Bogotá, 31 de mayo de 2020.
El Decreto Distrital 131 decreta las medidas para el aislamiento preventivo obligatorio.
Dar continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de junio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.
En aras de lograr el efectivo aislamiento preventivo obligatorio se limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en la ciudad de Bogotá D.C., con las excepciones previstas en el presente decreto.
Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° sólo se permitirá la circulación de las personas y vehículos que se desempeñen o sean indispensables para prestar o recibir los servicios y labores que podrás consultar en el Decreto 131
Recuerda registrarte en Gobierno Abierto - GABO.
Con el fin de dar cumplimiento a la obligación de identificación o acreditación, todas las personas exceptuadas de la medida de aislamiento obligatorio y que deban movilizarse, deben inscribirse a través del formulario previsto por la Alcaldía Mayor de Bogotá en la aplicación digital Gobierno Abierto de Bogotá – GABO- o en la página web www.bogota.gov.co/bogota-cuidadora en el registro de movilidad segura y reporte de síntomas y estado de salud.
Las autoridades de policía están facultadas para requerir a cualquier ciudadano que se movilice a fin de comprobar si se encuentra exceptuado de la medida de aislamiento, para lo cual se podrá acreditar esta situación a través de la constancia de registro de que trata el inciso anterior.
Consulta el Decreto 131 aquí