Consulta y certificación de pagos
Última actualización: 15 Septiembre 2023 - 9:44a.m.
Consultar y descargar sin costo la certificación del pago de los impuestos: Predial, Vehículos, Industria y Comercio Avisos y tableros (ICA), y Retenciones Industria y Comercio Avisos y Tableros (RETEICA).
Requisitos del Consulta de información
Para Industria y Comercio Avisos y tableros (ICA), y Retenciones Industria y Comercio Avisos y Tableros (RETEICA).se debe ingresar a la Oficina Virtual
Para Predial y Vehículos, se debe ingresar a la Nueva Oficina virtual
Si va a realizar el trámite en forma presencial en los puntos de atención, para solicitar la certificación del pago de la vigencia 2022 o vigencias anteriores, si lo realiza el propietario debe presentar el documento de identidad en físico o la cédula digital expedida por la Registraduría Nacional en su aplicativo. Para ciudadanos extranjeros, se admite cualquiera de los siguientes documentos: Cédula de extranjería, Pasaporte o permiso de permanencia en el país.
Si el trámite para solicitar la certificación del pago de la vigencia 2022 o vigencias anteriores lo realiza un tercero, deberá estar debidamente autorizado por quien corresponda aportando los siguientes requisitos:
- Si es persona natural: 1. Autorización física firmada por el propietario y el autorizado (no mayor a 30 días), donde se especifiquen los datos de los dos ciudadanos (nombre completo y cédula) y expresamente el trámite a realizar. 2. Fotocopia de la cédula del propietario o titular del predio, firmada por él mismo en la parte frontal. 3. Fotocopia de la cédula del tercero autorizado.
- Si es persona Jurídica: Carta física y simple de autorización firmada por representante legal (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere), con fecha no mayor a 30 días, adjuntar fotocopia simple del documento de identificación del representante legal y Certificado de Existencia y Representación Legal.
- En caso de presentar un PODER General o Especial, éste puede ser mediante escritura pública, privada, o cualquier otro modo entendible. El Poder General No tiene vigencia, excepto si es presentado mediante escritura pública, el cual debe tener 1 año. En tanto que, para el Poder Especial, su vigencia está determinada por el tipo de trámite especificado en el documento y el mandatario solamente está facultado para actuar en nombre del mandante conforme a lo especificado en el documento.
- Para las sucesiones se le entregará información al cónyuge o compañero permanente y a los demás herederos reconocidos por la Ley, para lo cual deberán adjuntar copia del acta de defunción y el documento que acredite el vínculo de consanguinidad y/o afinidad (registro civil, partida de matrimonio o declaración de unión marital, entre otros).
- Para los poseedores, la persona que adelanta el trámite debe presentar el documento de identidad y en original de manera física, la declaración juramentada (no autenticada), donde conste: nombre y cédula de quien quiere hacerse cargo de la obligación, fecha desde que es poseedor y objeto del cual requiere certificación del pago. Si no puede asistir personalmente debe cumplir con los requisitos exigidos para autorización de terceros.
- Cuando el bien se encuentre bajo la figura de Leasing, el locatario requiere presentar los mismos documentos que el autorizado y opcional el contrato.
Canal telefónico
- Línea 195
- Orientación : Soporte telefónico Secretaría Distrital de Hacienda 601(3385000) ext. 5581 o 5523 Lunes a viernes: 7:00 a.m - 4:30 p.m y sábados de 8:00 a.m. a 12 m.
Canal virtual
- Oficina Virtual - para consultar impuestos de la vigencia actual (a partir de marzo de 2022)
- Ingrese a la Oficina Virtual para realizar la consulta
- Enlace página web - para consultar impuestos de años anteirores
- Ingrese a la Consulta de pagos de impuestos distritales
- Ingrese a la página web y realice la consulta por medio del del botón "Certificado de pago de impuestos de vigencias anteriores", ubicado en la parte derecha
- Correo electrónico
- Tenga en cuenta que podrá enviar sus solicitudes a través del correo radicacionhaciendabogota@shd.gov.co o https://bogota.gov.co/sdqs/
- Líneas de WhatsApp
- También se ha habilitado la línea de WhatsApp 3002703002 de Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m y sábados de 8:00 am a 2:00 pm. Para ingresar puede hacer click aquí.
- Para información general puede ingresar a: Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Puntos de atención
Tenga en cuenta
ATENCIÓN A TRAMITES
- SuperCade CAD, Suba, 20 de Julio, Bosa y Américas
Para adelantar de manera presencial las solicitudes de impuestos de años anteriores, devoluciones, información de cobro coactivo e información sobre comunicaciones enviadas por la Secretaría de Hacienda. se debe hacer el AGENDAMIENTO por la página web de la Entidad mediante la opción "Agenda tu cita".
Los demás tramites serán atendidos según Capacidad Operativa y SIN AGENDAMIENTO.
ACLARACIONES SOBRE EL AGENDAMIENTO
- El agendamiento diario se dispondrá según CAPACIDAD de ATENCIÓN (esto es el cálculo según estadísticas del número de ciudadanos a atender hasta las 5:30 pm) y se permitirá el ingreso según la capacidad de cada sala.
- Se debe tener en cuenta que los ciudadanos pueden AGENDAR UNA CITA CADA 15 DÍAS.
- Para su atención se recomienda llegar con 15 minutos de anticipación y verificar los requisitos para los trámites a adelantar.
CONSIDERACIONES GENERALES
- Recuerde que el horario de atención en los SuperCADEs es de lunes a viernes es de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
- En caso de ser un tercero autorizado, se atenderán máximo siete (7) liquidaciones o certificaciones por turno. Esto quiere decir que, solamente se generarán y entregarán 7 documentos. En caso de ser requeridos más, el autorizado deberá solicitar un nuevo agendamiento y/o turno.
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