Estudio de la viabilidad de las solicitudes de administración de bienes públicos.

¿Qué es y para qué sirve?

El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, entrega en administración zonas de uso público (zonas comunales) y bienes fiscales a través de actos administrativos, convenios solidarios y contratos de comodato, a juntas de acción comunal, organizaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y organizaciones sin ánimo de lucro, bajo el cumplimiento de la normativa aplicable.

El DADEP también estudia solicitudes de administración y aprovechamiento económico sobre los espacios públicos a su cargo, de conformidad con lo establecido en el Decreto 493 de 2023.

Para las zonas de cesión con uso de estacionamiento y/o parqueadero y los salones comunales, aplica el régimen de transición del artículo 46 del Decreto 493 del 2023.

TELEFÓNICO

  • Línea: 195 lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Conmutador: (+60 1) 382 2510. Línea de atención al usuario (+60 1) 350 7062.
  • Línea gratuita: 018000 127700, a través de teléfono fijo.
  • Celular: (+ 57) 316 4732213.
  • Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.

VIRTUAL

  • Página Web Departamento Administrativo de Defensoría del Espacio Público -DADEP.
  • Para radicación virtual a través del correo electrónico: dadepbogota@dadep.gov.co o a través de la Ventanilla Virtual en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. las comunicaciones recibidas por los medios oficiales después de las 4:00 p.m. se gestionarán el día hábil siguiente de su recepción y se tomará esa fecha para el inicio de términos.
  • Chat: Horario de atención 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

Redes sociales: Horario de atención, lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

La certificación que acredite la calidad de bien de uso público de los mismos para proceder a ofertarlos mediante convocatoria pública.

Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la radicación, se revisará que contenga todos los requisitos señalados. Posteriormente, se procederá a realizar las visitas y se informará el resultado de la misma con las observaciones.

Los ciudadanos pueden realizar seguimiento a través de los diferentes canales de la entidad, en los días hábiles y horarios de atención dispuestos. De igual forma en el siguiente link: Consulte el estado de su radicado.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Requisitos de Carácter Técnico:

Presentar el proyecto de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico según lo solicitado en los formatos de reglamentos de uso y administración, plan de acción y presupuestos.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Requisitos de Carácter Jurídico:

  • Si se encuentra en este grupo de personas, por favor anexe certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá.
  • Certificación de responsabilidades fiscales, expedido por la Contraloría General de la Nación.
  • Certificados de antecedentes disciplinarios del representante Legal, expedido por la Procuraduría General de la Nación y la Personería de Bogotá.

Requisitos de Carácter Financiero:

  • Copia legible del balance general y estado de resultados con corte a 31 de diciembre de 2023.
  • Tarjetas profesionales y certificados de antecedentes disciplinarios del contador y del revisor fiscal.

¿Qué se debe hacer?

  1. Realizar una solicitud escrita, dirigida al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, informando las zonas de uso público que están interesados en administrar.
  2. Los profesionales del área de sostenibilidad realizan una visita de diagnóstico a la(s) zona(s) para establecer las condiciones físicas de la misma y emitir un concepto técnico sobre el estado actual de dicho espacio y su calidad de espacio público.
  3. Si la zona no cuenta con ningún tipo de invasión u ocupación indebida, la subdirección de gestión inmobiliaria y del Espacio público emite el visto bueno de viabilidad de la zona y solicita a la subdirección de registro inmobiliario de nuestra entidad la certificación que acredite la calidad de bien de uso público de los mismos para proceder a ofertarlos mediante convocatoria pública.
  4. Se hace la oferta pública de las zonas mediante una invitación pública en la cual se pone en conocimiento a través del portal de contratación del Estado Sistema Electrónico para la Contratación Pública, que se inicia el proceso.
  5. Las juntas de acción comunal, como las organizaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y cualquier organización sin ánimo de lucro (asociación, fundación, corporación, comité) interesadas en administrar los espacios públicos, deberán cumplir con los requisitos vigentes establecidos en la invitación pública del respectivo proceso.
  • Decreto 190 de 2004, Artículo 278 "Aprovechamiento económico del espacio público" - (Plan de Ordenamiento Territorial)". Derogado
  • Decreto 463 de 2003, Artículo 2 "Por el cual se reglamentan la administración, el mantenimiento y el aprovechamiento económico del espacio público construido y sus usos temporales en Bogotá, Distrito Capital.
  • Decreto Distrital 138 de 2002,"Por el cual se modifica la Estructura Organizacional del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público".
  • Acuerdo 18 de 1999 "Por el cual se crea la Defensoría del Espacio Público".
  • Decreto 937 de 1999 "Por el cual se establece la estructura organizacional y las funciones de las dependencias del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público". Derogado
  • Ley 9 de 1989, Artículo 7 "Por la cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 555 de 2021 Artículo 125, parágrafo 1°; Artículo 146, Artículo 147 "Aprovechamiento económico del espacio público" - (Plan de Ordenamiento Territorial) Régimen de Transición 01 de enero del 2024.
  • Decreto Distrital 493 del 2023 "Por medio del cual se reglamenta la administración y el aprovechamiento económico del espacio público en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto Distrital 478 del 2022 "Por medio del cual se modifica la estructura organizacional del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público"

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