Reclamaciones por no pago de premios de chance
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Una reclamación por no pago de premio de chance es el trámite que deben efectuar los ganadores de apuestas permanentes cuando el premio no es pagado por el concesionario autorizado.
Enviar al correo electrónico: cliente@loteriadebogota.com su reclamación informando las razones que argumenta el concesionario para no pagar su premio.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea:195 lunes a domingo, 24 horas al día.
- 601 3351535 Extensiones: 2210 - 2216
VIRTUAL
Por el momento este trámite no se puede hacer a través de plataformas o botones web especiales en la página web de la Lotería de Bogotá, solamente por correo electrónico: cliente@loteriadebogota.com
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Adjunte los siguientes documentos:
- Formulario escaneado por ambas caras en el que realizó la apuesta.
- Cédula de ciudadanía escaneada.
- Si requiere información adicional comuníquese con la Lotería de Bogotá al 601 3351535 Extensiones: 2210 o 2216, si está en Bogotá o desde el resto del país a la línea 018000 12 30 70.
- Otra forma de solicitar información es a través de nuestra página web Lotería de Bogotá en el link de atención al cliente o escribiendo al e-mail: cliente@loteriadebogota.com
- Si usted prefiere acérquese personalmente a la empresa GRUPO EMPRESARIAL EN LÍNEA S.A. - GELSA (antes APUESTAS EN LÍNEA S.A.) ubicada en la Avenida Calle 26 No. 69 D - 91 Piso: 7 o llame al teléfono 601 3788888 Extensión: 1157 y 1158, Oficina del Defensor del Apostador y radique allí la reclamación.
- La Lotería no es la que hace el pago del premio. Su gestión consiste en averiguar las razones del no pago e informar al ganador las posibilidades que tiene de hacer efectivo el pago de su premio.
- El trámite es gratuito.
- En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable.
¿Qué se debe hacer?
- Procedimiento que debe seguir el ciudadano:
- Enviar al correo electrónico:
- cliente@loteriadebogota.com su reclamación informando las razones que argumenta el concesionario para no pagar su premio.
- Adjunte los siguientes documentos:
- Formulario escaneado por ambas caras en el que realizó la apuesta.
- Cédula de ciudadanía escaneada.
- Decreto 1350 de 2003 "Por el cual se reglamenta la Ley 643 de 2001 en lo relativo a la modalidad del juego de apuestas permanentes o chance."
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