Novedades laborales de trabajadores dependientes.

¿Qué es y para qué sirve?

Comunicar las novedades laborales de sus trabajadores dependientes relacionadas a continuación: ingreso, retiro, variación salarial, variación tarifa especial, variación transitoria del salario, suspensión temporal del contrato de trabajo y licencia no remunerada, incapacidad general, licencia de maternidad y paternidad, vacaciones, variación cetro de trabajo e incapacidad temporal de origen laboral.

Es totalmente en línea. 


TELEFÓNICO

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Call center 601 330-7000, horario de atención: De lunes a domingo las 24 horas.
  • Línea gratuita 01-8000-111-170, horario de atención: De lunes a domingo las 24 horas.

VIRTUAL

WEB https://www.positivaenlinea.gov.co/nuevo/.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención
  • Es gratuito.
  • El registro de la novedad del trabajador dependiente aplicada.
  • Se obtiene de forma inmediata.
  • Se puede hacer seguimiento de la solicitud por medio telefónico y presencial, puntos de atención.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

CIUDADANOS, EXTRANJEROS Y EMPRESAS

Alistar la documentación y cumplir los siguientes requisitos

  • Los taxistas, conductores de buses, busetas y colectivos deben estar vinculados a través de una empresa privada legalmente constituida en la cual tenga afiliado el vehículo. (Decreto 173 del 2001 artículos 3,10,11). Los conductores de carga, deben estar vinculados a través de una empresa privada legalmente constituida en la cual tenga afiliado el vehículo. (Ley 336 de 1996 artículo 36).
  • Estar inscrito en el sistema general de seguridad social en salud y pensiones.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del trabajador y del empleador.
  • Fotocopia de Tarjeta de identidad para el caso de ingreso del trabajador menor de edad.
  • Fotocopia de la cédula de extranjería vigente para el caso de ingreso por formulario de trabajadores o el permiso especial de permanencia.
  • Original de la certificación de afiliación a la EPS y AFP.

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:

  • En caso de practicantes de Post-grados en salud: Fotocopia del Convenio de la Universidad Con la empresa receptora para determinar quién debe hacer la afiliación y el pago del aporte al sistema general de riesgos laborales.
  • En caso de ingreso de trabajadores, aprendiz o practicante: Copia del contrato de aprendizaje y original de la certificación de afiliación a la entidad Promotora de Salud (EPS).
  • En caso de ingreso de trabajadores que estén asociados a Agremiaciones: fotocopia de la certificación de afiliación a la agremiación y fotocopia de constancia indicando los parámetros de tiempo, días, horarios, tareas y espacios a los cuales se limita el cubrimiento del riesgo laboral.
  • En caso de trabajadores menores de edad: fotocopia del documento de autorización expedido por el Ministerio de Trabajo o entidad que haga sus veces en el domicilio del menor (lo solicitan ante el Ministerio los representantes del menor). Para el aprendiz del SENA se omite el permiso del Ministerio.
  • También se conoce como Novedades.

¿Qué se debe hacer?

1. Alistar la documentación y cumplir los siguientes requisitos.

2. Aportar archivo en PDF al momento que el sistema lo solicite.

  • Canal de atención en los puntos autorizados a nivel nacional.
  • WEB  positivaenlinea.

3. Registrar la novedad del trabajador dependiente.

  • En caso de ingreso de novedades: Canal de atención WEB Positivaenlinea.
  • En caso de retiro: Reportar las novedades de retiro del trabajador dependiente a través de la página web o planilla integrada de liquidación de aportes PILA; ingresando con el usuario y contraseña asignado. Positivaenlinea.

 

 

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