Programación de Intervención de obra diurno
Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV
Última actualización: 03 Octubre 2023 - 10:51a.m.
Este servicio tiene como finalidad dar a conocer la programación de intervención de la malla vial diurna, en la ciudad de Bogotá.
Requisitos del Otro servicio
Si el ciudadano desea reportar un daño en la malla vial, puede hacerlo a través de los siguientes canales:
- Presencial:
- Sede Administrativa: Calle 26 N° 69 -76 Torre Aire, piso 3, de lunes a viernes 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
- Telefónico: 601-3779555 ext. 1001 y 1002
- Virtual:
- Correo electrónico: atencionalciudadano@umv.gov.co y ventanillaelectronica@umv.gov.co
- Chat Virtual: https://www.umv.gov.co/portal/
- Formulario PQRSFD: http://bogota.gov.co/sdqs
- Redes Sociales Institucionales:
- Facebook: https://www.facebook.com/unidadde.mantenimientovial
- Instagram: https://instagram.com/umv.bogota
- Twitter: https://twitter.com/umvbogota
Para realizar el reporte es indispensable diligenciar los siguientes requisitos:
- Especificar la dirección con calle y carrera de la malla vial que desea notificar.
- Especificar el medio físico o electrónico al cual desea recibir su respuesta.
Canal telefónico
- Línea: 195
- Teléfono: 601-377 9555 Ext. 1001 y 1002; horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
Puntos de atención
Tenga en cuenta
- Especificar la dirección con calle y carrera de la malla vial que desea reportar.
- El ciudadano debe especificar el medio físico o electrónico al cual desea recibir su respuesta.
- Como resultado obtiene la respuesta a su petición dentro de los términos de ley de la siguiente manera:
- Petición de interés general, particular, queja, reclamo, sugerencia, denuncia o felicitación: 15 días hábiles.
- Solicitud de información o solicitud de copias: 10 días hábiles.
- Consulta: 30 días hábiles.
Soporte jurídico
- Acuerdo 257 de 2006 Concejo de Bogotá D.C. Artículo 106. Transformación de la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Transfórmase la Secretaría de Obras Públicas, la cual en adelante se denominará Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.
- Acuerdo No.761 de 2020, Concejo de Bogotá D.C. Artículo 9. Naturaleza jurídica, objeto y funciones básicas de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
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Otro servicio
Este servicio tiene como finalidad dar a conocer la programación de intervención nocturna, de la malla vial en la ciudad de Bogotá.