Formulación del proyecto de plan de implantación

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la aprobación a la propuesta de plan de implantación para evitar los impactos urbanísticos negativos en las zonas de influencia de los predios en los que se vayan a desarrollar actividades relacionadas con comercio, servicio, dotaciones y los usos de industria y almacenamiento de escala urbana.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195. Atención: Lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • Los ciudadanos podrán requerir información general de la Secretaría Distrital de Planeación a través del correo electrónico servicioalciudadanoGEL@sdp.gov.co. También podrá consultar una lista con las preguntas frecuentes y sus respectivas respuestas, relacionadas con la gestión, trámites y servicios de la entidad, aquí.  

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene costo.

Como respuesta se obtiene la aprobación de la propuesta del plan de implantación.

  • En un término de 45 días hábiles.
  • El término de respuesta señalado aplica a partir del día siguiente en el que se aporten los documentos o información para el estudio. Si durante el estudio se requiere al solicitante para que complete la información aportada, se suspende el término del proceso por un tiempo de 30 días para aportar la documentación requerida. El término de respuesta señalado, puede ser de igual forma suspendido hasta tanto las diferentes autoridades administrativas consultadas fuera de la Secretaría, emitan el concepto respectivo.

El ciudadano puede hacer seguimiento a la solicitud a través de los siguientes canales de atención:

  • Canal presencial: acercándose a la ventanilla de correspondencia y radicación de la Secretaría Distrital de Planeación.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Descargar y diligenciar el formulario M-FO-022.
  • Fotocopia del certificado de tradición y libertad, con fecha de expedición no superior a 30 días.

Documento de diagnóstico del área de influencia definida en la consulta preliminar, el cual debe contener:

  • Los antecedentes normativos del sector.
  • La descripción precisa de la condición actual de las vías y los espacios públicos, el tráfico, los estacionamientos, los usos existentes y la infraestructura pública.
  • La ocupación actual de los predios adyacentes, especificando la volumetría y la disposición de áreas libres, dimensionándolos ante jardines y los aislamientos.
  • Fotocopia del concepto ambiental, expedido de conformidad con lo estipulado en la Resolución 4001 de 2010.

Documento de formulación del plan de implantación, el cual debe contener:

  • La integración con los sistemas generales que contempla el Plan de Ordenamiento Territorial. La descripción general del proyecto, incluyendo el plan de ocupación, especificación de los usos y servicios complementarios, la volumetría, las alturas y la disposición de áreas finales, dimensionando ante jardines y aislamientos.
  • El programa de áreas y usos.
  • Los índices de ocupación y construcción.
  • Las etapas de desarrollo previstas.
  • El desarrollo de los indicadores urbanos y arquitectónicos que se establecieron en la consulta preliminar.
  • Planimetría de soporte del documento de diagnóstico.
  • Planimetría de soporte del documento de formulación.

Documento con descripción de las operaciones y de las acciones planteadas para el adecuado funcionamiento del uso, el cual debe contener:

  • El mejoramiento y la articulación del espacio público.
  • El desarrollo de servicios complementarios.
  • La adecuación o ampliación de la red intermedia o local.
  • Las condiciones de acceso vehicular y peatonal.
  • La exigencia adicional de estacionamientos, si se requiere.
  • El cronograma detallado que discrimine el plan de ejecución del proyecto y sus etapas de desarrollo.

En caso de que el solicitante no sea el propietario o poseedor del (los) predio(s) objeto de la formulación del plan de implantación, presentar:

  • Voluntad expresa/anuencia, debe contener la voluntad expresa y manifiesta del propietario del(los) predio(s) para incluirlo(s) dentro de la solicitud de plan de implantación.
  • Fotocopia del estudio de tránsito y/o estudio de demanda de atención de usuarios, radicado en la Secretaría de Movilidad. La aprobación del estudio es necesaria para la elaboración del acto administrativo que decide la solicitud del plan de implantación, dado que contiene los aspectos de mitigación de competencia de la Secretaría de Movilidad. Se requiere de acuerdo con lo estipulado en el anexo 1 del Decreto 596 de 2007.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

En caso de que el trámite sea realizado mediante apoderado:

  • Poder o autorización, debe contener la voluntad expresa y manifiesta del(los) dueño(s) del(los) predio(s), para que un tercero en su nombre y representación realice el trámite. Solo adjuntar en casos de actuación indirecta por medio de apoderado.

¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para realizar el trámite.
  2. Radicar los documentos solicitados en la ventanilla de correspondencia y radicación de la Secretaría Distrital de Planeación.
  • Decreto 079 de 2015 (Aplica Título I y Título II) "Por el cual se complementan y modifican los procedimientos para el estudio y aprobación de los Planes de Implantación y Planes de Regularización y Manejo, contenidos en los Decretos Distritales 1119 de 2000 y 430 de 2005, y se dictan otras disposiciones".
  • Circular 034 de 2011 (Numerales II, III) "Por la cual se precisan algunos aspectos relacionados con los requisitos que deben verificar los curadores urbanos al estudiar, tramitar y expedir licencias de urbanización, parcelación y construcción para los proyectos localizados en zonas identificadas como de amenaza media o alta por fenómenos de remoción en masa, la exigencia de estudios de tránsito en algunos urbanísticos y del plan de implantación".
  • Resolución 4001 de 2010 (Aplica toda la Resolución) "Por la cual se actualiza la Resolución 924 de 2006 que establece el contenido y el procedimiento de los conceptos ambientales de los planes de implantación".
  • Acuerdo 189 del 2005  (Aplica todo el acuerdo) "Por medio del cual se dictan normas que propenden por la mitigación de impactos ambientales para la aprobación de planes de implantación".
  • Decreto 190 de 2004 (Aplica Artículos 236, 237 y 249) "Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003".
  • Decreto 1119 de 2000 (Aplica todo el Decreto)"Por el cual se reglamentan los procedimientos para el estudio y aprobación de planes de implantación".

Otros Trámites y Servicios relacionados

Atención de recursos de reposición

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Consiste en proyectar y proferir la resolución que resuelva en segunda instancia la impugnación (en vía gubernativa) de los...

Encuesta del sistema de identificación y clasificación de potenciales beneficiarios de programas sociales - SISBEN

Trámite

¿Qué es y para qué sirve?
Consiste en solicitar la visita para ser encuestado e ingresar a la base de datos del SISBÉN cuando ninguno de los miembros del...

Determinantes para el ajuste de un plan parcial

Trámite

¿Qué es y para qué sirve?
Fijar las delimitaciones y la información sobre los determinantes aplicables para el ajuste o modificación de un plan parcial...