Solicitud de uso de espacio público administrado por el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU para aprovechamiento económico
Última actualización: 01 Septiembre 2023 - 7:18a.m.
- Solicitud de campamentos de obra y/o ocupaciones temporales de obra sobre espacio público
- Aprovechamiento económico a corto plazo (eventos publicitarios)
- Instalación de estaciones radioeléctricas en espacio público administrado por el IDU.
Requisitos del Trámite
- Consultar las Cartilla de campamentos de obra sobre espacio público y Cartilla de ocupaciones temporales de obra
- De considerarlo necesario solicite cita para revisión de documentos, planos de diseño del campamento y/u ocupación temporal de obra y simulación fórmula de retribución por el aprovechamiento económico del espacio público para la actividad campamentos de obra a los correos: adriana.murillo@idu.gov.co o magda.amado@idu.gov.co.
- Solicitud escrita de la instalación provisional, especificando fecha de instalación, desmonte y memoria explicativa, la cual consiste en describir las razones técnicas por las cuales requiere ocupar el espacio público con la instalación provisional del campamento y/u ocupación temporal, la imposibilidad de realizar esta actividad al interior del predio, dirección de la obra de construcción, ubicación geográfica del espacio público donde se realizará la instalación, dimensiones y características físicas del campamento, tiempo de duración, entre otros.
- Diligenciar la solicitud de instalación temporal de campamentos y/o ocupaciones temporales de obra sobre el espacio público
- Copia de cédula del representante legal.
- Certificado de existencia y representación legal si es persona jurídica con una vigencia no mayor a un mes, o fotocopia de la cédula si es persona natural.
- Fotocopia de licencia urbanística, la cual deberá ser entregada para la firma del acta de inicio.
- Registro Único Tributario (RUT)
- Planos:
- Plano de localización del campamento y/u ocupación sobre el espacio público a escala legible. (Coordenadas Datum Magna Sirgas origen Bogotá).
- Planos de planta, corte y fachadas del campamento u ocupación a escala legible.
- Plano estructural del campamento y/ u ocupación y certificación técnica de acuerdo a norma sismo resistente expedida por un ingeniero civil.
- Documentos que deben acompañar el contrato de aprovechamiento económico por la actividad campamentos y/u ocupaciones temporales de obra:
Recibo de consignación bancaria con el pago de retribución económica. El pago debe realizarse a través de los canales que habilite la entidad, prioritariamente en línea a por medio del botón PSE.
Garantías de cumplimiento y responsabilidad civil extracontractual. (las cuales se tramitarán a la firma del contrato de aprovechamiento económico)
- Plan de Manejo de Tráfico - PMT (Aprobado por la Secretaría Distrital de Movilidad para el monte y desmonte de la estructura, y se tramitará una vez sea firmado el contrato de aprovechamiento económico).
- Por último, radicar el formato debidamente diligenciado y la documentación requerida a través del formulario web de radicación.
- Radicar la carta de solicitud de uso de espacio público con descripción de la actividad de aprovechamiento económico, la fecha y horario, adjuntando el proyecto de manejo del evento de acuerdo a lo establecido en el Decreto 552 de 2018, el cual debe incluir:
Identificación del responsable del desarrollo de la actividad y de los participantes en el evento con nombre, dirección, número de cédula de ciudadanía o NIT. En caso de que la solicitud la presente una persona jurídica se deberá anexar el certificado de existencia y representación legal.
Memoria explicativa del aprovechamiento de corto plazo con los siguientes contenidos: Actividades a realizar, horario y calendario del evento, fechas de inicio y terminación, plan de ocupación del espacio público, plan de mitigación de posibles impactos negativos en el área de influencia del espacio público, ubicada dentro de un radio de dos (2) manzanas del entorno por los distintos costados del espacio público donde se autoriza el uso, propuesta de control y seguimiento del cumplimiento del proyecto de manejo y las demás solicitadas por el Decreto 599 de 2013, o las normas que lo modifiquen, sustituyan o complementen.
