Bogotá actualiza su Sistema de Gestión de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital

28·MAR·2026
Los cambios más relevantes incluyen ajustes en plazos y línea de tiempo, mayor protección a los animales de compañía y un nuevo Plan de Manejo del Entorno
concierto en BogotáFoto: IDIGER.
El SUGA es la herramienta que permite evaluar, autorizar y hacer seguimiento a estos eventos, garantizando que se desarrollen de manera segura, organizada y en condiciones adecuadas para la ciudadanía.

En Bogotá, mi Ciudad, mi Casa, vigilamos los grandes eventos de la ciudad. El Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER) informó que, desde el 25 de marzo de 2026, entró en vigencia la modificación de la línea de tiempo del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital (SUGA).

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Esta actualización se realiza de acuerdo con lo establecido en el Decreto 642 de 2025. Con los ajustes al sistema se busca fortalecer la gestión de eventos en Bogotádesde su etapa de planeación. 

Con el fortalecimiento de este sistema facilitará la anticipación de riesgos, además de optimizar los tiempos de evaluación y facilitar la toma de decisiones por parte de las autoridades.

Cabe resaltar, que el Distrito es epicentro de eventos deportivos, culturales y recreativos que lo posicionan como epicentro de grandes espectáculos de nivel internacional.

En este contexto, el SUGA es la herramienta que permite evaluar, autorizar y hacer seguimiento a estos eventos, garantizando que se desarrollen de manera segura, organizada y en condiciones adecuadas para la ciudadanía. El aplicativo clasifica los eventos con base en la información registrada, como el aforo, el tipo de actividad, el lugar y las características del público, lo que permite determinar su nivel de complejidad, así como los requisitos y plazos aplicables.

Cambios relevantes

  • Ajustes en plazos y línea de tiempo: Para espectáculos públicos de las artes escénicas, el tiempo para la expedición del acto administrativo pasa de 9 a 15 días hábiles. Para actividades especiales, el plazo pasa de 15 a 19 días hábiles para la expedición de la resolución. El organizador deberá contar con el acto administrativo al menos cinco (5) días hábiles antes de la realización del evento. 
  • Nuevo Plan de Manejo del Entorno: A partir del 25 de mayo de 2026, los eventos de media y alta complejidad deberán incluir este plan dentro del Plan de Emergencias y Contingencias (PEC), con el fin de anticipar impactos en movilidad, uso del espacio público y convivencia.

Con esta actualización, Bogotáavanza en el fortalecimiento de herramientas que contribuyen a una mejor gestión de eventos masivos, priorizando la seguridad, la organización y el bienestar de la ciudadanía.

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Puedes conocer más sobre el sistema SUGA en esta publicación de la red social X del IDIGER:

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER) https://www.idiger.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
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