Incapacidades y Licencias
Última actualización: 12 Diciembre 2022 - 3:54p.m.
Prestaciones económicas régimen Contributivo
Es una compensación económica dada a un cotizante durante un período de incapacidad para ejercer en forma temporal o permanente su profesión y oficio habitual o durante una licencia.
Requisitos del Otro servicio
Incapacidad médica:
• Incapacidad médica original emitida por un profesional de la salud con firma y sello, correspondiente a la IPS que prestó el servicio.
• Fecha de expedición de la incapacidad.
• Fotocopia del documento de identificación del incapacitado.
• Fotocopia de la Historia Clínica ó Epicrisis del incapacitado (Transcripción).
• SOAT cuando el documento solicitado es el Formulario único de reclamación de IPS (FURIPS) de la atención.
• Cuando la incapacidad por enfermedad general acumule o supere los 90 días, se debe adjuntar certificación de afiliación a fondo de pensiones.
• Certificación Bancaria no mayor a 30 días.
• Copia de la Cédula del Representante Legal del empleador.
• Registro Único Tributario generado no mayor a 30 días.
Nota: Periodo mínimo de cotización, cuatro semanas de pago de cotización ininterrumpida (Decreto 780 de 2016 art. 2.1.13.14).
Licencia de maternidad:
• Incapacidad médica original emitida por un profesional de la salud con firma y sello, correspondiente a la IPS que prestó el servicio.
• Fotocopia del documento de identificación del cotizante y/o de la materna.
• Fotocopia de la Historia Clínica ó Epicrisis de la materna, la cual debe contener la siguiente información: Fecha de atención, semanas de gestación a la fecha de inicio de la licencia, fecha probable de parto, peso del recién nacido (Transcripción).
• Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento ó Nacido Vivo.
• Certificación de defunción en caso de fallecimiento del hijo (si aplica).
• Certificación Bancaria no mayor a 30 días.
• Copia de la Cédula del Representante Legal del empleador.
• Registro Único Tributario generado no mayor a 30 días.
Licencia de Paternidad:
• Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
• Formato de incapacidad y soporte solicitado en este caso es la copia de historia clínica o epicrisis de la atención para validar las semanas de gestación.
• Fotocopia del registro civil de nacimiento, no mayor a 30 días calendario.
• Certificación Bancaria no mayor a 30 días.
• Copia de la Cédula del Representante Legal del empleador.
• Registro Único Tributario generado no mayor a 30 días.
• Incapacidad maternidad y/o paternidad por adopción:
• Fotocopia del documento de identidad de los padres adoptantes.
• Copia autenticada del Acta de Colocación expedida por el ICBF.
• Fotocopia del registro civil de nacimiento del hijo (padres biológicos o adoptivos).
• Certificación Bancaria no mayor a 30 días.
• Copia de la Cédula del Representante Legal del empleador.
• Registro Único Tributario generado no mayor a 30 días.
Incapacidad maternidad y/o paternidad por adopción
• Fotocopia del documento de identidad de los padres adoptantes.
• Copia autenticada del Acta de Colocación expedida por el ICBF.
• Fotocopia del registro civil de nacimiento del hijo (padres biológicos o adoptivos).
• Certificación Bancaria no mayor a 30 días.
• Copia de la Cédula del Representante Legal del empleador.
• Registro Único Tributario generado no mayor a 30 días.
Licencia de paternidad que se concede al padre por fallecimiento de la madre:
• Registro Civil de Nacimiento del Menor.
• Cédula de Ciudadanía de la Madre.
• Registro de Defunción de la Madre.
• Copia de la historia clínica de la atención del parto (Transcripción).
• Certificado de afiliación de la EPS de la madre, en caso de que no esté afiliado a CAPITAL SALUD EPS-S.
• Certificación bancaria (en caso de independientes).
• Certificación Bancaria no mayor a 30 días.
• Copia de la Cédula del Representante Legal del empleador.
• Registro Único Tributario generado no mayor a 30 días.
Licencia por parto no viable:
• Incapacidad médica original emitida por un profesional de la salud con firma y sello, correspondiente a la IPS que prestó el servicio.
• Resumen de la historia clínica, no mayor a 28 días calendario.
• Certificación Bancaria no mayor a 30 días.
• Copia de la Cédula del Representante Legal del empleador.
• Registro Único Tributario generado no mayor a 30 días.
Canal telefónico
- Línea 195
Canal virtual
Puntos de atención
Tenga en cuenta
Para brindar una mayor oportunidad, le informamos que las solicitudes de reconocimiento de licencias de maternidad, paternidad, incapacidades y documentación puede ser radicado a través del correo electrónico prestaciones@capitalsalud.gov.co o en nuestros puntos de atención al usuario.
Soporte jurídico
Decreto 3047 de 2013. Por el cual se establecen reglas sobre movilidad entre regímenes para afiliados focalizados en los niveles I y II del Sisbén. Artículo 8, Artículo 9.
Decreto 2353 de 2015. Por el cual se unifican y actualizan las reglas de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, se crea el Sistema de Afiliación Transaccional y se definen los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliación y el goce efectivo del derecho a la salud. Capítulo X, Artículo 78, Artículo 79, Artículo 80, Artículo 81.
Decreto 1424 de 2019. Por el cual se sustituye el Título 11 de la Parte 1 del Libro 2, se modifica el artículo 2.1.7.11 y se deroga el parágrafo del artículo 2.5.2.2.1.5 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con las condiciones para garantizar la continuidad de los afiliados de las Entidades Promotoras de Salud – EPS. Artículo 2.1.7.11,
Decreto 780 de 2016. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social. Título 3, Artículo 2.2.3.1, Artículo 2.2.3.2, Artículo 3.2.1.10
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