Plan de manejo de Tránsito PMT

Secretaría Distrital de Movilidad - SDM

Última actualización: 04 Abril 2023 - 11:10a.m.

Mitigar el impacto generado por afectación del espacio público (rural o urbano) en Bogotá y zonas aledañas; que modifique la movilidad y seguridad vial, con el propósito de brindar un ambiente seguro, ordenado, ágil y cómodo a los peatones, ciclistas, pasajeros, conductores, personal de obra, asistentes a eventos y vecinos del lugar, en cumplimiento de la normatividad vigente.  

Requisitos del Trámite

Documentos para solicitar los Planes de Manejo de Tránsito para Obras y/o Emergencias:

NombreCantidadCaracterísticaObservación
El(los) comprobante(s) de pago y/o la impresión del(los) registro(s) del(los) frente(s) de obra y/o intervención(es), se debe adjuntar al(los) PMT cuando corresponda a solicitudes de entidades y/o personas naturales o jurídicas del derecho privado, y solo la impresión del(los) registro(s) cuando corresponda a entidades y/o personas naturales o jurídicas del derecho público1El(los) comprobante(s) de pago y/o la impresión del(los) registro(s) del(los) frente(s) de obra y/o intervención(es), se debe realizar de acuerdo con lo establecido en la Resolución 81 del 1 de febrero de 2021 de la SDM “Por medio del cual se definen las tarifas por concepto de derechos de tránsito en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”Presente el(los) comprobante(s) de pago cuando corresponde a solicitudes de entidades y/o personas naturales o jurídicas del derecho privado, y solo la impresión del(los) registro(s) cuando corresponda a entidades y/o personas naturales o jurídicas del derecho público
Oficio remisorio1El oficio debe hacer referencia a SOLICITUD DE REVISIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO (PMT) e incluir lo descrito en el numeral 3.2 del Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra.Presente este requisito si la ejecución de la obra corresponde a una vía arterial principal y/o arterial complementaria, vía intermedia, vía local.
Documento técnico del PMT de la solicitud, con las especificaciones emitidas mediante el Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra1

- Descargue el concepto guía para elaborar el documento técnico del PMT en:

http://www.movilidadbogota.gov.co/web/pmt    

Todo documento técnico de PMT debe incluir el desarrollo de los numerales en el orden especificado. Cuando alguno de los numerales especificados no sea procedente, deberá indicarse con el texto “No aplica”. No presentar la totalidad de los numerales establecidos podrá ser causal de no autorización (excepto para los PMT de bajo impacto inherentes a las obras que cuentan con comité de tránsito, de conformidad con lo indicado en el numeral 4.4 Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra
Formato COI (Consolidado de Obras de infraestructura)1

Empleado para la solicitud de Planes de Manejo de Tránsito, para la construcción de obras de infraestructura vial que no requieren licencia de excavación. Adjuntar Formato:

PM02-PR01-F01

Consolidado de Obras de Infraestructura COI

 

Se diligencia en caso de obras que no requieren licencia de excavación -Los campos que no son procedentes se debe diligenciar el texto “N/A”.   Este requisito debe adjuntarse, de acuerdo con lo establecido en el Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra
Formato COOS (Consolidado de Obras Infraestructura de Servicios Públicos)1Empleado para la solicitud de Planes de Manejo de Tránsito para la aprobación de obras que afecten la circulación en las vías públicas relacionadas con intervenciones en las redes de servicios públicos y que requieran licencia de excavación.   Adjuntar Formato:

