Legalización de incapacidades para docentes.
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
TELEFÓNICO
Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:
- Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
- Línea (601) 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
- Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
- Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.
VIRTUAL
Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:
Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEste trámite no tiene costo.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Para realizar el trámite, el docente debe transcribir la incapacidad ante la UT Servisalud (ubicado en Dorado Plaza, Centro Empresarial), dentro de los 3 días hábiles contados a partir del inicio de la incapacidad.
El trámite de reconocimiento de las incapacidades de docentes y directivos docentes, será adelantado de forma directa entre las Entidades Promotoras de Salud y la Secretaría de Educación del Distrito, no requiere solicitud.
Norma | Descripción |
---|---|
Por el cual se reglamenta el Decreto 3135 de 1968" | |
Por medio del cual se regulan aspectos del pago de la remuneración de los servidores públicos | |
Por la cual se expide el Código disciplinario único | |
Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública" |
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