Independización del servicio público.

¿Qué es y para qué sirve?

Nuevas acometidas que autoriza la empresa para atender el servicio de una o varias unidades segregadas de un inmueble. Estas nuevas acometidas contarán con su propio equipo de medición previo el cumplimiento de lo establecido en el contrato de servicio público.

Presentar los documentos de forma presencial en los Puntos de Atención de la EAAB.


TELEFÓNICO

  • Línea 116, horario de atención 24 horas.
  • Línea 195, horario de atención 24 horas.
  • Conmutador (601) 3447000, horario de atención lunes a viernes: 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

Para constructores y urbanizadores.

ZONA

Zona 1

UrbanizadoresyConstructoresZ1@acueducto.com.co.

Zona 2

aalarconc@acueducto.com.co.
uyczona2@acueducto.com.co.

Zona 3

constructores.zona3@acueducto.com.co.

Zona 4

constructoresyurbanizadoreszona4@acueducto.com.co.

Zona 5

jmoyanop@acueducto.com.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Pago de la mano de obra y de los materiales, de acuerdo con el tipo de labor a realizar, según las tarifas establecidas en la Resolución Costos de Conexión No. 371 31 mayo 2023. "Por la cual se adoptan los precios a cobrar, a los usuarios por concepto de actividades de conexión", el cual será cargado en la factura de servicio.

Autorización de nuevas acometidas.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Independización del servicio máximo 3 acometidas y máximo 3 pisos.

Documentos:

  • Cédula de ciudadanía: 1 fotocopia(s).
  • Anotaciones adicionales: En caso de instituciones u organizaciones, el documento será el del representante legal. En caso de ser autorizado, presentar fotocopia del documento de identidad del titular y autorizado.
  • Acta de asamblea de propietarios: 1 fotocopia(s).
  • Anotaciones adicionales: Donde conste la autorización de la independización, la aprobación de distribución de la deuda (si existe) u otro mecanismo de pago, firmada por los propietarios y por el administrador, en caso de propiedades sujetas a régimen de propiedad horizontal.

Independización del servicio. 

Artículo 74. Aplicabilidad de las independizaciones de acueducto. Los predios que presenten las siguientes características deberán seguir el trámite de independización establecido en este reglamento:

1. Predio con 4 o más unidades independientes.

2. Edificaciones de 4 o más pisos, siempre y cuando en el cuarto piso exista al menos una unidad independiente. 

3. Predios que hayan surtido proceso de independización parcial con anterioridad y que superen la cuarta unidad sumando las unidades independizadas previamente. 

Los predios a los que no se enmarquen en las características antes descritas deberán tramitar la solicitud conforme lo establecido en el contrato de servicios públicos Cláusula 6 y siguientes (o las cláusulas que lo modifiquen).

Independización del servicio, más de 4 acometidas y predio con más de 4 pisos.

Según Reglamento de Urbanizadores y Constructores de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP.

Documentos de los solicitantes.

Verificación por la EAAB-ESP.

Formatos de solicitud de independización“Solicitud de aprobación de independizaciones”; “Descripción solicitud independizaciones”; “Relación de acometidas internas” y “Autorización de Cargue de costos” diligenciados en su totalidad.  

Verificar la información de identificación del predio y titularidad del derecho de dominio mediante los servicios de consulta electrónica, para Bogotá. 

Verificación del estrato y de direcciones oficiales del predio. 

Verificar alcance del poder para realizar el trámite.

Copia de la cédula de ciudadanía, de quien realiza el trámite, de(l) los propietarios(s) y del administrador (si aplica). 

Verificación de la identificación de la persona autorizada. 

Poder debidamente otorgado por él (propietario del inmueble / representante legal de la sociedad) aplica en caso de que el trámite sea efectuado por una persona natural o jurídica diferente al propietario del predio. 

Alcance del poder para realizar el trámite.

Acta de asamblea de propietarios para predios con régimen de copropiedad, donde conste la autorización de la independización del servicio de acueducto. 

Autorización de la copropiedad. 

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Cuando es apoderado y/o Autorizado.

  • Poder especial, mandato o autorización: 1 original(es).
  • Anotaciones adicionales: A través del cual se confía la gestión de realizar el trámite a un abogado, apoderado o tercero autorizado.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Cédula de extranjería: 1 fotocopia(s)
  • Anotaciones adicionales: En caso de instituciones u organizaciones, el documento será el del representante legal. En caso de ser autorizado, presentar fotocopia del documento de identidad del titular y autorizado.
  • Parágrafo 1. La empresa dará trámite a las solicitudes de independización formuladas por los multiusuarios cuando dicha decisión se haya adoptado de conformidad con los estatutos de la copropiedad. Para inmuebles que no tengan régimen de copropiedad, la solicitud de independización deberá ser aprobada por la mayoría de los usuarios consumidores de acuerdo con la Resolución 080 de 2006 de la EAAB-ESP. 
  • Parágrafo 2: la EAAB-ESP, realizará asesoría previa a la radicación de la solicitud con el fin de garantizar la radicación calificada. 

¿Qué se debe hacer?

Parágrafo 3: Para la solicitud de la aprobación de la independización del servicio de acueducto, el predio deberá contar con caja de inspección para la acometida de alcantarillado existente, de acuerdo con la norma NS-068. 

  • Realizar la solicitud en los siguientes correos electrónicos:

TRÁMITE

ZONA

Independización de Servicio

Zona 1

UrbanizadoresyConstructoresZ1@acueducto.com.co

Zona 2

aalarconc@acueducto.com.co
uyczona2@acueducto.com.co

Zona 3

constructores.zona3@acueducto.com.co

Zona 4

constructoresyurbanizadoreszona4@acueducto.com.co

Zona 5

jmoyanop@acueducto.com.co

 

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