Recepción y trámite de quejas y soluciones
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Los puntos de atención presencial al servicio de la ciudadanía, en las cuales se reciben y tramitan las quejas, reclamos, sugerencias y/o solicitudes de información interpuestas por la ciudadanía a través de los Centros de Documentación e Información CDI. Lo anterior teniendo en cuenta que estos requerimientos se registran a través del Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas Bogotá te Escucha, es importante resaltar que la Secretaria Distrital de Gobierno realiza este trámite en línea, en tiempo real, de tal manera que el direccionamiento a las peticiones llegue en línea a las dependencias y localidades, humanizando el servicio, entendiendo que el ciudadano es la razón principal del mismo.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEl servicio es gratuito.
Al momento de presentar su solicitud, usted recibirá un número de requerimiento con el cual podrá hacer seguimiento a su petición.
¿Qué se debe hacer?
Presentar su requerimiento de forma electrónica, telefónicamente o presencial.
- Las peticiones podrán hacerse de forma anónima o identificándose.
- Las peticiones pueden ser recibas de manera verbal.
Usted podrá presentar su requerimiento de forma electrónica a través de Bogotá Te Escucha - Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Usted podrá presentar su requerimiento de forma virtual en la página web de la Secretaría Distrital de Gobierno a través del siguiente enlace.
Usted podrá presentar sus peticiones telefónicamente en las Alcaldías Locales y la Secretaria Distrital de Gobierno.
Usted podrá presentar sus solicitudes de manera presencial, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía dispuestas por la Secretaria Distrital de Gobierno – en el Nivel Central, en las 19 Alcaldías Locales, a través de los Centros de Documentación e Información CDI, de la Secretaria Distrital de Gobierno cuenta, donde usted podrá depositar su petición.
Para el caso de los peticionarios ANÓNIMAS, las respuestas de los requerimientos serán publicadas en las carteleras de los Centros de Documentación e Información- CDI - de las Alcaldías Locales y la Secretaria Distrital de Gobierno.
- Ley 1437 de 2011, Capitulo 1 al 5 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo."
- Ley 1447 de 2011, Articulo 76 "por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.*Decreto 2641 de 2012 "Por el cual se reglamentan los artículos 73 y 76 de la Ley 1474 de 2011."
- Decreto 371 de 2010"Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital".
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