Pago único a herederos.

¿Qué es y para qué sirve?

Pago que se hace por una sola vez a los herederos de un pensionado o sustituto, las mesadas causadas y no cobradas por el causante hasta el día de su fallecimiento.

TELEFÓNICO

  • Línea: 195. Lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Conmutador: +57 (601) 307 62 00, opción 2 - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
  • Línea gratuita: 018000 119 929, opción 1 - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene ningún costo.

Pago del reconocimiento único a herederos.

Trámite que se obtiene en cuatro (4) meses.

Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones – FONCEP, Bogotá D.C.

  • Dirección: Cra 6 # 14 – 98; Edificio Condominio Parque Santander, torre A, piso 2.
  • Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 am – 4:00 pm (jornada continua).

SuperCADE CAD.

  • Dirección: Cra 30 # 25 – 90.
  • Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 am – 1:00 pm y de 2:00 pm – 4:30 pm. Sábados de 8:00 am – 12:00 m.

CADE Toberin.

  • Dirección: Cra 21 # 169 - 62 - Centro Comercial Sttugar, local 118.
  • Horario de atención: Lunes a viernes 7:00 am - 12:00 pm y de 1:00 pm a 4:30 pm.

CADE Tunal.

  • Dirección: Cra 24c # 48 - 94 Sur Centro Comercial Ciudad Tunal - Entrada 1 - locales 58, 59 y 60.
  • Horario de atención: Lunes a viernes 7:00 am - 12:00 pm y de 1:00 pm a 4:30 pm.

Enviando solicitud al correo electrónico servicioalciudadano@foncep.gov.co.

A través de nuestro canal telefónico: Teléfono conmutador: +57 (601) 307 62 00, opción 2 - Línea gratuita: 018000 119 929, opción 2 - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.

A través de la siguiente ruta o dando clic Aquí.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Reunir documentos y cumplir condiciones.

Se puede solicitar de manera presencial en los puntos de atención: 

Documentos generales:

  • Anexar fotocopias de la cédula de ciudadanía de todos los beneficiarios.
     
  • Anexar registro civil de defunción del causante o sustituto con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses.
     
  • Anexar una copia auténtica del certificado de defunción en caso de que el fallecimiento haya sido en el exterior, expedido por el funcionario extranjero, que deberá estar apostillada y/o legalizada, según sea el caso y traducida oficialmente, si ha sido expedida en un idioma diferente al español. (aplica para extranjeros).
     
  • Anexar original o copia auténtica de la escritura pública o sentencia de adjudicación de herencia en la que estén incluidas las sumas dejadas de cobrar por el causante, a fin de demostrar a quienes se les efectúe el pago de las mesadas causadas y no cobradas hasta el fallecimiento del causante.
     
  • Anexar copia auténtica de los registros civil de nacimiento, de todos los beneficiarios con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses.

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:

Presentar solicitud de manera presencial en cualquiera de nuestros puntos de atención.

Notificarse de la respuesta.

Presentar documento de identificación al momento de notificarse. Para el caso de los apoderados, el documento de identificación y tarjeta profesional.

Canal presencial y canal virtual.

Para recibir notificación por correo electrónico se requiere haber seleccionado esta opción en el formulario de solicitud. La respuesta le llegará desde el correo electrónico certimail@foncep.gov.co, este correo es automático, favor no responder.

​​​​​​Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

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