Planos de localización del espacio público y del área donde se proyecta desarrollar el uso temporal debidamente escalado de acuerdo con sus dimensiones, ligado a coordenadas Datum Magna Sirgas origen Bogotá conforme con la Resolución 405 de 2015 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD y plano de planta debidamente escalado donde se grafique la propuesta de ocupación del espacio público con los siguientes contenidos: La ubicación del mobiliario modular a utilizar para desarrollar la actividad, la representación gráfica de las áreas de circulación peatonal existentes en el espacio público, particularizando para el caso de los parques, plazas y alamedas, el área de circulación que garantice que no se afecte la accesibilidad a través de estos y la localización de la acometida y evacuación de agua, así mismo cuando se requiera iluminación y energía, se deberá incluir la localización de la acometida de la fuente de energía y del permiso de conexión de la entidad prestadora del servicio, o del usuario que así lo autorice.
Certificado de Complejidad del evento expedido por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER, cumplimiento del Decreto Distrital 599 de 2013 o aquel que lo sustituya, modifique o complemente.
Plan de Manejo de Tránsito: Únicamente en los casos en que la complejidad o la naturaleza del evento lo demanden por afectar vías vehiculares, o la operación del sistema de movilidad del sector en el que se desarrolle. (Expedido por la Secretaría Distrital de Movilidad – SDM).
- Copia de la Libreta Militar (Hombre menores de 50 años).
- Documentos del solicitante:
Persona Natural: fotocopia del documento de identidad ampliada al 150%, fotocopia del RUT y RIT.
- Persona jurídica: Certificado de existencia y representación legal cuya fecha de expedición no sea superior a un (1) mes, fotocopia del documento de identidad del representante ampliada al 150%, fotocopia del RUT y RIT.
Unión Temporal o Consorcio: Documento que acredite la conformación del mismo, fotocopia del documento de identidad del representante legal ampliada al 150%, certificado de existencia y representación legal de sus integrantes, cuya fecha de expedición no sea superior a un (1) mes, fotocopia del RUT y RIT
Entidades Públicas: Decreto, resolución o acto administrativo de nombramiento del representante legal de la entidad.
- Radique los documentos a través del formulario web de radicación, teniendo en cuenta que la solicitud debe ser radicada por lo menos con quince (15) días de anticipación a la fecha del evento.
- Posteriormente se responde informando el valor de la retribución a pagar por concepto de aprovechamiento económico de corto plazo y se comunica que en caso de aceptación debe informar con 10 días de anticipación para realizar el proceso para el pago.
- El pago debe realizarse a través de los canales que habilite la entidad, prioritariamente en línea a por medio del botón PSE
- Una vez realizado el pago deben allegar el mismo al IDU mediante radicado.
Para la instalación de estaciones radioeléctricas en espacio público administrado por el IDU:
La persona natural o jurídica de derecho público o privado que pretenda instalar estaciones radioeléctricas en espacio público a cargo del IDU, debe acercarse con anterioridad a la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) para solicitar el concepto de factibilidad para la instalación de estaciones radioeléctricas, conforme el procedimiento señalado en el Decreto Distrital 397 de 2017, modificado por el Decreto Distrital 472 de 2017 y modificado y adicionado por el Decreto Distrital 805 de 2019.
La SDP realizará el estudio técnico para evaluar la propuesta presentada por el particular y solicitará al Instituto de Desarrollo Urbano – IDU se emita las recomendaciones, exigencias y/o lineamientos a tenerse en cuenta por parte del interesado durante la instalación, construcción y desinstalación de la respectiva estación radioeléctrica, a lo cuál la Dirección Técnica de Administración de Infraestructura - DTAI del IDU dará respuesta a la SDP.
Para el pago por concepto de retribución por el aprovechamiento económico del espacio público se debe realizar el trámite con la SDP – Dirección de Vías y Transporte, con el fin que dicha área le proporcione el Formato de Conceptos Varios con Código de barras, para efectuar el respectivo pago en la cuenta de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Para realizar la entrega del espacio público, el interesado deberá presentar el Plan de Manejo de Tránsito – PMT aprobado por la Secretaría Distrital de Movilidad – SDM y el número de la resolución de la Licencia de Excavación debidamente aprobada por la DTAI del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, y ponerse en contacto con la Dirección Técnica de Administración de Infraestructura a los correos magda.amado@idu.gov.co, adriana.murillo@idu.gov.co para coordinar la visita a terreno para proceder con la entrega del espacio público para la instalación de la estación radioeléctrica, la cual se realiza a través de Acta.