PM02-PR01-F02a

Consolidado de Obras Infraestructura de Servicios Públicos (COOS)
Se diligencia en caso de obras que requieren licencia de excavación, sin incluir firmas de las empresas de servicios públicos (ESP).   -Los campos que no son procedentes se debe diligenciar el texto “N/A”.     Este requisito debe adjuntarse, de acuerdo con lo establecido en el Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra
Planos1* Plano de localización del proyecto.Plano a escala adecuada donde se evidencie la ubicación general del proyecto, zona de influencia y nomenclatura de las vías
Planos1* Planos específicos del PMT.Plano o conjunto de planos a escala adecuada y debidamente acotados que permitan tener una percepción clara del PMT, donde se identifique la nomenclatura vial indicando si es nueva o antigua, sentidos viales, sitios de interés en el sector (colegios, estaciones de policía, bomberos, parques, universidades, iglesias, institutos, etc.), señalización de la obra, delimitación de la zona de obra, anchos de calzadas, anchos libres efectivos en espacio público o en calzada para las zonas de cierre, ancho de andenes, desvíos (si aplican), auxiliares de tránsito, senderos peatonales, orientación (ubicación del norte).   Se aclara que se debe presentar un plano por cada etapa de ejecución planteada y para el caso de intervención y/u obra en andén, se deben detallar los accesos a las viviendas y/o comercio, incluir mobiliario urbano existente (bolardos, módulos SITP, quioscos (regulados por el IPES), bancas, canecas, postes, contenedores, individuos arbóreos, contenedores de basura, así como precisar el manejo de modos no motorizados en las esquinas, con el fin de garantizar condiciones seguras sobre las bocacalles.
Anexos1

Los establecidos en el Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra, de acuerdo con el tipo de obra y/o intervención.   En caso de requerir el formato en EXCEL y/o los anexos del concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra en Word, realizar la solicitud al correo

gerenciapmts@movilidadbogota.gov.co  

Este requisito debe adjuntarse, de acuerdo con lo establecido en el Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra.

Fecha de ejecución: Presencial y correo electrónico para PMT por EVENTOS Física: Centro de Servicios de Movilidad Paloquemao- Cra 28 A # 17 A 20 Lunes a viernes 7:00am a 12:00m y de 1:00 pm a 5:00pm Documentos para solicitar los Planes de Manejo de Tránsito por Eventos y/o Aglomeraciones:

NombreCantidadCaracterísticaObservación
  Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por eventos

1

Toda persona de derecho público o privado interesada en realizar alguna actividad que genere aglomeración de público, constitutivas de espectáculo público y/o producciones audiovisuales, debe contar con la autorización de un PMT por eventos. https://suma.dadep.gov.co/web/filmaciones/inicio

https://www.sire.gov.co/suga  

Para la consulta y/o estado del trámite realizado, el interesado puede ingresar a SUGA y SUMA, con su usuario y contraseña. Para las solicitudes realizadas mediante radicación en físico el concepto será remitido al correo electrónico y/o la dirección física del peticionario.

Momentos:

  1. A partir del lunes 15 de febrero de 2021, para el trámite de derechos de tránsito relacionado con PMT por obra, se debe realizar el registro del(los) frente(s) de obra y/o intervención(es), y pago de éste(os), clic AQUÍ En virtud de lo establecido en la Resolución 81 del 1 de febrero de 2021 de la SDM “Por medio del cual se definen las tarifas por concepto de derechos de tránsito en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”. Al respecto, se aclara que tanto el(los) comprobante(s) de pago, como la impresión del(los) registro(s) del(los) frente(s) de obra y/o intervención(es), se debe adjuntar al(los) PMT cuando corresponda a solicitudes de entidades y/o personas naturales o jurídicas del derecho privado, y solo la impresión del(los) registro(s) cuando corresponda a entidades y/o personas naturales o jurídicas del derecho público, en caso contrario, no se efectuará la revisión técnica del PMT. Cualquier aclaración que se requiera en este sentido, se podrá solicitar a través del correo electrónico gerenciapmts@movilidadbogota.gov.co.
  2. A partir del miércoles 01 de septiembre de 2021, para el trámite de derechos de tránsito relacionado con PMT por eventos, se debe realizar el registro de los PMT y pago de éstos, clic AQUÍ. Lo anterior en virtud de lo establecido en la Resolución 81 del 1 de febrero de 2021 de la SDM “Por medio del cual se definen las tarifas por concepto de derechos de tránsito en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”. Al respecto, se aclara que tanto el(los) comprobante(s) de pago, como la impresión del(los) registro(s) del(los) PMT, se debe adjuntar al(los) PMT cuando corresponda a solicitudes de entidades y/o personas naturales o jurídicas del derecho privado, en caso contrario, no se efectuará la revisión técnica del PMT. Cualquier aclaración que se requiera en este sentido, se podrá solicitar a través del correo electrónico gerenciaeventos@movilidadbogota.gov.co

Nota: El recibo de pago generado tendrá una vigencia de 10 días calendario para el pago en las entidades financieras autorizadas.

