Revisión de cesantías definitivas para docentes

Secretaría de Educación del Distrito - SED

Última actualización: 08 Mayo 2023 - 8:56a.m.

Cuando por causas no imputables al docente y siempre que exista hechos o pruebas diferentes que no se tuvieron en cuenta en el momento del reconocimiento de la prestación (tiempos de servicio, factores salariales que no se reconocieron, incrementos salariales que no se certificaron, entre otros.), el docente o sus beneficiarios tendrán derecho a solicitar la revisión de dicha prestación adjuntando para tal fin pruebas a través de los documentos exigidos.

Requisitos del Trámite

Radicar a través del Formulario Único de Trámites en un solo PDF  el formato diligenciado con firma y huella con los siguientes documentos:
 
Descargue el Formato revisión cesantía definitiva y diligencie completamente.
 
Requisitos necesarios:
  • Cédula de ciudadanía (Fotocopia).
  • Factores Salariales y Tiempo de Servicio, expedido por la Secretaría de Educación del Distrito, no mayor a tres (3) meses de expedido, en caso que la reclamación sea por el escalafón donde certifiquen el nuevo escalafón. Para los docentes del Técnico Central y Supervisores del Ministerio de Educación Nacional, certificado de tiempo de servicio y factores salariales expedidos por el ente nominador para el cual laboran (Original) (Solicítelo aquí).
  • En caso de que la reclamación sea por los reportes de cesantías según su vinculación anexar:
  • Docentes nacionales trasladados por el Ministerio de Educación Nacional en el año 1989 al Distrito, reporte de cesantías del año de nombramiento en propiedad al año 1989 (año por año), expedido por el Fondo Nacional del Ahorro (Si el reporte presenta años faltantes solicitarlos al Ministerio de Educación Nacional).
  • Docentes recursos propios y docentes nacionalizados que ingresaron antes del 30 de abril de 1996, Antecedentes FAVIDI
  • Docentes trasladados de Otros Entes Territoriales, antecedentes de cesantías y reporte de cesantía de los años laborados antes del año de traslado, a excepción de los docentes Nacionalizados quienes solo presentan antecedentes de cesantías expedidos por el respectivo ente territorial.
  • Desprendible de pago de la cesantía definitiva (Fotocopia).
  • Carta especificando que solicita que sea revisado de la prestación.
  • Se enviará la respuesta de la solicitud por correo certificado a la dirección de correspondencia suministrada en el formulario.

Canal telefónico

  • Línea 195
  • Conmutador SED 3 24 10 00 horario lunes a viernes de 7:00 am a 6:00 pm en donde una vez responda la operadora:
    • Si pulsa la opción 6 será comunicado con un asesor de la Línea 195
    • Si pulsa la opción 7 u 8 será comunicado con el área de atención al ciudadano de la SED

Canal virtual

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat virtual: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co

Tenga en cuenta

  • Puede consultar el estado de sus solicitudes de prestaciones sociales que han sido radicadas a partir del 1 de enero de 2013 haciendoclic aquí.
  • El tiempo de respuesta está sujeto al estudio, liquidación y elaboración del proyecto de acto administrativo de reconocimiento que debe ser enviado junto con el respectivo expediente a la entidad la Fiduciaria. Lo anterior en aplicación a lo establecido en los artículos 56 de la Ley 962 de 2005 y 4° del Decreto Reglamentario 2831 de 2005.
  • Es un trámite de carácter personal (Si lo hace un tercero debe traer autorización autenticada en notaria).
  • Si la documentación no está completa, su solicitud será devuelta para que anexe los documentos faltantes.
  • Los términos empezarán a correr una vez se aporte toda la documentación requerida.
  • Los documentos requeridos para radicar cualquier prestación deben presentarse en una carpeta tamaño oficio corriente, debidamente legajados en el mismo orden.

Este trámite no tiene costo.

Soporte jurídico

  • Ley 6 de 1945 "Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de trabajo".
  • Ley 65 de 1946 "Por la cual se modifican las disposiciones sobre cesantía y jubilación y se dictan otras".
  • Ley 91 de 1989 "Por la cual se crea el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio".
  • Ley 244 de 1995 "Por medio de la cual se fijan términos para el pago oportuno de cesantías para los servidores públicos, se establecen sanciones y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 1160 de 1947 "Sobre auxilio de cesantía".

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