Licencia de prestación de servicios de protección radiológica y control de calidad.

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la expedición, renovación o modificación de la licencia para prestar los servicios de protección radiológica y control de calidad a los equipos generadores de radiación ionizante, durante un período determinado.

TELEFÓNICO

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea de servicio a la ciudadanía (601) 3295090 de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábados de 7:00 a.m. a 12:00 m.

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Licencia de prestación de servicios de protección radiológica y control de calidad.

Tiempo de duración: 85 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Reunir los documentos y cumplir condiciones.

  • Formulario de solicitud de la licencia, diligenciado en su totalidad. Descárguelo aquí.
  • Copia escaneada en formato PDF del documento de identificación (Cédula de ciudadanía o extranjería) del solicitante legibles por ambas caras. En caso de persona jurídica, de los representantes legales principales y suplentes.
  • Copia escaneada en formato PDF del Registro Único Tributario – RUT.
  • Copia escaneada en formato PDF del certificado de existencia y representación legal.
  • Copia escaneada en formato PDF del certificado de calibración de los equipos y detectores relacionados en el formulario de solicitud, los cuales deberán contener la identificación de dichos equipos y detectores con marcas, modelos, series, parámetros y rangos de medida.
  • Los equipos y detectores deben estar calibrados con la periodicidad que establezca el fabricante, debiendo contarse además con la evidencia documental de dicha calibración en los términos y condiciones establecidos en la sección 12 del Decreto 1595 de 2015 o la norma que lo modifique o sustituya. Los certificados de calibración de los referidos equipos y detectores deberán mantenerse actualizados durante el trámite de expedición de la correspondiente licencia. En caso de que el certificado no establezca término de vigencia de la calibración, este se entenderá de dos (2) años. (Este documento también se requiere en el evento de renovación o modificación).
  • Copia escaneada en formato PDF de la declaración de primera parte o declaraciones de primera parte expedidas por el fabricante de los objetos de prueba relacionados en el formulario de solicitud, para el cumplimiento de la infraestructura técnica. (Este documento también se requiere en el evento de modificación).


PARA SER DIRECTOR TÉCNICO.
 

  • Copia escaneada en formato PDF del diploma o acta de grado de especialización en protección radiológica o maestría en física médica o acta de grado de especialización del director técnico.
  •  Igualmente, serán válidos los títulos de maestría o doctorado en ingeniería física, ciencias-físicas o física, siempre y cuando en el pénsum académico se corrobore la formación en protección radiológica y control de calidad o la resolución de convalidación del título, cuando sea obtenido en el exterior. (Este documento también se requiere en el evento de modificación).

NOTA: El interesado en la obtención de la licencia de prestación de servicios de protección radiológica y control de calidad podrá contar con uno o varios profesionales que apoyen la prestación de los servicios que sean autorizados. En tal caso, dichos profesionales deberán acreditar la formación académica anterior.

Copia escaneada en formato PDF de los certificados laborales que acrediten la experiencia mínima de tres (3) años en el área de protección radiológica y control de calidad, las cuales deberán contener, como mínimo, la siguiente información:

  • Nombre o razón social de quien la expide.
  • Tiempo de servicio o duración del contrato, especificando fechas tanto de inicio, como de terminación de la relación laboral o contractual.
  • Descripción de las funciones u obligaciones contractuales, según corresponda, relacionadas con estas áreas. (Este documento también ser requiere en el evento de renovación o modificación).
  • La licencia tiene una vigencia de 4 años. 

¿Qué se debe hacer?

1. Radicar documentos.

  • El trámite es parcialmente en línea y la documentación se deberá adjuntar en formato PDF legible a través del correo electrónico correspondenciadigital@saludcapital.gov.co.
  • Suministrar la información que sea requerida en caso en que se encuentre incompleta. En caso en que el equipo validador realice alguna observación a la documentación presentada por el solicitante, se tendrá que corregir o subsanar en un término máximo de veinte (20) días hábiles. Una vez se valide la documentación presentada y cumpla las condiciones requeridas, se procederá a programar visita de verificación. 

2. Notificarse del acto administrativo que otorga la licencia de prestación de servicios de protección radiológica y control de calidad.

  • Una vez se cumplan a cabalidad los requisitos y se haya practicado la visita de verificación técnica, el solicitante será informado por escrito que deberá acercarse de forma presencial a la Secretaria Distrital de Salud, carrera 32 No. 12 – 81 para la entrega de la licencia de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Si desea que la notificación de la misma sea manera digital, deberá manifestar su intensión y autorización en el cuerpo del correo electrónico remitente, para que esta forma su licencia sea remitida vía email.

3. Atender visita técnica encaminada a la verificación de los requisitos relacionados con la infraestructura técnica.

  • Decreto Ley 2106 de 2019 "Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública”
     
  • Resolución 482 de 2018 "Por la cual se reglamenta el uso de equipos generadores de radiación ionizante, su control de calidad, la prestación de servicios de protección radiológica y se dictan otras disposiciones"
     
  • Ley 09 de 1979 "Por la cual se dictan Medidas Sanitarias"  

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