Retiro de un hogar de la base de datos del sistema de identificación y clasificación de potenciales beneficiarios de programas sociales – Sisbén
Última actualización: 18 Enero 2023 - 3:09p.m.
Consiste en el retiro de la totalidad de los miembros de un hogar que desea retirarse del Sisbén
Requisitos del Trámite
- La solicitud debe hacerla una persona mayor de 18 años, preferiblemente el jefe de hogar, en uno de los puntos de atención del Sisbén ubicados en la red CADE.
- Debe presentar copia de su documentos de identidad y el de los demás integrantes del hogar registrados en la encuesta
Canal telefónico
- Línea 195
- Teléfono 335 80 00 extensiones 8124, 8110, 8111 lunes a viernes de 8:30 am a 3:30 pm
Puntos de atención
Tenga en cuenta
- El trámite no tiene costo.
Para confirmar que el trámite de retiro solicitado ha sido realizado puede ingresar a la página www.sisben.gov.co
El tiempo de respuesta para el retiro de los datos del hogar se establece de acuerdo con la fecha del registro de la solicitud y de envío al Departamento Nacional de Planeación para el proceso de validación de consistencia de la información y posterior publicación en la página www.sdp.gov.co seis (6) días hábiles luego de ser recibida.
Soporte jurídico
- Decreto 441 de 2017 "Por el cual se reglamenta el Artículo 24 de la Ley 1176 de 2007.
- Documento Conpes 3877 de 2016 “Declaración de importancia estratégica del sistema de identificación de potenciales beneficiarios (SISBÉN IV)”
- Ley 1176 del 27 de 2007 (Artículo 24) "Por la cual se desarrollan los artículos 356 y 357 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones".
- Resolución 0553 de 2021. “Por la cual se establecen los términos de remisión de novedades del Sisbén IV para validación y publicación por parte del Departamento Nacional de Planeación”
- Decreto 083 del 7 de 2007 "Por el cual se establece la administración, organización y funcionamiento del Sistema de Identificación y clasificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales - SISBEN-, en el Distrito Capital".
- Decreto 613 de 2014. “Por el cual se modifica el numeral 2° del artículo 5° del Decreto Distrital 083 de 2007.
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