TRÁMITEUVT - UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO
PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO PARA OBRAS (PMT OBRAS) 
PMT OBRAS DE ALTO IMPACTO14
PMT OBRAS DE MEDIO IMPACTO13
PMT OBRAS DE BAJO IMPACTO12
PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO PARA EVENTOS (PMT EVENTOS) 
PMT EVENTOS DE ALTA COMPLEJIDAD10
PMT EVENTOS DE MEDIA COMPLEJIDAD10
PMT EVENTOS DE BAJA COMPLEJIDAD10

2. Reunir los documentos y cumplir las condiciones necesarias para realizar el trámite.

3. Radicar la documentación a través de los siguientes canales:

Presencial

  • Centro de Servicios de Movilidad Paloquemao - Cra 28 A # 17A - 20. De Lunes a viernes 7:00 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.

Virtual

  • La radicación de PMT se deberá efectuar mediante el envío de la totalidad de documentos y soportes relacionados en el Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra y el concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por eventos (en PDF, y en Excel o en los archivos obtenidos de los softwares, en el caso de análisis de tránsito) de los PMT, en los siguientes canales:
    • Los que indique la SDM en su sitio web (www.movilidadbogota.gov.co) o se informen mediante el correo electrónico gerenciapmts@movilidadbogota.gov.co. Para las solicitudes asociadas a obras, las asociadas a eventos se informen mediante el correo electrónico gerenciaeventos@movilidadbogota.gov.co.
    • Ventanilla Única de la Construcción (VUC): se podrá realizar la solicitud a través de la página de la VUC, ingresando al sitio web de la SDM (www.movilidadbogota.gov.co), hacer clic en el menú “Atención al Ciudadano” y luego en “Trámites en línea”. Al acceder a la plataforma (http://vucapp.habitatbogota.gov.co/vuc/login.seam), el solicitante debe adjuntar la totalidad de los documentos requeridos para obtener la respuesta sobre los permisos que requiere. Se aclara que estas radicaciones solo se podrán realizar a los PMT asociados a la cadena de urbanismo.
    • Ventanilla: SUGA (Sistema Único de Gestión de Aglomeraciones)
    • Ventanilla SUMA (Sistema Único para el Manejo y Aprovechamiento del espacio público).

 

Canal telefónico

Para mayor información comunícate a:

  •  Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00 opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 05:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 pm

  • Línea 195

Canal virtual

Tenga en cuenta

  • Las radicaciones solo se podrán realizar a los PMT asociados a la cadena de urbanismo y debe adjuntarse la totalidad de los documentos requeridos.
  • La radicación debe efectuarse mediante el envío de la totalidad de documentos y soportes relacionados en el Concepto técnico para gestionar los Planes de Manejo de Tránsito (PMT) por obra (en PDF y Excel o en los archivos obtenidos de los softwares, en el caso de análisis de tránsito) de los PMT.
  • Fecha de radicación: Presencial y correo electrónico para PMT por obras:
    • Lunes, miércoles y viernes 7:00am a 12:00m y de 1:00 pm a 5:00pm
    • Martes y jueves 8:00 am a 12:00m y de 1:00pm a 5:00pm. Tenga en cuenta, según el tipo de intervención la Secretaría Distrital de Movilidad generará reportes los siguientes días:
      • Obras tipo COI: Jueves de cada semana.
      • Obra tipo COOS: Martes de cada semana, teniendo en cuenta el plazo requerido para la evaluación por parte del IDU en lo referente a licencias de excavación.

