Legalización crédito de vivienda acorde a la finalidad solicitada.
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Formalizar jurídicamente el crédito aprobado para poder generar el desembolso por parte del FNA (Fondo Nacional del Ahorro).
Este trámite se puede realizar en cualquiera de los puntos de atención del Fondo Nacional del Ahorro a nivel nacional.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea de atención en Bogotá: 601 307 7070.
- Línea gratuita nacional: 018000 52 7070.
- #289 para operadores Claro, Tigo o Movistar.
- Línea 195 desde Teléfono fijo y celular, lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- WhatsApp: 321 3213441.
- Chat: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. sábados de 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
- www.fna.gov.co.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEste trámite es gratuito.
El proceso de legalización de crédito de vivienda inicia una vez el Fondo Nacional del Ahorro, determine que el inmueble es objeto de garantía.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Tener oferta de crédito aprobada en todas las finalidades de crédito hipotecario y haber seleccionado el inmueble que va a comprar.
Notificación reparto notarial: Se podrán solicitar documentos adicionales a los mencionados en esta etapa.
- Formulario o factura del impuesto predial con sello de pago, 1 original(es) deberá estar al día con el pago de este impuesto.
- Certificado de tradición y libertad no mayor a 90 días.
Si el inmueble está en propiedad horizontal.
- Certificado de administración, paz y salvo de pago vigente 1 copia(s).
Registrar escritura en oficina de instrumentos públicos.
- El afiliado deberá llevar a la oficina de instrumentos públicos las copias de las escrituras formalizadas en notaria y cancelar los valores correspondientes a registro.
Nota: si radica documentos para el desembolso dentro de los 180 días siguientes a la fecha de aprobación de la oferta de crédito, no se requerirá análisis de capacidad de endeudamiento previo al desembolso.
- Pasado el plazo de los doce (12) meses, si el afiliado no ha cumplido con lo anterior o si se genera una nueva oferta de crédito posterior a esta comunicación, la carta perderá vigencia.
- Para los créditos cuya finalidad es construcción y mejora, entre el primer desembolso y la radicación de documentos en el Fondo Nacional del Ahorro para el segundo desembolso, no podrán transcurrir más de seis (6) meses. Pasado este plazo, se perderá el derecho al desembolso del saldo del crédito aprobado.
- Para las dos finalidades, el valor máximo de financiación no podrá exceder el 50% del valor comercial del lote / vivienda de terminado en el avalúo comercial del inmueble.
¿Qué se debe hacer?
Contacto con el afiliado:
- Si ya eligió su vivienda, por favor comuníquese con la telefónica 01 8000 123362; o el FNA se contactará con usted para la validación de datos del inmueble y le solicitará el número del certificado de tradición y libertad, si es vivienda usada. Si es vivienda nueva deberá disponer del soporte de la separación del inmueble y datos del proyecto.
Estudio preliminar:
- En esta etapa se hace una revisión general de los documentos aportados, verificando la tradición del inmueble, para validar que cumpla con las políticas definidas por el FNA, como garantía del crédito ofertado.
Consecución de documentos:
- La legalizadora se contactará con el afiliado para darle a conocer el resultado del estudio preliminar y le indicará los documentos que debe aportar según la finalidad del crédito.
- El afiliado tiene 4 opciones para hacer llegar los documentos a la legalizadora.
- Enviar documentos a través de correo electrónico.
- Entregar documentos en el punto de atención, en sobre cerrado, con destinatario "legalizadora".
- Entregar documentos al gestor documental identificado por el Fondo Nacional del Ahorro, el cual será informado al afiliado.
- Envió de documentos por correo certificado a la legalizadora del FNA.
Avaluó comercial:
- La firma evaluadora se comunicará con el afiliado para coordinar día y hora de la visita del avalúo.
- Los pagos de avalúo comercial serán asumidos por el FNA por una única vez por cada crédito aprobado. En caso en que el inmueble objeto de garantía no cumpla con los lineamientos establecidos por el FNA, o el afiliado por voluntad propia decida cambiar de inmueble, este deberá asumir el costo del siguiente avalúo a realizar.
El resultado del avalúo podrá ser:
- Favorable: el inmueble sirve como garantía hipotecaria.
- Desfavorable: el inmueble no cumple como garantía hipotecaria para el FNA. En este caso, el afiliado deberá conseguir otro inmueble para iniciar nuevamente el trámite de legalización.
Estudio de títulos:
- En esta etapa se establece la viabilidad jurídica del inmueble que sirve como garantía hipotecaria del crédito ofertado. Para dar continuidad a esta etapa es necesario que el avalúo comercial sea favorable.
- El FNA podrá solicitar al afiliado documentos adicionales producto del estudio de títulos.
Notificación reparto notarial:
- El Fondo Nacional del Ahorro solicitará reparto notarial a la Superintendencia de Notariado y Registro (según Resolución 8198 de 2017). Una vez disponga de la notaria asignada se le informará.
- El Fondo Nacional del Ahorro le informará los documentos necesarios que deberá presentar a la firma de escrituras.
- Esta etapa es externa al Fondo Nacional del Ahorro. El afiliado realizará los trámites de escrituración y firma en donde intervienen vendedor y afiliado en la notaría asignada. Así mismo deberá efectuar los pagos correspondientes de gastos notariales.
- La notaria le expedirá 2 copias de la escritura, las cuales prestan mérito ejecutivo a favor del Fondo Nacional del Ahorro.
Si el inmueble está en propiedad horizontal:
Notificación reparto notarial:
- Esta etapa es externa al Fondo Nacional del Ahorro. El afiliado realizará los trámites de escrituración y firma en donde intervienen vendedor y afiliado en la notaría asignada. Así mismo deberá efectuar los pagos correspondientes de gastos notariales.
- La notaria le expedirá 2 copias de la escritura, las cuales prestan mérito ejecutivo a favor del Fondo Nacional del Ahorro.
Registrar escritura en oficina de instrumentos públicos:
- Una vez se realice el registro, el afiliado recogerá la escritura registrada y certificado de tradición y libertad donde aparezca registrada la hipoteca a favor del FNA. Estos documentos deben ser entregados a la legalizadora interna del FNA.
La entrega de documentos la podrán realizar a través de:
- Entregar documento en el punto de atención en sobre cerrado con destinatario legalizadora.
- Entregar documento al gestor documental identificado por el Fondo Nacional del Ahorro, el cual será notificado al afiliado.
- Correo certificado a la legalizadora del FNA.
Consolidar carpeta legal del afiliado:
- Fondo Nacional del Ahorro realizará la consolidación de la carpeta para el desembolso del crédito. En caso de que se requiera documentos adicionales, se comunicará con el afiliado y este deberá aportarlos para continuar con el trámite.
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