Suspensión temporal a solicitud del cliente, servicios fijos.

¿Qué es y para qué sirve?

Corresponde a la solicitud de suspensión temporal del servicio, que consiste en no permitir la salida de llamadas, tanto para servicio fijo como para móvil. La suspensión temporal, a solicitud del cliente, aplica máximo: una (1) vez al año, por dos (2) meses consecutivos o dos (2) veces al año por un mes (1) cada periodo. En el servicio móvil, puede darse la solicitud de suspensión por bloqueo del servicio sim card o del equipo, bien sea por pérdida, daño o robo, en el cual, se solicita la suspensión del servicio de voz, datos y SMS, y el reporte del equipo (IMEI) a listas negativas.   

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TELEFÓNICO

  • Línea 195, de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de Atención de Clientes Hogares 601 3777777 Línea para Clientes de Bogotá.
  • Línea 170 (Marcando desde una Línea fija ETB).
  • Línea 178 (Marcando desde una Línea fija ETB).
  • Línea para Atención Clientes Móviles 018000127777, 601 3777777, *700 (Marcando desde una línea móvil ETB).
  • Línea para Atención Clientes Mipymes 601 3777778- 018000128999 Línea de atención Línea Nacional Clientes Mipymes.
  • Línea de Ventas Masivo y Mipymes 601 3714000.
  • Línea Atención Clientes Segmento Negocios 305 777 7776.
  • Línea para Atención Clientes Empresas y Ciudades Inteligentes 018000123737 Línea Nacional Atención de Clientes Empresariales *800 (Marcando desde una línea Móvil ETB) 018000127774 Línea Clientes Mayoristas.
  • Horario: 24 horas – lunes a domingo.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Como respuesta se obtiene la suspensión del servicio fijo o de la sim card o pérdida del equipo.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Persona natural:

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Carta de autorización debidamente firmada y fotocopia de la cédula del autorizado y de quien autoriza.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas.
  2. Realizar la solicitud a través de los canales de atención.
  • Resolución 5111 del 2017: “Por la cual se establece el régimen de protección de los derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones, se modifica el capítulo 1 del título II de la Resolución CRC 5050 de 2016 y se dictan otras disposiciones”
  • Resolución CRC 5050 de 2016“Por la cual de compilan las Resoluciones de Carácter General vigentes expedidas por la Comisión de Regulación Comunicaciones", y finalmente, estimamos que sobre la normatividad que rige a ETB.
  • Ley 1341 de 2009“Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones”

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