Matrícula de vehículos automotores

¿Qué es y para qué sirve?

Registro inicial de un vehículo automotor ante un organismo de tránsito. En ella se consignan las características tanto internas como externas del vehículo, así como los datos e identificación del propietario.

Dirigirse a un punto de atención de la VUS.

  • Los concesionarios de venta de vehículos automotores, y empresas de atención de trámites, pueden acceder al servicio de pre-asignación de placas a través de correo electrónico.

TELEFÓNICO

  • Call center (601) 291-69-99 horario de atención: Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 7:00 p.m., sábado: 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

 


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Con esta solicitud usted accederá al trámite registro inicial / carro, maquinaria agrícola, de construcción e industrial autopropulsada.

En 2,64 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Formulario: Formulario de Solicitud de Trámites del Registro Nacional Automotor Formulario Acciones:
  • Condiciones:
    • Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT como persona natural o jurídica.
    • El vehículo debe estar al día en sus obligaciones tributarias del año en curso. Excepto para trámites de remolques y semirremolques, trámites habilitados para maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada importada temporalmente por sustitución del importador (matrícula, traspaso, cancelación).
    • El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
    • El SOAT debe encontrarse vigente e incorporado en RUNT.

Casos Especiales

Si se identifica con alguno de los siguientes casos, adicionalmente debe:

Para la matrícula de un vehículo clase taxi de servicio individual por reposición:

  • No haber transcurrido más de un (1) año contado a partir de la fecha de cancelación de la licencia de tránsito del vehículo por reponer.
  • En el evento que haya cambiado de servicio de público a particular con fines de reposición, se deberá hacer cambio de color del vehículo que sale del servicio público, y se debe haber permanecido en el servicio público por un término no menor de 5 años contados a partir de la fecha de expedición de la licencia de tránsito.

Para la matrícula de un vehículo de carga

  • Estar activo en la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor de carga, condición que se acreditará con la verificación de la existencia del amparo dado por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito por un periodo no inferior a trescientos sesenta (360) días hábiles durante los últimos seis (6) años, circunstancia que validará directamente el RUNT a través de la información reportada por las compañías de seguros.
  • Estar libre de todo gravamen o afectación jurídica que limite la libre disposición del vehículo.
  • Tener un Peso Bruto Vehicular (PBV), superior a 10.500 kilogramos.
  • No corresponder a vehículo volqueta, mezcladoras (mixer), vehículos compactadores o recolectores de basura o vehículos blindados para transporte de valores, aun cuando los mismos, en su matrícula inicial, se hayan registrado como vehículos de carga y surtieran con posterioridad proceso de transformación por cambio de tipo de carrocería.
  • Que a partir del 1° de enero de 2008 el vehículo no haya sido objeto de modificación en sus características por cambio de tipo de carrocería de volqueta, mezcladoras (mixer), compactadores o recolectores de basura o blindados para transporte de valores a vehículo de carga.
  • Contar con una antigüedad igual o superior a veinte (20) años, contados a partir de la fecha de matrícula con relación a la fecha de postulación.

Para la matrícula de un vehículo de servicio público, de transporte terrestre, automotor de pasajeros y mixto.

  • Certificado de disponibilidad de capacidad transportadora.
  • Carta de aceptación de la empresa que lo vincula.
  • Acreditar que la cancelación de la licencia de tránsito del vehículo a reponer se encuentra a nombre del solicitante del concepto de ingreso.
  • Certificado de Emisión.
  • Para vehículos de servicio público colectivo de radio de acción urbano, el usuario debe acreditar el pago de derechos de capacidad transportadora.
  • Quien solicite la reposición de vehículos, deberá acreditar que se ha llevado a cabo el proceso de desintegración física del correspondiente vehículo a reponer ante la entidad desintegradora autorizada por la SDM.
  • Para la matrícula de un vehículo clase taxi de servicio individual por reposición, el organismo de tránsito además deberá verificar que no ha trascurrido más de (1) año contado a partir de la fecha de cancelación de la Licencia de Tránsito del vehículo por reponer.

Para la matrícula de vehículos blindados.

  • Resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
  • Certificado de la empresa blindadora.

Para la matrícula de vehículos rematados o adjudicados por entidades de derecho público y que no fueron registrados.

  • Acta de adjudicación de cada vehículo en la que conste la procedencia y características del vehículo.

Para la matrícula de vehículos vendidos o donados por misiones diplomáticas.

  • Autorización de venta o donación otorgada por Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Factura de venta para los vehículos adquiridos en Colombia por misiones diplomáticas o por sus funcionarios a través de una empresa comercializadora de vehículos.
  • Declaración de importación inicial y modificatoria para vehículos importados por misiones diplomáticas o por sus funcionarios.

Vehículo camioneta doble cabina y station wagon de servicio público especial por incremento autorizado por la Dirección de Tránsito y Transporte del Ministerio de Transporte.

  • Carta de aceptación de la empresa vinculadora.
  • Autorización expedida por la dirección de transporte y tránsito del Ministerio de Transporte el registro inicial de vehículos clase camioneta.
  • Autorización expedida por la dirección de transporte y tránsito del Ministerio de Transporte el registro inicial de vehículos clase camioneta.
  • Certificado de capacidad transportadora de la empresa a la cual vincula el nuevo vehículo, expedido por la Dirección Territorial del Ministerio de Transporte respectiva.

Vehículo camioneta doble cabina y station wagon de servicio público especial por reposición.

  • Carta de aceptación de la empresa vinculadora.
  • Certificación de cumplimiento de requisitos en copia auténtica remitida directamente por el Ministerio de Transporte.
  • Certificado de capacidad transportadora de la empresa a la cual vincula el nuevo vehículo, expedido por la Dirección Territorial del Ministerio de Transporte respectiva.

Vehículos que ingresan al Sistema Transmilenio.

  • Carta de aceptación de la empresa que lo vincula.
  • Documento de cesión de cupo.
  • Certificado de Emisión.
  • Pago de derechos del Concepto de Ingreso.

Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.

Nota:

Para los trámites de maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada se requiere certificación de instalación del Sistema de Posicionamiento Global (GPS), registrada en RUNT. (Número de serial).

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Cuando el trámite se realice a través de un tercero, este también deberá estar registrado en el RUNT.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Sí es persona jurídica, Estar constituido y representado legalmente.

  • En cualquier momento, actualice sus datos registrados en la VUS haciendo clic aquí

¿Qué se debe hacer?

Pasos para realizar este trámite: 

Antes de dirigirse a un punto de atención de la VUS, por favor lea las instrucciones y recomendaciones que deberá tener en cuenta para que pueda realizar su trámite de manera personal, sin contratiempos y obteniendo el resultado esperado a su solicitud. No recurra a intermediarios.

Cumplir con los requisitos generales:

Ingresa a www.ventanillamovilidad.com.co

  • Haz clic en el botón “Agendar cita” ubicado en el banner principal.
  • Ingresa con tu número de documento de identidad y contraseña. Si no estás registrado, crea tu cuenta.
  • Da clic en “Comenzar un trámite”.
  • Selecciona la categoría del trámite.
  • Lee atentamente los derechos del trámite y requisitos para que realices el proceso con éxito.
  • Selecciona el punto de la Ventanilla Única de Servicios en que quieres ser atendido.
  • Elige la fecha y hora de tu cita.
  • Diligencia el formulario con tus datos personales y marca la casilla de verificación.

Recuerda

  • Al correo electrónico registrado recibirás la confirmación del agendamiento con el código QR que deberás presentar el día de tu cita. En caso de que no puedas asistir, por favor cancelar o reprogramar.
  • Lleva la documentación completa cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.

3. Radicar los documentos en el Punto de atención de la VUS indicada.

4. Realizar el pago de los derechos del trámite, directamente en el punto donde solicite el trámite, mediante pagos débito, crédito y efectivo en cualquiera de las ventanillas

  • Decreto 1785 de 2020 “Por el cual se fija el salario mínimo mensual legal"
  • Resolución 20203040016055 de 2020 “Por la cual se actualizan las tarifas de los servicios del Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT”.
  • Circular 20194200503511 de 2019 "Reporte y cargue de tarifas de trámites año 2019".
  • Resolución 1068 de 2015 Art. 12, 24 "Por medio de la cual se reglamenta el Registro Nacional de Maquinaria Agrícola Industrial y de Construcción Autopropulsada y se dictan otras disposiciones".
  • Circular 20144200256931 de 2014 Numeral 1 - 2 "Registro, tránsito y transporte de lo maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada, alcance a lo señalado en el Decreto 723 de 2014".
  • Resolución 2086 de 2014 "Por la cual se fijan las condiciones técnicas del equipo, instalación, identificación, funcionamiento y monitoreo electrónico y el mecanismo de control para el cambio del dispositivo, así como los parámetros para la autorización de proveedores de servicios y el registro respectivo".
  • Circular 20144010489341 de 2014 "Reporte y cargue de tarifas de trámites año 2015".
  • Circular 20144010289831 de 2014 “Denominación reglamentaria de los trámites de Organismos de Tránsito".
  • Decreto de ley 019 de 2012 Artículo 207 - 208 "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".
  • Resolución 405 de 2009 Artículo 2 "Por medio de la cual se determina el valor de las tasas para los trámites de los Registros Distritales que presta la Secretaría Distrital de Movilidad, de conformidad con la entrada en vigencia del Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT".
  • Resolución 3545 de 2009 "Por la cual se dictan unas disposiciones en relación con el Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT".

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