Decreto 490: Obligatoriedad del carné de vacunación COVID-19 y retorno laboral

9·DIC·2021
El cumplimiento de las medidas dispuestas estará a cargo de los propietarios, administradores u organizadores de eventos presenciales públicos o privados.
Con el Decreto 490, se dispone el regreso laboral seguro en el que, “Se adoptarán las medidas pertinentes para el retorno al trabajo presencial de sus colaboradores”. Foto. Portal Bogotá.
Será indispensable presentar el carné de vacunación para el ingreso a eventos con asistencia masiva y bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, conciertos, casinos, bingos, escenarios deportivos, parques de diversiones, museos y ferias.

Únete a nuestro canal de noticias en WhatsApp

La Alcaldía de Bogotá autorizó, a través del Decreto 490 de 2021, "La obligatoriedad de la presentación del carné de vacunación contra el COVID-19 o certificado para el ingreso a eventos de carácter público y privado que impliquen asistencia masiva y bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos cuando se adelanten eventos masivos, parques de diversiones y temáticos, museos y ferias".

También se dispone el regreso laboral seguro en el que, se adoptarán las medidas pertinentes para el retorno al trabajo presencial y dando estricto cumplimiento al protocolo de bioseguridad previsto por el Ministerio de Salud y Protección Social y las demás instrucciones impartidas por la Secretarla Distrital de Salud.

El Decreto también indica que, habrá exigencia del carné de vacunación contra el COVID-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, "En el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación, como requisito de ingreso…se exceptúa de esta medida a la población entre 0 y menor a 12 años”.

Así mismo, que el esquema de vacunación completo, “como requisito de ingreso, entrará en vigencia a partir del 14 de diciembre de 2021 para mayores de 18 años; y desde el 28 de diciembre de 2021 para mayores de 12 años; se exceptúa de esta medida a la población entre 0 y 12 años”.

Consulta el Decreto 490 aquí: