Indemnización por incapacidad permanente parcial.

¿Qué es y para qué sirve?

Pago u objeción de una indemnización a quien se le defina una pérdida de capacidad permanente parcial (IPP).  

Presencial en los puntos de atención


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea gratuita 018000111170, Horario de atención: De lunes a domingo  24 horas al día
  • Call center 601 3307000,  Horario de atención: De lunes a domingo 24 horas al día

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Trámite totalmente gratuito.

  • Objeción de la indemnización por incapacidad permanente parcial solicitada.
  • Medios por donde se obtiene el resultado presencial y mensaje de texto.
  • En 30 días hábiles se obtiene oficio que concede el pago.
  • El tiempo establecido en la ley para la obtención del resultado es de dos meses a partir de la fecha de radicación.
  • Una vez notificado el dictamen, el término para la radicación de la indemnización es de tres años contados a partir de la fecha de la notificación del dictamen.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

CIUDADANOS Y EXTRANJEROS Reunir documentos y cumplir condiciones.

  1. Estar afiliado o haber estado afiliado a Positiva Compañía de Seguros S.A. para el momento de presentar el siniestro
  2. Acreditar una disminución definitiva de la capacidad laboral igual o superior al 5% e inferior al 50%
  3. Una vez notificado el dictamen, el término para la radicación de la indemnización es de tres años contados a partir de la fecha de la notificación del dictamen.
  4. Formularios indemnización por incapacidad permanente parcial (IPP)
  5. Reclamar de forma presencial: En los puntos de atención indicados por la institución
  6. El formulario es un PDF editable y puede enviarlo al siguiente correo: indemnizaciones@positiva.gov.co

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