Ruta por la reconciliación.

¿Qué es y para qué sirve?

Esta ruta está dirigida a la implementación de medidas transitorias de atención que buscan salvaguardar los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad de personas militantes del partido producto del acuerdo final de paz y personas en proceso de reintegración (personas que se desmovilizaron individual o colectivamente de grupos de autodefensas y organizaciones guerrilleras) y personas en proceso de reincorporación (personas que adelantaron el proceso de dejación de armas y reincorporación a la vida civil en el marco del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera) cuya residencia en Bogotá sea mínimo de seis meses.

Desde el componente de prevención y protección, se brinda atención y acompañamiento psicosocial y jurídico a usuarios desde cuatro rutas principales de atención: defensoras y defensores de derechos humanitarios, líderes sociales y comunitarios, personas discriminadas o víctimas de violencia en razón a su orientación sexual y/o identidad de género, víctimas del delito de trata de personas y víctimas de abuso policial. Para cada caso se activa una ruta particular de servicios tomando en consideración la situación de la población atendida.

TELEFÓNICO

  • La ruta se activa a través de la línea celular: 3243061279 horario de atención al público: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
  • Línea: 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

Correo electrónico: rutaporlareconciliacion@gobiernobogota.gov.co.


PRESENCIAL

Atención presencial: En la Secretaría Distrital de Gobierno, ubicada en la Calle 11 No. 8 - 17, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Ver puntos de Atención

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • El usuario/a debe ser mayor de edad.
  • Residir en Bogotá mínimo en los últimos seis meses.
  • El usuario/a debe ser personas que se desmovilizaron individual o colectivamente de grupos de autodefensas y organizaciones guerrilleras; personas que adelantaron el proceso de dejación de armas y reincorporación a la vida civil en el marco del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.
  • Las medidas transitorias serán: orientación jurídica, acompañamiento psicosocial, apoyo económico para arrendamiento, apoyo económico para transporte y apoyo económico para alimentación, y en los casos que el comité determine alimentación y alojamiento en hotel hasta por 10 días.
  • Podrán otorgarse al núcleo familiar de el o la solicitante y extensivas al cónyuge o compañero (a) permanente, a los hijos y a los padres, siempre y cuando la situación de riesgo y amenaza recaiga en igual medida sobre los integrantes del núcleo familiar. Estas deben ser adecuadas, fácticas, temporales y eficaces para cada caso concreto y deberán ser de carácter gratuito.
  • Las medidas otorgadas por la dirección de derechos humanos de la Secretaría Distrital de Gobierno estarán sujetas a la voluntariedad y corresponsabilidad por parte del peticionario (a) y/o beneficiario (a), siendo estos los criterios principales para la implementación y/o finalización.
  • Se verificará el estado del o la solicitante de participación en los procesos de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) o mediante resolución de inscripción de la OACP. La verificación de los militantes del partido producto del acuerdo (o sus derivados legales) se realizará mediante certificado expedido por la respectiva dependencia o mediante correo electrónico en el que se permita identificar plenamente la individualización del o la solicitante.
  • La información del caso puede provenir de cualquiera de las siguientes personas, instituciones u organizaciones: familiar/es, ciudadanía, entidades públicas, organizaciones de la sociedad civil, organismos de cooperación internacional, la PPRR, el Partido Político producto del Acuerdo, a nombre propio o cualquier otro medio. Esta información debe contener los datos de contacto del militante del partido producto del acuerdo o la PPRR, según corresponda, y una descripción sucinta de las situaciones de riesgo o amenaza.

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