Traslados masivos de docentes y directivos docentes.

¿Qué es y para qué sirve?

Proceso anual en el cual el docente o directivo docente nombrado en propiedad presenta solicitud para trasladarse a otra Institución Educativa Distrital de acuerdo al procedimiento y condiciones establecidas por la Secretaría de Educación del Distrito, en la resolución que se publica para tal efecto.

En la página web de la Secretaría de Educación del Distrito.


TELEFÓNICO

Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:

  • Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea (601) 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
  • Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.

VIRTUAL

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

La oficina de personal realiza publicación de resultados de docentes trasladados y no trasladados y lo publica a través de la página web de la Secretaría de Educación del Distrito.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Los docentes y directivos docentes deberán diligenciar en su totalidad el formulario a través del sistema de información de traslados, el cual estará disponible en la página web de la Secretaría de Educación del Distrito, según las fechas establecidas en la resolución.
  • Para participar en el proceso de traslados, los docentes y directivos docentes deberán tener como mínimo un (1) año de permanencia en propiedad en el colegio donde actualmente prestan el servicio.
  • Para aplicar a las vacantes de educación especial y de coordinadores de articulación se requiere que los docentes y directivos docentes cumplan con el nivel académico y perfil estipulado en cada una de las vacantes reportadas, anexando los títulos correspondientes al formulario de inscripción.
  • Cumplir los requisitos establecidos en la resolución por la cual se define el procedimiento, políticas, requerimientos y cronograma para los traslados de docentes y directivos docentes de los colegios distritales.
  • Los traslados se realizan una vez al año de acuerdo al cronograma establecido por el Ministerio de Educación.
  • Solo se aceptan las solicitudes de traslados que hayan sido diligenciadas a través del sistema de información de traslados y entregadas con sus correspondientes soportes en la Dirección Local de Educación
  • Cuando un docente y directivo docente ha solicitado traslado y es ubicado de acuerdo con alguna de sus preferencias, no podrá desistir por ninguna circunstancia del mismo.
  • Consulte las preguntas frecuentes del Proceso de traslados docentes y directivos docentes.

¿Qué se debe hacer?

Los  docentes y directivos docentes deberán diligenciar en su totalidad el formulario a través del sistema de información de traslados.

NormaDescripción
Resolución 3792 de 2023

Por la cual se convoca al proceso ordinario de traslados de personal docente y directivo docente de la Secretaría de Educación del Distrito para el año 2024

Resolución 073 de 2013

Por la cual se establecen criterios y se fija el procedimiento para efectuar traslados y permutas del personal Docente y Directivo Docente de la planta de personal de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C

Ley 715 de 2001

Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros

Decreto 2277 de 1979

Por el cual se adoptan normas sobre el ejercicio de la profesión docente

Decreto 1278 de 2002

Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente

Decreto 520 de 2010

Por el cual se reglamenta el artículo 22 de la Ley 715 de 2001 en relación con el proceso de traslado de docentes y directivos docentes

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