Credencial de expendedor de drogas
Última actualización: 07 Junio 2023 - 4:20p.m.
Obtener la credencial que autoriza para ejercer la dirección de una droguería en todo el territorio nacional.
Requisitos del Trámite
- Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones requeridas para obtener la credencial:
- Copia escaneada en formato PDF del original del registro civil de nacimiento o partida de bautismo. según sea el caso. (que no supere 2MB)
- Copia escaneada en formato PDF del original de la cédula de ciudadanía o extranjería del solicitante. (que no supere 2MB)
- Copia escaneada en formato PDF del original de la libreta militar, según sea el caso. (que no supere 2MB)
- Copia escaneada en formato PDF del original certificado de residencia expedido por la alcaldía local del lugar del domicilio del interesado. (que no supere 2MB)
- Copia escaneada en formato PDF del original de la certificación de terminación de estudios (mínimo 5° primaria). (que no supere 2MB)
- Copia escaneada en formato PDF del original del certificado de salud, expedido por un médico, debidamente registrado en el Ministerio de Salud, en donde conste que el solicitante no padece de enfermedad infecto-contagiosa que le impida vivir en comunidad. (que no supere 2MB)
- Copia escaneada en formato PDF del original de la certificación expedida por el Ministerio de Salud y/o fotocopia de Resolución para el ejercicio profesional o de tarjeta profesional del profesional que certifica, más dirección de correo electrónico y/o teléfono del mismo. (que no supere 2MB)
- Copia escaneada en formato PDF del original de la manifestación expresa de dos (2) de médicos graduados o químicos farmacéuticos, debidamente registrados ante el Ministerio de Salud, en donde conste que el peticionario se ha desempeñado como empleado vendedor en droguería, con honorabilidad, competencia y consagración durante un periodo no menor de diez (10) años. Los manifestantes deberán tener como mínimo diez (10) años de graduados a la fecha de su declaración. (que no supere 2MB)
- Copia escaneada en formato PDF del original de la certificación de no tener sanciones por comercio ilegal de drogas de control especial, ni por infracción a las disposiciones sobre medicina. (que no supere 2MB)
- Radicar la documentación requerida
- Regístrese como persona Natural o Jurídica a través de la Ventanilla Única Digital de Trámites y Servicios de SDSy realice el trámite en línea. Verifique que todos los datos son correctos, en especial el correo electrónico referenciado, dado que al mismo recibirá en formato magnético su correspondiente Credencial de Expendedor de Medicamentos.
- Una vez se efectué el registro correspondiente, recibirá al su correo electrónico la clave y contraseña para iniciar el proceso.
Canal telefónico
- (601) 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua y sábados de 7:00 a.m. a 12:00 m.
- Línea 195
- Conmutador SDS (601) 3649090 (Operadora opción 0) horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Jornada continua.
Tenga en cuenta
- El trámite no tiene ningún costo.
- Los documentos escaneados en formato PDF no deberán superar las 2MB
- Como respuesta se obtiene la credencial de expendedor de drogas en un término de 20 días hábiles.
- Cualquier información errónea suministrada por el solicitante, conllevará la negación de la credencial.
- Regístrese como persona Natural o Jurídica a través de la Ventanilla Única Digital de Trámites y Servicios de SDSy realice el trámite en línea. Verifique que todos los datos son correctos, en especial el correo electrónico referenciado, dado que al mismo recibirá en formato magnético su correspondiente Credencial de Expendedor de Medicamentos.
- Una vez se efectué el registro correspondiente, recibirá al su correo electrónico la clave y contraseña para iniciar el proceso.
Soporte jurídico
- Resolución 13370 de 1990, (Artículos 1-4) “Por la cual se delegan unas funciones en las Direcciones Seccionales de Salud”.
- Decreto 1070 de 1990, (Artículos 1-13) “Por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1992, artículo 6o. y parcialmente la Ley 17 DE 1974”.
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