Revisión y aprobación de los diseños paisajísticos del arbolado y la jardinería en el espacio público de la ciudad de Bogotá D.C.

¿Qué es y para qué sirve?

Revisión y aprobación de los diseños paisajísticos del arbolado y la jardinería en el espacio público de la ciudad de Bogotá D.C.

Mediante la Ventanilla Única de Construcción - VUC.  El cual se encuentra disponible en el siguiente https://vucapp.habitatbogota.gov.co/vuc/login.seam.


TELEFÓNICO

  • PBX (601) 4377060 lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Acta de revisión y aprobación de los diseños paisajísticos de arborización y jardinería urbana.

Que se obtiene en un (1) Mes(es).

Este tiempo puede variar de acuerdo al cumplimiento de los compromisos establecidos con la oficina de arborización urbana del Jardín Botánico para la revisión y aprobación de los diseños paisajísticos de arborización y jardinería urbana.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Plano técnico del diseño.
  • Cuadro resumen del arbolado y/o jardinería propuesto.
  • Plano urbanístico (cuando se requiera).
  • Plan director (cuando se requiera).
  • Plan parcial de desarrollo (cuando se requiera).

¿Qué se debe hacer?

  • La solicitud de asesorías técnicas para la aprobación de diseños paisajísticos se realiza mediante la solicitud de cita por medio de la Ventanilla Única de Construcción – VUC el cual se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://vucapp.habitatbogota.gov.co/vuc/login.seam para crear un usuario y contraseña, ya sea como persona natural o como persona jurídica.
  • Recorrido VUC 4.0.
  • El sistema parametrizará la duración de la misma teniendo en cuenta criterios como: tipo de proyecto, área a intervenir, entre otros.
  • Las Asesorías para aprobación del diseño paisajístico se llevan a cabo el primer día hábil de cada semana y se realizan conforme a las citas agendadas mediante la Ventanilla Única de Construcción - VUC. 
  • Anexar en la VUC la documentación.
  • Se deberá realizar los ajustes correspondientes para la generación del acta de aprobación de diseño paisajístico, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la primera asesoría brindada en la mesa de trabajo.
  • Si el proyecto cumple con los lineamientos técnicos de arbolado urbano, jardinería y balance de zonas verdes y los soportes están completos, se procede a la suscripción de acta de reunión, debidamente firmada por las partes en dos originales, en donde se dejarán consignadas las recomendaciones realizadas por el Jardín Botánico de Bogotá y la Secretaría Distrital de Ambiente para las plantaciones a realizar. Ejecutar la plantación en campo con base en los diseños según el acta de aprobación.
  • Mediante agendamiento por medio de la VUC, el cual se encuentra disponible en el siguiente https://vucapp.habitatbogota.gov.co/vuc/login.seam el peticionario deberá agendar una cita para la modificación al acta de aprobación de diseños paisajísticos y deberá asistir nuevamente a una mesa de trabajo para la modificación del acta.
  • Una vez realizadas las plantaciones de arbolado y/o jardinería acorde a los diseños aprobados en acta de aprobación en el acta de reunión para recepción del arbolado urbano, la entidad deberá solicitar mediante un oficio, el usuario y clave para poder cargar las especies plantadas en la Plataforma SIGAU, teniendo en cuenta del procedimiento de APL.PR.11 actualización y captura de datos para la actualización del SIGAU, verificación y análisis de información y actualización de la base de datos del sistema.
  • El peticionario solicita visita para realizar la entrega a la Oficina de Arborización Urbana del Jardín Botánico de Bogotá, del arbolado y/o jardinería urbana, a través del correo contactenos@jbb.gov.co y/o arborizacionurbana@jbb.gov.co relacionando nombre del proyecto, consecutivo del acta mediante la cual se aprobó el diseño paisajístico.
  • El profesional del Jardín Botánico de Bogotá realizará una visita de verificación de la plantación, conforme a las especies establecidas en el acta de aprobación de diseños paisajísticos, Si no cumple con las especies y condiciones técnicas requeridas deben realizar las actividades que se dejen consignadas en el acta de visita y volver a solicitar la recepción de este arbolado.
  • Una vez realizada la verificación en campo, se suscribe el acta de verificación para la recepción del arbolado urbano y/o jardinería, teniendo en cuenta los siguientes términos para entrega al Jardín Botánico: Proyectos públicos: arbolado y/o jardinería urbana deberán ser entregados al Jardín Botánico posterior a tres (3) años de mantenimiento.
  • Ley 2811 de 1974 (Artículos 302, 304) "Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente"
  • Ley 99 de 1993, (Artículo 65) "Por la cual se crea el  Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos renovables se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones"
  • Resolución 6563 de 2011, (Artículo 2) "Por la cual se dictan disposiciones para la racionalización y el mejoramiento de trámites de arbolado urbano"
  • Resolución 453 de 2020, (Todos) “Por la cual se adopta y reglamenta el trámite de revisión y aprobación de los diseños paisajísticos del Arbolado y la Jardinería en el espacio público de la ciudad de Bogotá D.C., conforme a las normas y reglamentos vigentes.

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