Observaciones:

La aprobación del plan de manejo de tránsito se obtiene en:

  • Las solicitudes para los planes de manejo de tránsito (PMT) por EVENTOS, tipo aglomeración, deben radicarse a través de la ventanilla: SUGA (Sistema Único de Gestión de Aglomeraciones)  El tiempo de respuesta será acorde con lo establecido en el Decreto 599 de 2013.
  • Las solicitudes para producciones fílmicas se deben radicar a través de la plataforma SUMA (Sistema Único para el Manejo y Aprovechamiento del espacio público). El tiempo de respuesta será acorde con lo establecido en la Resolución 1912 de 2019.
  • Las solicitudes para actividades de los PMT (Planes de Manejo de Tránsito) por eventos, que no estén contempladas por SUGA y SUMA, deberán ser radicas ante la Secretaría Distrital de Movilidad con 15 días hábiles de antelación a su realización.
  • Con este trámite usted accederá a la aprobación del plan de manejo de tránsito.
  • Recuerde que este trámite tiene costo, en virtud de lo establecido en la Resolución 81 del 1 de febrero de 2021 de la SDM “Por medio de la cual se definen las tarifas por concepto de derechos de tránsito en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”.
  • Recuerde que este trámite tendrá una duración de quince (15) días calendario si requiere desvíos de rutas del componente zonal y troncal del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) o SITP provisional, y/o evaluación de alternativas y análisis de tránsito para los escenarios con y sin intervención, y/o modificaciones al planeamiento y/o mobiliario semafórico, y/o comunicado de prensa.
  • Recuerde que este trámite tendrá una duración de ocho (8) días calendario, si la obra a realizar no requiere desvíos de rutas del componente zonal y troncal del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) o SITP provisional, y/o evaluación de alternativas y análisis de tránsito para los escenarios con y sin intervención, y/o modificaciones al planeamiento y/o mobiliario semafórico, y/o comunicado de prensa.
  • Para solicitar un cierre vial por aglomeraciones de público se debe realizar con quince (15) días hábiles de anticipación a la fecha de la realización del evento por aglomeraciones; y con al menos cinco (5) días hábiles para la solicitud de afectaciones viales por grabaciones de producciones fílmicas.
  • El concepto de la Secretaría Distrital de Movilidad es obligatorio para las actividades de aglomeración de público de alta y media complejidad y para todas aquellas de normal complejidad que se desarrollen en vías vehiculares o que afecten o modifiquen la operación del sistema de movilidad en el distrito. Para obtener este concepto es necesario que el solicitante realice un documento con las medidas de gestión de tránsito que se ejecutarán durante la afectación vial.
  • El organizador de la actividad debe presentar un Plan de Manejo de Tránsito PMT- el cual corresponde a un documento técnico en términos de tránsito cuyo objetivo es mitigar el impacto generado por el desarrollo de eventos en las vías públicas o en las zonas aledañas a estas, con el propósito de brindar seguridad a los conductores, ciclistas, pasajeros, peatones y personal logístico del evento.
  • Toda intervención que se ejecute en los Bienes de Interés Cultural debe contener el permiso escrito del Instituto Distrital de Patrimonio y Cultura donde se autorice la intervención a realizar, según Decreto 070 de 2015 (febrero 26 de 2015).
  • Las autoridades de tránsito son las responsables de la revisión y aprobación de los planes de manejo de tránsito para obras que afecten la infraestructura vial; sin embargo, es el contratista quien realiza la propuesta técnica, conforme con las características puntuales de la obra.
  • La entidad contratante dueña de la obra, es responsable por los daños físicos o estructurales que se causen en las vías alternas utilizadas como desvíos provisionales durante la ejecución de las obras; por lo tanto, las vías de desvío deben quedar en iguales o mejores condiciones de las encontradas al inicio de la obra; en caso de requerirse deben ser adecuadas antes de la aprobación del PMT, para lo cual debe presentarse un PMT específico para esta actividad.
  • Cuando las vías a intervenir o los desvíos tengan demarcación vial, estas deben ser dejadas en iguales o mejores condiciones a las encontradas, este compromiso debe quedar consignado en el PMT.
  • En caso de presentar PMT para atención por emergencias deberá seguir el procedimiento establecido en el Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra.

