Retiro de personas de la base de datos del sistema de identificación y clasificación de potenciales beneficiarios de programas sociales - SISBÉN

Última actualización: 26 Marzo 2024 - 2:09p.m.

¿Qué es y para qué sirve?

Consiste en retirar de la base de Sisbén los datos de las personas del hogar que hayan fallecido o de quienes cambien de domicilio, ya sea a otro municipio o dentro del mismo. El trámite debe ser solicitado directamente por la persona que se retira, de no ser posible debe hacer llegar, con uno de los miembros del hogar mayor de 18 años, una autorización firmada de su retiro y copia del documento de identificación. Si quien se va a retirar es un menor de edad, la solicitud debe presentarla el padre o madre del menor, o el tutor legal registrado en la ficha del hogar del menor.

TELEFÓNICO

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

Realizar la solicitud de retiro de datos de personas de la base del Sisbén en uno de los puntos de atención de Sisbén ubicados en la red CADE

Ver puntos de Atenciòn

Este trámite no tiene costo.

Registrada la novedad de retiro, es remitida al Departamento Nacional de Planeación –DNP- para el proceso de validación, certificación y publicación en un término de seis (6) días hábiles, para que pueda ser consultada por los ciudadanos y las entidades del orden territorial y nacional.

El resultado del trámite podrá ser consultado a través de la página web del Sisbén www.sisben.gov.co, también se pueden comunicar al teléfono 3358000, opción 2 o acudir uno de los puntos de atención ubicados en la red CADE.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Para presentar la solicitud, debe anexar su documento de identidad, el documento de identidad del menor que se retira y el documento de los demás integrantes del hogar.
  • En caso de que el retiro sea por fallecimiento, se debe anexar el certificado de defunción
  • El solicitante debe presentar su documento de identidad y copia legible del documento de todos los integrantes del hogar.
  • Decreto 441 de 2017 "Actualización de los criterios para la determinación, identificación y selección de beneficiarios de programas sociales.
  • Documento Conpes 3877 de 2016 “Declaración de importancia estratégica del sistema de identificación de potenciales beneficiarios (SISBÉN IV)”
  • Ley 1176 del 27 de 2007 "Por la cual se desarrollan los artículos 356 y 357 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 083 de 2007 "Por el cual se establece la administración, organización y funcionamiento del Sistema de Identificación y clasificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales - SISBEN-, en el Distrito Capital".
  • Decreto 613 de 2014. “Por el cual se modifica el numeral 2° del artículo 5° del Decreto Distrital 083 de 2007.
  • Resolución 0553 de 2021.Por la cual se establecen los términos de remisión de novedades del Sisbén IV para validación y publicación por parte del Departamento Nacional de Planeación”

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