Una vez finalizado el plazo del permiso el titular cuenta con un plazo no superior a un (1) mes para el retiro de la estación, en el momento en que la haya retirado deberá informar al IDU-DTAI para coordinar la visita para proceder con el recibo del espacio público y la suscripción del Acta de recibo del espacio, comunicándose a los correos magda.amado@idu.gov.co, adriana.murillo@idu.gov.co.
Canal telefónico
A través de las siguientes líneas telefónicas atendemos sus requerimientos y lo asesoramos respecto a los Trámites y Servicios que presta la entidad:
- Línea 195 24 horas
- Teléfonos: (601) 3 38 75 55, (601) 3 41 22 14
- Línea gratuita: 01 8000 910 312
- Horario de atención lunes a viernes de 7:00 am a 4:30 pm
Canal virtual
- Formulario web de radicación
- Puede realizar el pago en línea a través del botón PSE
- Chat IDU
- Horario de atención lunes a viernes de 7:00 am a 4:30 pm
Puntos de atención
Tenga en cuenta
- Atienda las observaciones y recomendaciones impartidas por el equipo de Espacio Público de la Dirección Técnica de Administración de Infraestructura - DTAI, durante el proceso, en el menor tiempo posible o consulte sus inquietudes a los correos magda.amado@idu.gov.co y adriana.murillo@idu.gov.co.
- Como respuesta se obtiene el Contrato de Aprovechamiento Económico de Espacio Público por campamentos y/u ocupaciones temporales de obra, en 15 días hábiles.
- Una vez se suscriba el "Contrato de Aprovechamiento Económico por campamentos y/u ocupaciones temporales de obra" deberá realizar las actividades para el perfeccionamiento del contrato y firma del "Acta de Inicio de Contrato".
- Firmada el Acta de Inicio de Contrato, se hace la entrega con carácter "provisional" del espacio público, objeto de aprovechamiento económico por campamento y/u ocupación temporal de obra.
- Los contratos de aprovechamiento económico mediante los cuales se autorizan los campamentos de obra , implican el pago por concepto de retribución económica por parte del contratista-aprovechador, mediante la aplicación de la siguiente Fórmula.
- Los contratos de aprovechamiento económico mediante los cuales se autorizan las ocupaciones temporales de obra, implican el pago por concepto de retribución económica por parte del contratista-aprovechador, mediante la aplicación de la siguiente Fórmula .
- Para evitar devoluciones y poder dar inicio al trámite, radique la documentación completa.
- Como respuesta a la solicitud para aprovechamiento económico de corto plazo se obtiene el acto administrativo que autoriza el uso.
Soporte jurídico
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- Decreto 555 del 2021 "Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C."
- Decreto 192 del 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones"
- Resolución 3828 de 2020"Por la cual se adopta el Instructivo IN-CI-04 “Instalación de Estaciones Radioeléctricas en Espacio Público administrado por el IDU” versión 2.0"
- Decreto 805 del 2019 "Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto Distrital 397 de 2017, modificado por el Decreto Distrital 472 de 2017, y se dictan otras disposiciones"
- Decreto 552 del 26 de septiembre de 2018 "Por medio del cual se establece el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá y se dictan otras disposiciones"
- Decreto 672 de 2018, "Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad y se dictan otras disposiciones".
- Decreto 397 de agosto 2 del 2017"Por el cual se establecen los procedimientos, las normas urbanísticas, arquitectónicas y técnicas para la localización e instalación de Estaciones Radioeléctricas utilizadas en la prestación de los servicios públicos de TIC en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones".
- Decreto 472 del 2017 "Por medio del cual se corrige el parágrafo3 del artículo 26 y el artículo 40 del Decreto Distrital 397 de 2017 "Por el cual se establecen los procedimientos, las normas urbanísticas, arquitectónicas y técnicas para la localización e instalación de Estaciones Radioeléctricas utilizadas en la prestación de los servicios públicos de TIC en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones".
- Resolución 4108 de 2020 "Por la cual se adopta el protocolo que reglamenta la actividad de eventos publicitarios susceptibles de aprovechamiento económico en la modalidad de corto plazo, en la ciudad de Bogotá D.C."
- Decreto 599 de 2013, Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA y se dictan otras disposiciones.
- Resolución 2909 de 2022, Por la cual se adoptan los protocolos para la actividad de aprovechamiento económico para la Instalación de Campamentos de Obra y Ocupaciones Temporales de Obra sobre el espacio público del Distrito Capital
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