Reclamación seguro de vida grupo deudores.
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Ampara a todos los deudores y/o locatarios beneficiarios de crédito otorgado por el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), desde el momento del desembolso, adquiriendo este en todos los casos la calidad de tomador y primer beneficiario.
Este trámite se puede realizar en cualquiera de los puntos de atención del Fondo Nacional del Ahorro a nivel nacional.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea de atención en Bogotá: 601 307 7070.
- Línea gratuita nacional: 018000 52 7070.
- #289 para operadores Claro, Tigo o Movistar.
- Línea 195 desde Teléfono fijo y celular, lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- WhatsApp: 321 3213441.
- Chat: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. sábados de 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
- www.fna.gov.co.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEste trámite es gratuito.
En caso de enfermedades graves se debe esperar el informe de la aseguradora para definir el corte del crédito y la generación del estado de cuenta.
El Fondo Nacional del Ahorro verifica el estado actual del crédito, el monto de la deuda y los documentos necesarios para demostrar la cuantía del siniestro.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Cédula de ciudadanía: 1 fotocopia(s).
- Anotaciones adicionales: Del usuario asegurado.
- Oficio de reclamación: 1 original(es).
- Anotaciones Adicionales: Debidamente suscrito por el afiliado o sus herederos, (según el caso) donde se informe la ocurrencia de los hechos, los datos personales, teléfono, correo electrónico y dirección para envío de correspondencia.
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- En caso de enfermedades graves: Informe 1 fotocopia(s) certificación médica donde se diagnostique y certifique la enfermedad y el resumen de la historia clínica.
- En caso de invalidez o incapacidad total y permanente: Concepto 1 fotocopia(s) formulario emitido por la junta regional de invalidez, o del ente competente, donde se especifique la fecha de estructuración (día, mes, año) y porcentaje de la pérdida de capacidad laboral, o fotocopia de la resolución de reconocimiento de la pensión por invalidez emitida por la entidad respectiva.
- En caso de muerte: Registro civil de defunción, 1 fotocopia(s), 1 original(es) fotocopia autenticada expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
- Ser afiliado al Fondo Nacional del Ahorro con crédito vigente otorgado para vivienda o para educación, ya sea por cesantías o ahorro voluntario (AVC).
- Demostrar los hechos del suceso por fallecimiento, invalidez o incapacidad total y permanente, o por enfermedades graves, según sea el caso.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
- Cédula de extranjería: 1 fotocopia(s).
Otros Trámites y Servicios relacionados
Consulta en línea del estado de créditos.
¿Qué es y para qué sirve?
Brindar al afiliado la posibilidad de hacer consultas en línea sobre el estado de sus créditos para vivienda y educación.
Desembolsos posteriores de crédito educativo.
¿Qué es y para qué sirve?
Trámite para desembolsar créditos educativos aprobados.
Aplicación de cesantías a cuotas futuras.
¿Qué es y para qué sirve?
Aplicación o abono de las cesantías al crédito para vivienda o educación en la modalidad de cuotas futuras.