Todas las empresas que desarrollen actividades culturales, creativas y/o de base tecnológica o actividades relacionadas como el turismo cultural, el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre pueden participar por incentivos tributarios para la exención de la renta por un periodo de siete (7) años. Esta es una iniciativa del Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Cultura, en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo.
Requisitos para tener este beneficio
Si estás interesado en este beneficio debes ser contribuyente del impuesto sobre la renta y complementario del régimen ordinario, así como tener tu domicilio principal dentro del territorio colombiano.
¿Cuáles son los requisitos o condiciones para participar?
Ser persona jurídica e iniciar el desarrollo de las actividades antes del 31 de diciembre de 2021.
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El objeto social debe ser exclusivo del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas y todas las actividades económicas que estén registradas en el Registro Único Tributario (RUT) y el Registro Único Empresarial (RUES) deben corresponder a dicho ámbito.
A la fecha, alrededor de 670 empresas han sido beneficiadas y como parte de sus compromisos harán inversiones por más de $191 mil millones y crearán más de 5.000 nuevos empleos. Cerca de la mitad de estas empresas beneficiadas son de Bogotá y gozan de la exención de renta por siete años, al tiempo que contribuyen al desarrollo cultural, económico y social de la ciudad.
Las empresas postulantes a las convocatorias deben presentar actualizado el RUT, el RUES de Cámara y Comercio y el registro de la empresa.
Las empresas interesadas en aplicar deben garantizar una inversión mínima de 4.400 UVT (Unidad de Valor Tributario), equivalente a $159 millones, en máximo tres años, relacionada con adquisición de propiedad, planta y equipo, y/o activos intangibles. De igual manera, deben generar un mínimo de tres empleos.
Los ingresos brutos anuales de las empresas que se presenten no pueden ser superiores a 80.000 UVT, que equivalen a $2.904 millones. La única excepción es para las actividades de producción cinematográfica, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión, que sí podrán superar este monto.
¡Aprovecha esta gran oportunidad! Desde @CulturaenBta nos unimos a @mincultura e invitamos a todas las empresas del sector a participar de esta convocatoria para impulsar la reactivación económica. Conoce más 👉 https://t.co/7OZ5JKXNUfpic.twitter.com/A5hY8gNbFS
— Secretaría de Cultura de Bogotá (@CulturaenBta) July 21, 2021
¿Cómo participar?
El trámite lo debes realizar de manera virtual a través del sitio web habilitado por el Ministerio de Cultura: https://economianaranja.gov.co/exencion-de-renta/. A través de esta plataforma podrás consultar los requisitos de la convocatoria e instructivos tanto visuales como escritos para postularse.
El 2021 es el último año de convocatoria y la presentación de proyectos para aplicar al beneficio se dará en las siguientes fechas:
Entre el 1 y el 31 de julio de 2021 se estará realizando el segundo periodo contemplado para que las empresas del sector puedan participar.
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2021 será el último periodo que habilitará el Gobierno Nacional para acceder a este beneficio tributario.
Resuelve dudas e inquietudes
En la página web dispuesta por el Gobierno Nacional (https://economianaranja.gov.co/exencion-de-renta/) puedes descargar la “Guía de Orientación para la Presentación de Proyectos”, donde encontrarás mayor información sobre la convocatoria y la solución a preguntas frecuentes.
Así mismo, se encuentra habilitado un canal de comunicación directo para que envíes todas las inquietudes en torno a este proceso: Info-economianaranja@mincultura.gov.co