Solicitud de radicación de conciliación.

Entidad responsable

Personería de Bogotá

¿Qué es y Para Qué Sirve?

La Personería de Bogotá creó el aplicativo Conciweb, para que los ciudadanos puedan radicar las solicitudes de audiencias virtuales de conciliación desde cualquier parte y que tenga acceso a internet.

TELEFÓNICO

Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.


VIRTUAL

Solicitud de conciliación virtual.

Si quiere que sea de manera virtual, puede seguir las instrucciones indicadas en el numeral 2 del siguiente link: Audiencias Virtuales de Conciliación; y para conocer los temas en los que la Personería adelanta conciliaciones, pulse aquí.

Como requisito para la conciliación virtual debe realizar la descarga y diligenciamiento de formulario de conciliación, digitalización de la cédula de ciudadanía, anexar en digital los documentos que estime convenientes, que según el caso son necesarios para dirimir la controversia; dichos documentos digitalizados que deberán remitirse al enlace: https://conciweb.personeriabogota.gov.co.

La solicitud será estudiada para trámite y será programada la audiencia virtual; siempre y cuando cumpla con todo lo requerido.
Solicitud Virtual de Copias y Constancias.

Se recibirá la radicación de solicitudes de audiencias virtuales de conciliación, a través del siguiente enlace: Solicitud de Conciliación Vía Web.

App Personería Bogotá Servicios - descárguela desde AppStore (Iphone) o PlayStore (Android) - más servicios a un click de distancia.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Los servicios que ofrece la Personería son gratuitos.

La dirección de conciliación y mecanismos alternativos de solución de conflictos, genera material para realizar sensibilizaciones dirigidas a la comunidad en temas referentes a la conciliación y que son de interés de la gran mayoría, por guardar relación directa con los temas en materia civil y de familia que, en mayor cantidad se radican en cada punto de atención.

Importante.

Por mandamiento legal no se recibirán las siguientes solicitudes:

  1. Cuantía superior a 100 salarios mínimos legales vigentes.
  2. Las de naturaleza contencioso-administrativa, es decir, donde sea parte el estado o se tenga que conciliar sobre bienes o recursos públicos.
  3. Las de naturaleza laboral, honorarios y prestación de servicios profesionales, que pueden ser conciliadas extrajudicialmente únicamente en el ministerio de trabajo.
  4. La insolvencia económica, de personas naturales, no comerciantes, únicamente se pueden realizar en centros de conciliación en sitios autorizados por el ministerio de justicia y del derecho. (Ley 1564 de 2012).
  5. Asuntos donde se compromete el estado civil de las personas.
  6. Simulación de contratos.
  7. Nulidades.
  8. Sucesiones.
  9. Prescripciones.

Ley 2220 de 2022. - "Por medio de la cual se expide el Estatuto de Conciliación y se dictan otras disposiciones".

Resolución 1166 del 29 de octubre de 2018 - "Por la cual se actualiza el reglamento interno del Centro de Conciliación de la Personería de Bogotá D.C."

Ley 1564 de 2012. - "Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones".

Ley 1395 de 2010. - "Por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial".

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