Así puedes contactar al defensor de la ciudadanía de la Secretaría de Educación

8·FEB·2024
En los canales de atención del defensor de la ciudadanía de la Secretaría de Educación, puedes encontrar apoyo en solicitudes que tengas en la entidad.
Canales de atención del defensor de la ciudadanía de la Sec. EducaciónFoto: Secretaria de Educación.
Recuerda que los canales de atención son gratuitos.

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La Secretaría de Educación del Distrito (SED) invita a las personas que requieran efectuar una solicitud ante la SED a conocer los canales de atención del defensor de la ciudadanía.

La Oficina del Defensor de la Ciudadanía trabaja para beneficio de todos, facilitando acuerdos entre la ciudadanía y la Secretaría de Educación de Bogotá, mejorando relaciones con sectores económicos, agremiaciones y la comunidad en general.

👉🏻 Recuerda que los canales de atención son gratuitos. 

A continuación te compartimos un post de la Secretaría de Educación con los canales de atención del #DefensorDeLaCiudadaníaSED

¿Cómo puede el ciudadano contactar al defensor de la ciudadanía?

La Ciudadanía que requiera de la intervención del defensor de la ciudadanía, puede contactarse mediante:

  1. Correo Electrónico: defensordelciudadano@educacionbogota.gov.co, adjuntando el formato debidamente diligenciado: Descargar formato

  2. Atención Telefónica: (601) 324 1000

  3. Canal escrito: Radicando el comunicado en la Av. El Dorado No. 66 - 63 Piso 1

  4. Canal Presencial: Visitando la Oficina del Defensor de la Ciudadanía contacto Av. El Dorado No. 66 - 63 piso 1 Ventanilla 1 - Atención Personalizada.

  5. Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. jornada continua.

¿En qué casos el ciudadano debe acudir a la figura del defensor de la ciudadanía?

  1. Cuando la ciudadanía ha acudido a otro canal de interacción ciudadana en busca de una solución y no queda conforme con la respuesta suministrada.

  2. Cuando ha transcurrido el plazo legal desde la presentación del requerimiento y la Entidad no ha emitido respuesta alguna.

  3. Cuando la ciudadanía requiera al defensor del ciudadano con el propósito de que éste exponga recomendaciones y propuestas ante la Secretaría de Educación del Distrito.