línea de WhatsApp 3002703002 de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. Acceda ingresando a la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda y de clic en el ícono de la parte inferior derecha
- ESCRITO
- Puede radicar sus solicitudes a través del correo electrónico: radicacionhaciendabogota@shd.gov.co o a través del portal https://bogota.gov.co/sdqs/.
- También los ciudadanos en general, las personas naturales o jurídicas, los contribuyentes o las entidades públicas y privadas pueden radicar comunicaciones en las ventanillas de radicación de correspondencia relacionadas con solicitudes, peticiones, quejas, reclamos o felicitaciones Esto lo pueden hacer en el SuperCADE CAD, SuperCADE Américas y SuperCADE Suba: de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., en jornada continua y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
PRESENCIAL
La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) atiende de manera presencial en los siguientes puntos de la Red CADE de Bogotá:
- 20 de Julio: Carrera 5A No. 30C-20 Sur
- Américas: Avenida carrera 86 No. 43-55 Sur
- CAD: Carrera 30 No. 25-90, torre B
- Suba: Calle 145 No. 103B-90
- Bosa: Calle 57R Sur No. 72D-12
- Manitas: Carrera 18L No. 70B-50 Sur
- Calle 13: Avenida Calle 13 No. 37 – 35
- Engativá: Trasversal 113B No. 66 - 54
La atención se prestará de acuerdo con la asignación de turnos directamente en el SuperCADE o Punto de Atención Especializado donde se acerque el Ciudadano y según la CAPACIDAD OPERATIVA.
Horario de atención:
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:30 p.m.
Adicional atendemos en los siguientes Puntos de Atención Especializada:
- Punto Atención Especializada Plaza de las Américas: Carrera 71D # 6 - 94 Sur - Locales 1132-1134
- Punto Atención Especializada Grandes Contribuyentes: Avenida Carrera 19 # 114-65 Local 3
Horario de atención:
Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. excepto Bosa y Calle 13
La atención se prestará de acuerdo con la asignación de turnos directamente en el SuperCADE o Punto de Atención Especializado donde se acerque el Ciudadano y según la CAPACIDAD OPERATIVA.
Ver puntos de Atención¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Se pedirá a la persona que realiza el trámite que presente su documento de identidad en físico o su cédula digital.
- Se deberán presentar adicional los siguientes documentos si quien hace la solicitud es un tercero:
- Carta de Autorización o Poder (General)
- Si es Heredero:
- Copia del acta de defunción y documentos que acrediten el vínculo de consanguinidad y/o afinidad.
- Si es Locatario:
- Contrato de Leasing o la carta de autorización dada por el Banco
- Si es Fideicomitente o Beneficiario de Patrimonio Autónomo:
- Contrato de Fiducia o de arrendamiento y la carta de autorización dada por la Fiducia.
- Si es extranjero se aceptará como documento válido la cédula de extranjería o el pasaporte vigente.
- Se deberán presentar adicional los siguientes documentos si quien hace la solicitud es un tercero:
- Carta de Autorización o Poder (General)
- Si es Heredero:
- Copia del acta de defunción y documentos que acrediten el vínculo de consanguinidad y/o afinidad.
- Si es Locatario:
- Contrato de Leasing o la carta de autorización dada por el Banco
- Si es Fideicomitente o Beneficiario de Patrimonio Autónomo:
- Contrato de Fiducia o de arrendamiento y la carta de autorización dada por la Fiducia.
- Se pedirá a la persona que realiza el trámite que presente su documento de identidad en físico o su cédula digital. Si es extranjero se aceptará como documento válido la cédula de extranjería o el pasaporte vigente.
- Certificado de Existencia y Representación Legal en el caso de que no podamos ver esta información en RUES.
- Se pedirá a la persona que realiza el trámite que presente su documento de identidad en físico o su cédula digital. Si es extranjero se aceptará como documento válido la cédula de extranjería o el pasaporte vigente.
- Documento que acredite la constitución de la Unión Temporal o del Consorcio.
Para evitar represamientos y congestión de solicitudes recibidas, se sugiere no radicar la misma solicitud por diferentes medios, ya que puede generar mayores tiempos en la atención de la misma. Envíela a un solo correo y no haga reiterativa su solicitud. La repuesta será emitida dentro de los términos establecidos en la Ley.
Para adelantar de manera presencial las solicitudes de impuestos de años anteriores, información de cobro coactivo e información sobre comunicaciones enviadas por la Secretaría de Hacienda. Se debe hacer el AGENDAMIENTO por la página web de la Entidad mediante la opción "Agenda tu cita".
Los demás trámites serán atendidos según capacidad operativa y SIN AGENDAMIENTO.
ACLARACIONES SOBRE EL AGENDAMIENTO.
- El agendamiento diario se dispondrá según CAPACIDAD de ATENCIÓN (esto es, el cálculo según estadísticas del número de ciudadanos a atender hasta las 4:30 pm) y se permitirá el ingreso según la capacidad de cada sala.
- Se debe tener en cuenta que los ciudadanos pueden AGENDAR UNA CITA CADA 15 DÍAS.
- Para su atención se recomienda llegar con 15 minutos de anticipación y verificar los requisitos para los trámites a adelantar.
CONSIDERACIONES GENERALES.
- Recuerde que el horario de atención en los SuperCADE es de lunes a viernes, es de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m. (a excepción del SuperCADE BOSA, SuperCADE CALLE 13 y CADE PLAZA DE LAS AMÉRICAS que solo tienen atención de lunes a viernes).
- En caso de ser un tercero autorizado, se atenderán máximo siete (7) liquidaciones o certificaciones por turno. Esto quiere decir que, solamente se generarán y entregarán 7 documentos. En caso de ser requeridos más, el autorizado deberá solicitar un nuevo agendamiento y/o turno.
Para realizar el trámite de manera virtual se recomienda que utilice los navegadores de Google Chrome o Mozilla.
- Solamente podrá imprimir el formulario de pago para los años en que aparezca DEUDA.
- Para generar el formulario de pago cuando aparezca la palabra OMISO, debe acercarse a alguno de los puntos de atención presencial. Recuerde que debe acreditar la calidad de propietario.
¿Qué se debe hacer?
- Ingrese a la Oficina Virtual para ICA y ReteICA.
- Ingrese a la Nueva Oficina Virtual para Predial y Vehículos.
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