Ocho acuerdos a los que la Alcaldía de Bogotá ha llegado con los maestros

11·MAYO·2017
La Alcaldía de Bogotá ha mantenido un diálogo sostenido con las organizaciones sindicales de maestros y sus directivos....
Maestros en Bogotá - Foto: Prensa Secretaría de Educación
Maestros en Bogotá - Foto: Prensa Secretaría de Educación

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La Alcaldía de Bogotá ha mantenido un diálogo sostenido con las organizaciones sindicales de maestros y sus directivos.

Como resultado de este diálogo, la Secretaría de Educación de Bogotá (SED) y las organizaciones sindicales acordaron la instalación de la negociación colectiva del trabajo para dar formalmente inicio a la negociación del pliego presentado a partir el  15 marzo de 2017, la cual se prorrogó hasta el 15 de mayo de 2017.

Así mismo, por solicitud de los sindicatos se acordó establecer cuatro comisiones integradas así:

·         Comisión 1: SINTRASED, SINTRENAL, SINDISTRITALES y SUNET.

·         Comisión 2: ASBIMONCOL, SINPROSED, SINTRAEDUCACIÓN y ASINTRADC.

·         Comisión 3: ADE.

·         Comisión 4: SINALTRAEDU, USCTRAB, ASONAL y SIPATCO.

Estos son los primeros acuerdos establecidos con los sindicatos:

De acuerdo con Educación, se ha avanzado principalmente en los siguientes acuerdos con la comisión conformada por las organizaciones sindicales SINTRASED, SINTRENAL, SINDISTRITALES y SUNET y en las otras comisiones, varios de estos temas aún están en estudio.

La vigencia de los acuerdos será por un año y se hará seguimiento al cumplimiento cada dos meses, con la posibilidad de que se convoque extraordinariamente, de común acuerdo entre las partes.

Como reconocimiento al compromiso y dedicación de los servidores públicos administrativos del nivel central, local e institucional, la SED les concederá permiso remunerado el día de su cumpleaños, siempre que coincida con un día hábil laboral y el empleado no se encuentre en vacaciones, permiso, comisión o incapacidad.

Cuando por necesidades del servicio el empleado no pueda disfrutar del permiso, podrá solicitarlo y disfrutarlo dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de su cumpleaños, previa solicitud aprobada por su superior inmediato.

La SED aportará para el 2018 al “Fondo en Administración para la Educación Superior SED-ICETEX” la suma de 1.000 millones de pesos ($1.000.000.000), para continuar fortaleciendo el acceso a los programas de formación en pregrado y postgrado a los servidores públicos administrativos. Esta suma será adicional a los 3.000 millones de pesos ($3.000.000.000) con los que cuenta el fondo.

La entidad expedirá el procedimiento de traslados de personal administrativo el 15 de mayo de 2017, el cual regulará entre otros aspectos: Forma de publicación de todas las vacantes y/o ubicaciones, orden de prioridad, condiciones mínimas, términos para el procedimiento.

Se adelantará el procedimiento previsto en las normas vigentes para lograr la creación de grupos internos de trabajo transitorios en las áreas del nivel central que avale la Subsecretaría de Gestión Institucional, para temas específicos que ameriten crear dichas funciones especiales. De esta manera, se asignarán las funciones de coordinación de dichos grupos a los servidores públicos de planta administrativa, hasta que se materialice el proyecto de reforma administrativa.

Se expedirá el procedimiento de encargos de personal administrativo el 15 de mayo de 2017, que contendrá entre otros aspectos: forma de publicación de la totalidad de las vacantes disponibles, definición de etapas y tiempos para surtir postulaciones, reclamaciones.

En atención a la solicitud de nivelación salarial, se acordó que para tratar este punto, atendiendo a los principios constitucionales y normas laborales, es fundamental contar con el resultado del estudio técnico de reforma administrativa de la entidad, contratado por en 2017.

La cuota extraordinaria por beneficio del acuerdo colectivo procederá por una sola vez a todos los afiliados de las organizaciones sindicales, con destino a su respectiva organización sindical. A los servidores públicos no afiliados a una organización sindical, por una sola vez, procederá la cuota extraordinaria por beneficio del acuerdo colectivo, previa autorización expresa y escrita de cada servidor público, indicando la organización sindical a la que debe entregarse la cuota.