 

Soporte jurídico

  • Ley 769 de 2002Artículo 3, 65, 69, 75, 76, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 109, 112, 114, 115, 119, 127, 131 "Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones".
  • Ley 1682 de 2013 Artículo 17 "Por la cual se adoptan medidas y disposiciones para los proyectos de infraestructura de transporte y se conceden facultades extraordinarias".
  • Ley 1801 de 2016 Artículo 135, 136, 139, 140, 193, 194, 195, 202 “Por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”.
  • Ley 1523 de 2012 Artículo 4 “Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones”.
  • Ley 1383 del 16 de marzo de 2010 Artículo 19, 21 “Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto 599 de 2013 Todo "Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 058 de 2018 “Por el cual se ordena la racionalización, simplificación, automatización y virtualización, de los trámites vinculados de la cadena de Urbanismo y Construcción en Bogotá C, y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto 794 de 2018Por medio del cual se reglamenta el Permiso Unificado de Filmaciones Audiovisuales - PUFA, la Comisión Fílmica de Bogotá, y se dictan otras disposiciones”
  • Decreto 070 de 2015 “Por el cual se establece el Sistema Distrital de Patrimonio Cultural, se reasignan competencias y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto 840 de 2019 "Por medio del cual se establecen las condiciones y restricciones para el tránsito de los vehículos de transporte de carga en el Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones."
  • Decreto 1469 de 2010 Artículo 3, 7, 26, 63 "Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos y se expiden otras disposiciones".
  • Decreto 034 de 2009 Todo "Por el cual se establecen condiciones para el tránsito de vehículos de carga en el área urbana del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 948 de 1995 Articulo 56 "por el cual se reglamentan, parcialmente la Ley 23 de 1973, los artículos 33, 73, 74, 75 y 75 del Decreto-Ley 2811 de 1974; los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 48 y 49 de laLey 9 de 1979; y la Ley 99 de 1993, en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire".
  • Resolución 165 de 16 de abril de 2019, “Por medio de la cual se establecen los recorridos modelo para la realización de actividades atléticas, recreo-culturales y recreo-deportivos en Bogotá D.C.”
  • Resolución 81 de 2021 “Por medio del cual se definen las tarifas por concepto de derechos de tránsito en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”
  • Resolución 18264 de 2014Todo "Por la cual se reglamenta la actividad de aprovechamiento económico Campamentos de Obra, permitida en el espacio público de la ciudad de Bogotá D.C.".
  • Resolución 596 de 2014 Todo “Por la cual se implementan y desarrollan algunos de los aspectos más relevantes establecidos en el Decreto Distrital 599 de 2013 y se dictan otras disposiciones”.
  • Resolución 00715 de 2013“Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1115 del 26 de septiembre de 2012”.
  • Resolución 004959 de 2006 Todo "por la cual se fijan los requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles extrapesadas y extradimensionadas, y las especificaciones de los vehículos destinados a esta clase de transporte".
  • Resolución 004193 de 2007 Por la cual se modifica parcialmente el literal c) del artículo 9° y el literal d) del artículo 13 de la Resolución número 4959 de 2006, para el transporte de carga indivisible extradimensionada y/o extrapesada”.
  • Resolución 004100 de 2004“Por la cual se adoptan los límites de pesos y dimensiones en los vehículos de transporte terrestre automotor de carga por carretera, para su operación normal en la red vial a nivel nacional”.
  • Resolución 1115 de 2012 “Por medio de la cual se adoptan los lineamientos Técnico - Ambientales para las actividades de aprovechamiento y tratamiento de los residuos de construcción y demolición en el Distrito Capital”.
  • Resolución 1885 de 2015. “Por la cual se adopta el manual de señalización vial – Dispositivos uniformes para la regulación de tránsito en calles, carreteras y ciclorutas de Colombia”
  • Acuerdo 79 de 2003 Articulo 23, 80, 85, 147, 179, 181 "Por el cual se expide el código de policía de Bogotá D.C.".
  • Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por obra de la Secretaria Distrital de Movilidad.
  • Concepto técnico para gestionar los planes de manejo de tránsito (PMT) por eventos de la Secretaria Distrital de Movilidad.

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