Expedición de la tarjeta de operación
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
El propósito es la expedición de una nueva tarjeta de operación, cuando un vehículo, bien sea de transporte público individual o colectivo de pasajeros, cambia de empresa, en el documento que se expide aparecerá como vinculadora o afiliadora la nueva empresa de transporte.
Punto de atención de la VUS
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
- Call center (601) 291-69-99 horario de atención: Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 7:00 p.m., sábado: 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
VIRTUAL
- Página Web de la Ventanilla Única de Servicios Aquí.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónCon un valor de: Todo trámite de Tarjeta de operación: $41.600.
Con esta solicitud usted accederá al trámite, elaboración tarjeta de operación por cambio de empresa.
En 2,17 días hábiles.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Cumplir con los siguientes requisitos generales:
Para la expedición por primera vez o para la renovación:
- Solicitud suscrita por el representante legal de la empresa o persona natural, adjuntando la relación de los vehículos, indicando clase, marca, modelo, placa, capacidad y tipo de combustible, para cada uno de ellos.
- Presentar original del documento de identidad.
- Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: la contraseña, el comprobante de documento en trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el comprobante de documento en trámite con código de verificación QR vía web.
- En caso de renovación, duplicado por perdida o cambio de empresa, se deberá indicar el número de tarjeta de operación anterior.
- Certificación suscrita por el representante legal de la empresa sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos.
- Seguro Obligatorio (SOAT) vigente a la fecha de radicación, incorporado en el RUNT.
- Si el vehículo ya cumplió dos (2) años contados desde la fecha de su matrícula, debe tener revisión técnico mecánica y de gases vigente, expedida por un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte y registrado en RUNT.
- Certificación de la compañía de seguros, en la que conste que los vehículos están amparados en las pólizas de responsabilidad civil, contractual y extracontractual tomadas por la empresa.
- Certificado de existencia y representación legal de la empresa vinculadora.
- Pago de los derechos del trámite, los cuales se cancelan en la VUS.
- Para vehículos de servicio público individual (Taxi), el vehículo debe figurar como censado.
- Para expedición de tarjeta de operación por cambio de empresa, se debe allegar carta de aceptación de la nueva empresa y paz y salvo de la empresa de la cual se desvincula.
- Para la renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público individual (Taxis), la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo un (1) mes de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta(s) de operación.
- Para renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público colectivo o masivo, la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo dos (2) meses de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta(s) de operación.
- Para vehículos de servicio público colectivo con radio de acción urbano, el usuario debe acreditar el pago de derechos de capacidad transportadora.
Para la cancelación de la tarjeta de operación:
- Solicitud escrita del propietario del vehículo donde manifieste que el vehículo de transporte público ya fue desintegrado totalmente.
- Constancia de que el vehículo fue sometido al proceso de desintegración física total expedida por la entidad desintegradora.
- Entrega de las placas que identificaban al vehículo como de servicio público colectivo, masivo o individual.
- Original de la licencia de tránsito o manifestación verbal o escrita de su pérdida.
- Original de la tarjeta de operación o manifestación verbal o escrita sobre su pérdida.
- Pago de los derechos del trámite.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Para la expedición por primera vez o para la renovación:
- Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía- contraseña.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Para la expedición por primera vez o para la renovación:
- Para menores de edad, tarjeta de identidad – contraseña.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Para la cancelación de la tarjeta de operación:
- Poder especial o contrato de mandato cuando el trámite no se realice directamente por el interesado.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Para la expedición por primera vez o para la renovación:
- Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.
- Las empresas de transporte de servicio público tienen la opción de consultar a través de la página web https://www.ventanillamovilidad.com.co/, el estado actual de las tarjetas de operación de todo el parque automotor que tengan registrado, previo a la programación de actualización de tarjetas de operación.
- En cualquier momento, actualice sus datos registrados en la VUS haciendo clic aquí.
¿Qué se debe hacer?
Pasos para realizar este trámite:
Antes de dirigirse a un punto de atención VUS, por favor lea las instrucciones y recomendaciones que deberá tener en cuenta para que pueda realizar su trámite de manera personal, sin contratiempos y obteniendo el resultado esperado a su solicitud. No recurra a intermediarios.
- Cumplir con los requisitos generales.
- Ingresa a www.ventanillamovilidad.com.co.
- Haz clic en el botón “Agendar cita” ubicado en el banner principal.
- Ingresa con tu número de documento de identidad y contraseña. Si no estás registrado, crea tu cuenta.
- Da clic en “Comenzar un trámite”.
- Selecciona la categoría del trámite.
- Lee atentamente los derechos del trámite y requisitos para que realices el proceso con éxito.
- Selecciona el punto de la Ventanilla Única de Servicios en que quieres ser atendido.
- Elige la fecha y hora de tu cita.
- Diligencia el formulario con tus datos personales y marca la casilla de verificación.
Recuerda.
- Al correo electrónico registrado recibirás la confirmación del agendamiento con el código QR que deberás presentar el día de tu cita. En caso de que no puedas asistir, por favor cancelar o reprogramar.
- Lleva la documentación completa cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
- Radicar los documentos en el punto de atención VUS indicado.
- Realizar el pago de los derechos del trámite directamente en el punto de atención donde solicite el trámite, mediante pagos débito, crédito y efectivo en cualquiera de las ventanillas.
- Decreto 1785 de 2020 “Por el cual se fija el salario mínimo mensual legal"
- Circular 20144010489341 de 2014 "Reporte y cargue de tarifas de trámites año 2015".
- Circular 20144010289831 de 2014 "Denominación reglamentaria de los trámites de Organismos de Tránsito".
- Resolución 405 de 2009 Artículo 2 "Por medio de la cual se determina el valor de las tasas para los trámites de los Registros Distritales que presta la Secretaría Distrital de Movilidad, de conformidad con la entrada en vigencia del Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT".
- Resolución 490 de 2008 "Por la cual se señalan los términos y condiciones para la realización del censo físico y la actualización del Registro Distrital Automotor, en el servicio público individual tipo taxis, en el Distrito Capital".
- Resolución 786 de 2008 "Por la cual se modifica y adiciona la Resolución No. 490 de 2008, que señaló los términos y condiciones para la realización del censo físico y la actualización del Registro Distrital Automotor, en el servicio público Individual tipo taxis, en el Distrito Capital".
- Decreto 175 de 2001 Artículos 46 - 53 "Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre, Automotor Mixto".
- Decreto 172 de 2001 Artículos 39 - 44 "Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre, Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi".
- Decreto 170 de 2001 Artículos 55 - 62 "Por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre, automotor colectivo metropolitano, distrital y municipal de pasajeros".
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